Símbolos: Moneda de Argentina: La moneda argentina, símbolo de soberanía económica, identidad nacional y memoria de próceres, fauna y cultura popular.

De orden de la Soberana Asamblea se publicó por bando, haciéndose saber al público la variación que se ha hecho en el cuño de la moneda de plata y oro, quitando de ella el que tenía, y esculpiendo el nuevo sello de las Provincias Unidas, cuya moneda que se acuña en Potosí de aquí en adelante de plata tendrá el mismo peso que la anterior y solo si el cuño tendrá por una parte el sello de la Asamblea General, quitado el sol que lo encabeza, y un letrero alrededor que diga: Provincias del Río de la Plata; por el reverso un sol, que ocupe todo el centro, y alrededor la inscripción siguiente: En unión y libertad. Debiendo además llevar todos los otros signos que expresen el nombre de los ensayadores, lugar de su amonedación, año y valor de la moneda. La moneda de oro lo mismo que la de plata con solo la diferencia, que al pie de la pica, y bajo las manos que la afianzan, se esculpan trofeos militares, consistentes en dos banderas de cada lado, dos cañones cruzados y un tambor al pie. Diario de Juan Manuel Beruti, Buenos Aires 28/7/1813. (7,T12,N33,175 y 8,T11,225)

Se hizo saber por bando al público que por decreto Supremo de este mismo día, se establecía en esta Capital un Banco Nacional, que por ahora debería de tener de fondos tres millones de pesos, para con ellos atender a las ocurrencias del Estado, en cuya Caja se admiten: billetes de amortización, billetes de dierno efectivo y dinero acuñado, pagándose al año el rédito del 8% de los billetes de amortización, 12% de los billetes dinero y el 15% del dinero; siendo su administrador del dicho Banco, el contador actual de la Aduana don Domingo Robredo. Diario de Juan Manuel Beruti, Buenos Aires 12/11/1818. (7,T12,N34,327)

Buenos Aires, Noviembre 27 de 1818. El Congreso Nacional resolvió: Facultar al Poder Ejecutivo para proporcionar los fondos que considerase necesarios para el establecimiento de la Casa de la Moneda.
El Congreso Nacional resuelve: Facultar al Poder Ejecutivo para que realice los establecimientos aprobados de un Banco de rescate, Callana de fundición y Casa de moneda en los lugares que más convenga al fomento de los mineros y emprendedores particulares, y al interés general del Estado. Redactor del Congreso nº 41. (8,T1,481)

La emisión de los billetes y monedas de curso legal está a cargo del Banco Central de la República Argentina, en su calidad de autoridad monetaria de la Nación. Se denomina dinero en efectivo al circulante en forma de billetes y monedas. Los billetes tienen un tamaño uniforme de 155 mm de ancho y 65 mm de alto. El papel utilizado es 100 % de fibra de algodón, con un peso de 83 gr/m2, exento de fluorescencia a la luz ultravioleta, realizándose la impresión en tres etapas sucesivas, empleando sistemas de impresión offset, calcografía y tipografía. Los billetes en circulación son: 10, 20, 50, 100, 500 y 1.000 Pesos. Las monedas emitidas con curso legal forzoso, es decir que deben ser aceptadas como medio de pago en todo el territorio de la República Argentina, son las siguientes: 1, 5, 10, 25 y 50 Centavos; 1 y 2 Pesos. También poseen curso legal forzoso las monedas conmemorativas que se detallan a continuación, emitidas en cantidades reducidas, motivo por el cual difícilmente se las encuentra en la circulación diaria y son: 50 Centavos; 1, 2 y 5 Pesos. Fuente: www.bcra.gov.ar

José de San Martín y el Papel Moneda

Creo sería muy conveniente el buscar arbitrios aunque fuese creando papel moneda para subvenir a las urgencias del Ejército; de lo contrario ese Estado (Chile) debe disolverse. Búsquese arbitrios, haya el principio 1º de la economía que es economizar los fondos del Estado y todo se podrá hacer bien. Carta de San Martín a Tomás Guido, Buenos Aires 23/6/1818. (4,T20,40)

Convengo con Usted en la necesidad de establecer un papel moneda al menos por el valor de dos millones de pesos sobre las bases más relacionadas para la conservación de su crédito y su amortización. Pensar en la rigurosa economía de los fondos existentes, es como pretender fundir de nuevo a los hombres de este país. Venga Usted y acordaremos lo mejor. Carta de Guido a San Martín, Santiago de Chile 22/7/1818. (4,T8,59)

Yo pienso en todo el año entrante regresar a ésa (Buenos Aires) con mi hija (Merceditas); pero protesto a Usted, mi buen amigo, que sólo la depresión de nuestro papel moneda, que no me permite vivir en Europa con el rédito de mis fincas, es lo que me obliga a dar este paso, y que preferiría una expatriación voluntaria a tener que ser testigo de los males que preveo continuarán afligiendo a nuestra Patria. Carta de San Martín a Vicente López, Bruselas 12/5/1830. (4,T19,280-281)

La Casa de Tucumán

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo para la adquisición de la casa en que se juró la Independencia de la República en 1816. Art. 2º: El Poder Ejecutivo dispondrá lo relativo a la conservación del edificio por cuenta del Tesoro Nacional. Art. 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de sesiones del Congreso de Buenos Aires, a 8 de setiembre de 1869. Salustino Zavalía. Carlos M. Saravia, Secretario del Senado. Manuel Quintana. Ramón B. Muñiz, Secretario de la Cámara de Diputados. Departamento del Interior, Buenos Aires 15 de setiembre de 1869. Téngase por ley de la Nación, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional. Sarmiento. Dalmacio Velez Sarsfield. (8,T5,495)

Bibliografía

1) Actas Capitulares de Mendoza, Tomos (T) 1 al 4.
2) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos (T) 1 al 30.
3) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomos (T) 1 y 2.
4) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
5) Instituto Nacional Belgraniano. Documentos para la Historia del General Don Manuel Belgrano, Tomo 1 al 7.
6) Instituto Ohigginiano. Archivo de Don Bernardo de Ohiggins, Tomos (T) 1 al 37.
7) Revista de la Biblioteca Nacional de Buenos Aires, Tomos (T) 1 al 25.
8) Registro Oficial y Nacional de la República Argentina.
9) Senado de la Nación Argentina, Biblioteca de Mayo, Tomos (T) 1 al 19.
X) Archivo de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).
Y) Archivo de la Nación Argentina: Documentos escritos.
Z) Archivo Nacional de Chile.