Por
Ley 14.878 sancionada el 23/10/1959, promulgada el 6/11 y publicada en el Boletín Oficial el 26/11 bajo el número 19095; el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionaron con fuerza de ley la creación sobre la base de la actual Dirección de Vinos y otras Bebidas, el Instituto Nacional de Vitivinicultura, vinculado al Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Economía, con autarquía técnica, funcional y financiera, y jurisdicción en todo el territorio de la Nación, como organismo competente para entender en la promoción y el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícolas.
Sucesos Históricos
Con la fundación de la
Ciudad de Mendoza nuevo valle de Rioja el 2/3/1561 por Pedro del Castillo, comienzan las mensuras de las tierras y, es el 9/10, con el repartimiento del ejido para huerta y
viña, que la agricultura comienza a organizarse como base del sustento de los aborígenes y españoles en su conjunto, siendo el puntapié inicial para forjar la naciente
industria vitivinícola y como base principal de la misma, la acequia derivada del río Mendoza denominada acequia de la Ciudad o acequia Grande de la Ciudad o acequia Madre de la Ciudad (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), que alimentaba a las acequias secundarias de: Allaime (+ o - calle Tiburcio Benegas, Ciudad de Mendoza), Tabalque (calle Salta, Ciudad de Mendoza), Pucará o Anato (calle Alberdi, Guaymallén) y Goaimalle (calle Las Cañas y su continuación por calle Allaime, Guaymallén).
En enero de 1562, arriba a Mendoza el capitán Juan Jufré enviado por el gobernador Villagra, y se hace cargo de la ciudad junto a su hermano Diego. A partir de tener el control de la nueva ciudad, deciden reubicarla a 2 tiros de arcabuz en dirección oeste, y es en las tierras del cacique Tabalque en el actual Area Fundacional (plaza Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) que es fundada la
Ciudad de la Resurrección Provincia de los Guarpes el 28/3, quitándoles los repartimientos de chacras y
viñas que había hecho oportunamente Castillo, dándoselos a los hombres de su expedición.
El escribano Juan de Herrera informa el 18/12/1599, que los regidores Gabriel de Cepeda y Nicolás Cornejo habían ido a la sesión de Cabildo; pero, que no se realizó porque el alcalde Alonso de Videla está indispuesto en su
viña y no puede calzarse las botas para asistir a la reunión; además, el alcalde Gaspar Calderón está en el valle de Uco con Andrés de Videla y, el capitán Gregorio Morales de Albornoz, faltó a la sesión. (1,182)
El 27/8/1602, Antonio Barjas, tutor de los hijos de Baltasar de Arce y Ana Hernández (difuntos) solicita al teniente Guevara vender la
viña del Carrascal que pertenece a los hijos menores de 25 años y mayores de 14: Hernando de Arce, Gregoria de Arce y Lorenzo Hernández, con previa autorización del alcalde Alonso de Reinoso. La venta se hace por 80 $ a Francisco Bravo. El Cabildo insiste en la necesidad de construir la
Casa de Cabildo y la Cárcel; en el mes de agosto, se resuelve hacer una derrama (contribución) de
vinos para solventar los gastos entre los vecinos encomenderos, aportando cada uno
100 arrobas de vino (1 arroba = 35 litros) y con ello pagar el alquiler de bueyes y carretas, más los yanaconas necesarios para la obra. Son nombrados Juan Luis de Guevara y Juan Ortiz de Urbina para que se encarguen de avisar a los vecinos y juntar el vino (1,250). En octubre, el prior del convento de Santo Domingo, el padre Acacio de Naveda; solicita al Cabildo de Mendoza, se le dé merced para unir dos cuadras en una, incorporando una calle que hay entre ellas y que corre por detrás del Convento en línea recta a la
viña de Pedro de Rivas que se junta con la cuadra del Convento (1,253). El 25/10, el alcalde Alvaro de Jelvez sale con una expedición para descubrir y trazar el
camino a Buenos Aires, siendo reemplazado en forma interina por Juan Luis de Guevara (1,254). En la sesión del Cabildo del 31/12 y en virtud de haberse pagado a los oficiales por las obras realizadas y al no haber sido terminada la construcción de la Casa de Cabildo y Cárcel, se determina echar una derrama de 106 arrobas de
vino con la próxima cosecha, para finalizar con la obra (1,258).
El 27/1/1607 se suspenden las sesiones del Cabildo de Mendoza por un mes, debido a que el río (Mendoza) trae un gran caudal de agua y conviene a todos los vecinos hacer un buen
riego de sus chacras y cultivos. (1,386)
El alcalde Alonso de Videla otorga la posesión de unas tierras a Andrés de Videla el 13/9/1607, que le había comprado a Pedro de Rivas y su mujer Lorenza de Bustos, y que son un retazo a espaldas de la
viña de Videla de su mismo largo, y corriendo por la propia acequia de Tabalque hacia abajo hasta llegar a las tierras de Lope de la Peña. (6,T1,43)
A principios de 1608, el corregidor Sebastián de Espinosa, no le toma juramento al elegido alcalde Diego de Quiroga, porque no tiene casa,
viña, ni solar en la ciudad. Quiroga presenta las escrituras correspondientes ante el escribano Juan Flores y solicita el nombramiento, caso contrario irá a Santiago de Chile a poner las quejas y denuncias correspondientes. El escribano Flores da fe de los bienes de Quiroga y es nombrado en el cargo de alcalde. (1,424)
El capitán Gregorio Morales de Albornoz y su esposa María de Reinoso y Quincoses el 16/11/1613, entregan en dote la parte norte de la
viña Miraflores de 12.000 plantas y 400 árboles frutales, a su hija Ana Morales, para que esta se case con Benito de la Sierra, recibiendo la dote el 23/11. (X,EC,P3,138)
El 30/12/1614 en Santiago de Chile, por fallecimiento de Francisco Bravo, el capitán Juan Fernandez de Córdoba remata la
Viña de El Carrascal (calle San Martín entre Peltier y Gutierrez, Ciudad de Mendoza), siendo adquirida por Juan Amaro de Ocampo vecino de Mendoza, en 500 patacones. (6,T1,40)
Rodrigo de Bustos le vende a la Compañía de Jesús y su representante el padre rector Cristóbal Diosdado, un pedazo de tierra en derecho de la
viña que le toco a Ana de Busto, su hermana menor, 1 cuadra por frente de ella hasta la acequia Principal que viene a esta Ciudad que está a media legua de ellas, y linda con la chacra de los herederos de Juan de Coria Bohorquez, y más le vendo los pies de la dicha viña todo lo que contiene hacia abajo que linda todo por la parte de abajo con la chacra de Bohorques y con la parte de arriba con mi chacra que era del capitán Alvaro de Gelves. La operación es certificada por el escribano Juan Flores el 20/6/1617. (X,EC,P7,3)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 12/11/1650; el alcalde, Pedro Gomez Pardo; y los regidores, Joan Ruiz de Villegas, Alonso de Videla y Jusepe de Villegas; ordenan que se haga en la Iglesia Mayor un novenario contra la langosta que está destruyendo los
sembradíos y las viñas; y que terminados los días de oración, se intime al pueblo a hacer una procesión en nombre de San Juan Bautista protector contra la plaga. (2,383)
El procurador general Pedro Gómez Pardo, presenta una petición el 9/11/1652 a las autoridades del Cabildo de Mendoza, en la que dice que los Cabildos tienen la obligación anual de censar los habitantes para el pago del impuesto por la unión de las armas. A raíz de las epidemias de viruela y tabardete que están asolando la ciudad, con la muerte de muchos vecinos y por las plagas de 4 años a esta parte; es que los vecinos no están cosechando porque no se han cultivado más viñedos y los que están no han sido
podados y tampoco desarmientados. Además, cada vez que vienen los jueces de Santiago de Chile a cobrar los impuestos, el Ayuntamiento al no hacer un relevamiento de los habitantes, cobran impuestos hasta por los que han fallecido, siendo en gran perjuicio para Mendoza. (3,31-32)
Las autoridades del Ayuntamiento el 4/11/1656, ordenan empadronar a todos los vecinos que tienen
viñedos para el pago de las alcábalas (impuestos que debía pagar la Provincia a su Majestad) que ascendían a la suma de 700 $ y que debían ser depositadas en Chile (3,127-128): La viña del capitán Jacinto de Urquiso 20 $; Juan Duque de Estrada por una viña que le compró al capitán Juan Moyano 10 $; la viña de Urbina 42 $; la viña de Lorenzo de Vera 14 $; la viña de Beatriz de Reinoso 30 $; la viña de Marina Santiesteban 12 $; la viña de los Villaroel 5 $; la viña de Mariana Niño de Cepeda 8 $; la viña del capitán Pedro Morales 13 $; el alcalde Joseph de Villegas y sus hijos Bartolomé y Francisco por su viña 16 $. (3,127)
Por real cédula de la reina Mariana de Austria, se impone nuevamente el Derecho de Unión de Armas (impuesto); y para el pago del mismo se ordena sacar el 4% de lo que se venda. Las autoridades del Cabildo de Mendoza reciben la notificación el 5/3/1674. El Ayuntamiento elige a Gregorio Arce Lucero para que lo cobre y haga la correspondiente rendición una vez al año; Lucero, por encontrarse enfermo, asume el cargo por 6 meses (3,571). El 13/3, reunido el Cabildo y debido a la pobreza que hay en la provincia, por las luchas contra los puelches y pehuenches, las inundaciones de aguaducho y, por que hay vecinos que han fallecido y el cálculo del impuesto es menor al exigido; es que solicitan una rebaja del mismo ante las autoridades de la Real Audiencia de Chile (3,574). En respuesta al pedido, el 16/5 la Real Audiencia rechaza el pedido y ordena a los vecinos de la ciudad que se pague el impuesto (3,578). Es por ello, que el 17/5 el Cabildo decide juntar los 700 $ y entregarlos al juez oficial real Francisco Chirinos de Posadas, que es el encargado de la recaudación; con la advertencia que se ha de pagar en reales, pudiendo los vecinos hacerlo en
vino a precio de 12 reales la arroba, rebajando del precio asentado 4 reales en cada arroba, porque tiene el mismo precio desde hace muchos años a esta parte, siendo de 2 $ en este período (3,579-580). Los vecinos moradores con viñedos deben pagar en la siguiente forma (3,584): la viña que fue de Angela de Videla 20 $; María de Villoldo por su parte de viña 20 $; el capitán Domingo Garín por la viña de Urbina 8 $; Francisco Chirinos de Posadas por el molino de Urbina 8 $; la parte de viña del capitán Jacinto de Puebla 10 $; Mariana de Bustos por su casa y viña 12 $; el capitán Gregorio de Morales por su casa y viña 12 $; Juan López de Villaroel por su casa y viña 8 $; el resto de vecinos y autoridades 602 $.
Bartolomé de Ribas se presenta ante el alcalde Bartolomé de Villegas y Figueroa el 2/3/1677 con una escritura extendida por los religiosos del Convento de las Mercedes, a fin de darle posesión de una cuarto de
viña con olivos y media huerta con árboles frutales; y puestos de pie en la dicha viña y en señal de posesión arrancó unas parras y hierbas de dicho cuartel. (X,EC,P20,6)
Ante el corregidor Antonio de Carvajal y Saravia el 13/1/1682; compra Andrés Sanchez Chaparro Chumacero, en 700 $ de a 8 reales a fray Cristóbal de Urbina, por sí y como apoderado de sus hermanos, y todos herederos de su padre el capitán Francisco de Urbina, el molino y
viña que fueron de su abuelo Juan Ortiz de Urbina. Luego, se presenta el vecino José Pardo Parraguéz y dice que el padre Urbina ha vendido unos bienes que son de su propiedad, por haberlos comprado con anterioridad a su primo Juan de Urbina. El 20/10, proveyó el escrito Saravia al referido Urbina quien expresa que por no hacerse la escritura con Pardo vendió las propiedades a Sanchez y al efecto pide se anule la última venta. El Corregidor dispone que declaren los testigos del hecho: Pedro de Videla, Juan Gil de Ortuño, Pedro Trilles y Pedro Pardo. El 29/10, Saravia declara nula la venta hecha por el padre Urbina a Sanchez. Por real provisión fechada en Santiago de Chile el 8/1/1683, a petición de Andrés Sánchez Chaparro para que se remitan a la Real Audiencia los autos seguidos ante el corregidor de Cuyo, Antonio de Carvajal, por José Pardo Parraguez, sobre nulidad de la venta de una
viña y molino en Mendoza que hizo a Chaparro. (6,T1,331-333)
El tesorero y juez oficial de la real hacienda de Cuyo, Pedro de Trilles, requiere el 2/8/1692, que se fomente por las justicias (autoridades del Cabildo) al capitán Fernando Nuñez, Recaudador de la Real Alcábala (impuesto anual que se le cobraba a las provincias), para la cobranza del
2% que dice le deben pagar los dueños de viñas, conforme una ley real que cita, juntamente con la alcábala, y que en caso de no disponer la satisfacción de este derecho nuevo, le pagaremos de nuestras haciendas; y en la que pretende que los dueños de viñas le paguen de sus cosechas el 2% por decir les pertenece este derecho; juntamente con las reales alcábala, y se queja que no las ha cobrado. Y habiendo visto lo solicitado, decimos que el Oficial Real de la Real Hacienda (Trilles), hace mal en fomentar que el dicho recaudador Yañez cobre con la alcábala el 2% de viñas, cuando no se le remató este ramo (vino) ni está en práctica su cobranza. Y decir que Su Majestad manda, por la ley que cita, que pague los derechos del 2%, es dar mala inteligencia (no es lógico) a la ley que hace este ramo distinto de la alcábala, y a dicho Yañez no le toca la cobranza de los dichos 2% de las cosechas de las viñas, porque solamente se le remata la alcábala y, este derecho, sólo debe cobrar de los comerciantes y del precio de los frutos que venden los hacendados de sus cosechas, sin pretender novedades (el vino no estaba contemplado dentro de las alcábalas); y en el fomento de las cobranzas de lo que le toca justamente, no se ha faltado ni faltará por ningún juez de esta ciudad, y habiendo cobrado más de 900 $ de alcábala en un año solo en esta ciudad, en partidas conocidas el dicho Yañez, de personas señaladas, sin otras que no se saben y ha extraviado este Cabildo, no haya pagado más de 100 $ a guarda de 500 que debe del año pasado; y en cuanto a la apelación que el dicho Yañez interpone sobre los 400 $ que debe de plaza cumplido y seguridad del interés real, dispondrá el dicho Trilles, conforme a la obligación de su oficio. Firman el Acta; el corregidor Juan de Urdinola; los alcaldes, Diego Gómez Pardo y Miguel Bustos de Lara; el regidor Gregorio de Arce Lucero; el alguacil mayor Diego de Funes y Salinas; y el procurador Juan de Molina Vasconcelos. (4,372)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 31/5/1698, se trata la falta de agua que viene del río (Mendoza), y por ser tan necesaria para los habitantes y ser tiempo de sementeras y de dar
riego a las viñas, se acuerda que se aperciba a todos los vecinos y moradores, para que den su peón, con sus herramientas, para echar dicha agua del río; y se le ordena al alcalde Francisco de Coria Bohorquez que cumpla con la orden y notifique a los interesados. (4,551)
El alcalde Juan de Godoy del Castillo el 26/4/1700, manifiesta que ha faltado el agua de la acequia principal, siendo en gran daño para la ciudad porque los molinos no muelen y no se han regado las
viñas; es por ello que emite un bando en el que intima a todos los vecinos que tienen chacra, huerta, viña y árboles frutales, den para el martes 27 un peón con herramientas para repararla; bajo pena de 4 $ de multa al que no cumpla (X,EC,C3,D21). El 9/7, el alcalde Juan Ladrón de Guevara intima nuevamente a los vecinos a presentarse el lunes a las 9 de la mañana en su casa, para ir al río (Mendoza) y represarlo; la orden es acometida al alguacil mayor Gonzalo de Lorca, secundado por el sargento Miguel Chacón, para que notifique a los vecinos su cumplimiento (X,EC,C3,D22).
María del Campo Lantadilla emite su testamento el 1/7/1716, y declara por bienes una
viña a 1 cuadra de su casa y tiene una cerca de pared, que linda con Miguel Chacón, con un molino de los Padres de la Compañia (Jesuítas), con los herederos de Sebastián de Vargas, y con una cuadra desierta que le vendió a Maria de Acevedo (Pedro Molina, Guaymallén). (X,EC,P27,26)
Juan Ponce de León y Baltasara Gomez Pardo, emiten un carta de promesa de dote para su hija Luisa Ponce de León, en la que se le ha de entregar al momento de su matrimonio, la mitad de una
viña que tiene 32 hileras de
cepas, que linda por el norte con viña del capitán Esteban de Videla pared de por medio, por el sur con viña de los otorgantes, por el este hasta la pared que da a Nicolás Gomes, y al oeste hasta la acequia de Tabalque (calle España); que incluye árboles frutales, 80 botijas vacías, 3
parrales de moscatel. El acto es certificado por Joseph Ruis de Villegas el 18/2/1723, son testigos: Pedro Pablo de Riba y Domingo de Molina. (X,EC,P38,18)
El teniente general Juan Antonio Canales, hijo de Juan de Canales y Beatriz de Orrego, emite su testamento el 20/2/1728; y declara tener, un sitio que tiene una cuadra de este a oeste y media cuadra de norte a sur, con árboles y un
parral de Italia (uva moscatel de Italia, varietal), cercado con 2 paredes y lo demás con cerco de espinas. (X,EC,P40,12-3)
Esteban Carrillo, hijo natural de Andrea Carrillo y Juan Antonio de la Hoz, emite su testamento el 3/6/1729, y declara por sus bienes la casa en donde vive, que por la parte del sur linda con sitio de Juan de Albarado, por el norte con sitio de Jacinto de Videla calle real de por medio, por el este con viña de Lorenzo de Miranda, por el oeste con sitio de Francisco de Albarado y la otra mitad con la acequia de Tabalque; y que en el sitio tiene plantado árboles frutales con
parral de uva de Italia. (X,EC,P40,35)
El general Manuel Antonio de Escalante, hijo de Manuel y Angela García, declara en su testamento el 24/2/1738, que tiene una
viña que se va criando con 9.700 plantas y que está cercada con dos tapias, y los demás edificado y plantado en una superficie de 20 cuadras de tierra que tengo en dicha chacra como consta de escritura de venta que de ellas hizo Francisco Montes de Oca en 18 cuadras y a Joseph Lucero en 2 cuadras en donde hay una arboleda. Son testigos: Bernardo Videla, Bentura de Inza y Joseph de Villasuso. (X,EC,P46,16)
El alférez Clemente Justiniano, hijo del capitán Juan Justiniano y de Juana Arce y Reinoso, dice que, desde hace más de setenta años, tiene unas tierras heredadas de sus abuelos maternos y, como en julio de 1743, Domingo de Godoy le incendiara los
cercos de su viña y casa, interpúsole querella ante el alcalde de primer voto de Mendoza, Juan de Lemos Barroso, quien no proveyó la demanda; que, como nuevamente, en seis del presente mes ha vuelto Godoy a incendiarle dichos cercos, viene en presentarse en contra suya, ofreciendo información de testigos. Proveyó la demanda el alcalde ordinario Melchor Moyano, en Mendoza a 27/7/1744. Domingo de Godoy da poder a su cuñado Justo del Águila, ante el escribano Gaspar de Castro, en Mendoza a 10/3/1745. Domingo de Godoy, concurre ante Manuel de Salinas, alcalde ordinario de Mendoza y pide le conceda la apelación de la sentencia dictada por él sobre demolición de una casa. Con fecha 25/3/1745, se presenta Godoy ante la Real Audiencia de Chile, tribunal que, por auto de 1/4/1745, ordena al Alcalde de Mendoza no innove nada de la causa, y si innova será todo nulo. La Real Audiencia con fecha 19/10/1745, manda se levante el embargo al trigo de Domingo de Godoy y que el Escribano remita los autos. El escribano de Mendoza, Gaspar de Castro, dice que, por orden del alcalde Manuel de Salinas en la causa seguida por Clemente Justiniano contra Domingo de Godoy, embarga a este último cuarenta y nueve fanegas de trigo para el pago de las multas. (6,T2,643)
Carlos Rodriguez Carvallo y María Luciana Cruz del Castillo, como vendedores, y, Elena de la Peña y su hijo Pascual de Videla, como compradores, de un una
viña de poda, conocida como la de arriba, que tiene 5.550 plantas; que está entre un majuelo y la
acequia Grande de esta ciudad a la parte del oeste; más una
bodega con puerta y candado, un
lagar de piedra con punta de cuero y un corredor alrededor de dicha sala; más, dos olivos y una huerta con seis
parras de moscatel. La operación es certificada por el escribano Francisco de Videla el 28/6/1748. (X,EC,P54,10)
Joseph de Fuentes, hijo de Francisco de Fuentes y Luisa de Arce, le vende a Juan Dominguez el 28/6/1752, un pedazo de tierras recibido por herencia de sus padres, que al momento de la división testamentaria se hallaba con una viña de 225 plantas que luego se perdieron; que linda por el este con calle Real, por el oeste con tierras de Domingo Fuentes, por el sur con tierras de su hermana Francisca de Fuentes, y por el norte con la otra mitad de dicho terreno que hoy poseen los herederos de Isabel de Fuentes; más, otro pedazo de tierra que linda por el norte con tierra de su hermana Ana de Fuente, por el sur con
olivar y viña de los Padres de San Agustín, por el este con tierras de su hermano Clemente de Fuentes, y por el oeste con tierras del Convento de San Agustín (4ta Sección, Ciudad de Mendoza). (X,EC,P61,118)
Fray Domingo de Lima y Melo de la Sagrada Compañía de Jesús y Rector del Colegio (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza), por una parte, y por la otra, Nicolás de Escalante y su esposa Clara Ortiz, se reúnen en la escribanía de Francisco de Videla el 1/7/1756, a fin de llevar a cabo una operación inmobiliaria por una
viña nombrada de la Madre de Dios, cercada de pared con media cuadra de frente, que fuera de las paredes de dicha viña se halla a la parte del norte, contigua a ella, con el fondo correspondiente a dicha viña, y de la misma suerte otra lonja a la parte del sur que corre de este a oeste, entre la dicha viña y posesiones de Pablo Chacón, Pedro de Molina y Agustín Sosa, hasta terminar en la
acequia que llaman del Tajamar al oeste, quedando el paso de dicha acequia libre según hoy corre, y una calle capa para el tráfico, entrada y salida común entre dichas tierras, y las referidas posesiones de Sosa, Chacón y Molina; las que lindan por el sur con dicha calle por medio, por el norte con tierras del Colegio, por el este calle por medio con la viña de dicho Colegio, y por el oeste con huerta de los herederos de Marcos de Villegas y solar de Cristobal de Toro. (X,EC,P69,108)
Diego, María, Gertrudis y Pedro Joseph, solicitan la tasación de los bienes de sus difuntos padres, Pedro Fredes y María de Albarado, para realizar la división correspondiente el 28/4/1757; en los bienes se declara una
viña con 3.500 plantas, que linda por el norte con sitio y molino de la Compañía de Jesús (calle Ayacucho y Costanera, Ciudad de Mendoza), por el sur con sitio y viña de Elena Peña, por el este con viña de Santiago Puebla, y por el oeste con sitio de los otorgantes. (X,EC,P70,71)
Juan de Puebla casado con María de Silva, hijo de Felipe de Puebla y Luisa Baes, emite su testamento el 13/11/1757, declara que tiene una chacra que consta de 5 cuadras y en la que se halla edificado y plantado lo siguiente: una
viña frutal y contigua a ella una huerta de árboles y unos
parrales de moscatel, una casa, un
lagar mediano, una bodega con sus paredes hasta el umbral y en ella un lagar con cal y canto con su pilón de ladrillo, más dos pilas de adobes, más una tina de cal y ladrillo; dos ranchos, uno que es vivienda y el otro para guardar trastes; 41 botijas bodegueras; 17 tinajas de echar vino; tres morteros, uno grande y otro chico; un par de tapiales con sus compuertas; herramientas de carpintería compueta por 3 sierras, una garlopa, un cepillo, un escoplo, una gubia, un pie de cobre, un raseador, una juntera, un cepillo, un bocel, un taloncillo, 3 molduras de media caña, un bocel grande, unas tenacitas. Declara un sitio en la traza de la ciudad con tres cuartos edificiados con frente a la calle, que consta de zaguán, puerta a la calle y un altillo encima. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla, son testigos: Juan Fagundes, Domingo Olguin y Santiago Villegas. (X,EC,P70,216)
Tomás Lucero, vecino de Mendoza, y por cuanto se halla próximo a trasladarse con su familia a Santiago de Chile, y por haber recibido por herencia y no haberse hecho partición entre sus hermanos, es que se han convenido en vender a Francisco Correa de Saa, Cura y Vicario de Mendoza, un sitio de 42 varas de frente de este a oeste y 1 cuadra de fondo de sur a norte; que lindan por la parte del sur calle por medio con
viña de Miguel de Guebara (+ o - calle Barcala, Ciudad de Mendoza), por el norte calle por medio con
viña del Convento de San Agustín, por el este con sitio de sus hermanos, y por el oeste con otro pedazo de sitio que su madre Margarita de Escobedo le vendió al vicario Correa de Saa. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla el 8/4/1758. (X,EC,P71,50)
Catalina de Guebara esposa del difunto Juan de Lemus, se presenta ante el escribano Francisco de Videla el 12/5/1758, a fin de hacer la partición de los bienes de su difunto marido, a saber; un
molino con todos sus aparejos y el sitio donde está edificado y 4 higueras; más, una viña compuesta por 828 cepas frutales, que linda por el sur con la casa y huerta que será adjudicada, por el norte con la
hacienda de San Agustín calle por medio, por el este con
viña de Juan Luis de Guebara, por el oeste con
viña de Bernardina Guebara; más, una quinta de árboles que está detrás de la casa, que linda por el sur con el
molino, por el este con la
acequia Grande que baja a esta ciudad (Tajamar o Tabalque, 1ra Sección, Ciudad de Mendoza). (X,EC,P71,67)
Angelo Francisco de Mayorga y su esposa Teresa de Molina se reúnen con el escribano Francisco de Videla el 14/11/1759, a fin de ampliar la dote para que su hijo Bernardino de Mayorga siga con sus estudios en Córdoba; que consta de una viña nueva, que linda por el norte y el sur con tierra de los otorgantes, por el este con la
acequia de Allaime, y por el oeste con parte de la
viña vieja otorgada anteriormente. (X,EC,P72,128)
Francisco Corbalán y su esposa Clara de Escalante emiten una dote matrimonial 24/5/1762 para su hija Rita Corbalán y su futuro esposo Ilario Almandos, a saber: una
viña nueva cercada de pared con 5.000 plantas, cuyo terreno y el que hay desembarazado dentro del cerco, contiene 3 cuadras y 121 varas, que linda por el este con casa y
viña de Pedro Correas, por el oeste con
viña de Joseph Sebastián de Sotomayor, por el norte con
viña y posesión de Clemente Justiniano, y por el sur calle en medio con sitio y alfalfar que se le adjudicará; más, 4 cuadras de tierra que contiene edificios, y los siguientes árboles: 60 higueras, 8 perales, 9 manzanos, 12 membrillos, 423 pies de sauces y 1 alfalfar, que linda por el este con sitio de Juana Villegas, por el oeste con sitio de Joseph Sebastián de Sotomayor, por el sur con sitio de los herederos de Ana Chacón, y por el norte con la viña anteriormente descripta calle en medio. (X,EC,P78,53)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 1/9/1764, se presenta fray Juan del Carmen de la Orden Bethlemita y Presidente del Hospicio de San Antonio, pidiendo se le libren 320$ del caudal que su hospicio tiene en las cajas reales de esta ciudad, para que con dicha cantidad se tapie y se cerque la
viña que compró a Joseph Cruz. (X,EC,SG,C15,D14,15)
El 6/11/1764 se presenta ante el escribano Francisco de Videla, Francisco Gonzales a fin de emitir una dote matrimonial a nombre de su hija Rita Gonzalez, que se casó con Juan de la Cruz Pizarro el 25/8/1759, en la que le entrega una huerta de árboles; que linda por el este con la posesión de Fernando de Videla y por el oeste con viña de Lorenza Sanjurjo calle en medio; que consta de un
parral de moscatel y otros varios árobles frutales, todo tasado en 250$. (X,EC,P80,163)
Tadeo de Lemus, Presbítero Domiciliario del Obispado de Santiago de Chile, y, Joseph Gonzalez Penna, se reúnen el 7/1/1769, a fin de llevar a cabo el
arrendamiento de una viña, casa, bodega con sus aprestos, huerta de árboles y un molino de pan corriente; Lemus le alquila a Penna lo antes dicho con todos sus muebles el que se hará constar en inventario al momento de la entrega de la propiedad, en cuyo poder queda un ejemplar de este instrumento a cada uno; el arrendador queda obligado a hacer todos los reparos útiles y necesarios a beneficio de dichas fincas de su subsistencia y perpetuidad, como así también a hacer
podar anualmente en el tiempo regular la dicha viña a yema. Y cumplidos los 5 años de plazo de arrendamiento, ha de entregar las fincas y muebles el expresado Penna en el mismo estado en que las recibió, exceptuando aquellos casos de incendio, terremoto y otros fortuitos; para el caso que Lemus determinase arrendar nuevamente la finca a otro, ha de tener preferencia el dicho Penna por el mismo precio del actual arrendamiento, el que no podrá pedir rebaja del precio pactado. (X,EC,P89,2)
Francisco de la Barra y María de Sosa le venden a Pedro Antonio de Sosa el 26/6/1769, una
viña compuesta de 16 hileras de a 29 cepas cada una que hacen un total de 404 plantas, de las cuales 61 están falladas; las buenas valen 4 Reales y las falladas 2 Reales; que linda por el sudoeste con viña del comprador, por el este con la calle de San Antonio (San José, Guaymallén), y por el norte con tierras del comprador; la dicha viña la hubo María por herencia de sus padres Simón de Sosa y Mariana de Rivas. (X,EC,P89,91)
La Junta Municipal de Temporalidades de los bienes de los Jesuítas (expulsados en 1769), remata el arrendamiento de una finca denominada de la
Madre de Dios en favor de Clara Ortiz, viuda de Nicolás Esclante, que se compone de una
viña cercada con pared, que tiene media cuadra de frente y linda por el sur con tierras de Pablo Chacón, Pedro Molina y Agustín Sosa, hasta terminar en la
acequia que llaman del Tajamar al oeste, quedando el paso de dicha acequia libre según hoy corre y una calle capaz, para el tráfico común entre dichas tierras y las referidas posesiones de Agustín Sosa, Pablo Chacón y Pedro Molina. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla el 22/8/1772. (X,EC,P92,24)
Andrés Tadeo Lemos, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado, hijo de Juan de Lemos Carvajal y Catalina Guevara, emite su testamento el 13/4/1773, y en el declara que una parte de sus bienes sean donados para el beneficio y alimento de los pobres de la cárcel, por lo que se hace un inventario de ellos en el que dice que tiene 46 plantas de
uva negra embraceradas en los márgenes de la viña a 3,3 Reales cada planta y un
parralito de moscatel en dicha viña con 12 platas a 3 Reales cada una; también declara, una bodega con dos puertas de dos manos con cerradura y llave, con cuatro tirantes y su media agua al costado este que se comunica por arcos a la
bodega en 650$; también declara, una huerta de árboles que incluye: 8 membrillos a 3 Reales, 11 granados a 3 reales, 57 higueras a 12 Reales, 2 manzanos a 8 Reales, 1
parral de moscatel en horcones de algarrobo con 45 plantas a 3 Reales; también declara, un molino de pan con su patio y un callejón por el que se entra al mismo, con tres piedras gastadas y el rodezno maltratado, y un cuarto viejo en donde está el dicho molino, todo tasado a 600$; todo linda por el oeste con sitio y huerta de árboles de los herederos de Bernarda Guevara, por el este con la
acequia grande que baja a esta ciudad. (X,EC,P95,10)
Bicente Martinez, hijo legítimo de Antonio Joseph Martínez Morales y María Gertrudis Tribiño, emite su testamento el 11/2/1774, y declara que durante su primer matrimonio con Antonia Espinosa plantó una
viña, luego que su esposa muriera, contrajo matrimonio con Xaviera Gomes y la viña comenzó a dar frutos; en el intermedio de uno y otro matrimonio, dice que
arrodrigonó la citada viña; también declara, que tiene una bodeguita. (X,EC,P96,187)
El virrey interino Diego de Salas notifica al corregidor Jacobo Bardarán el 9/3/1774, respecto de una carta enviada desde Mendoza el 7/2 en la que informa el
remate de la viña y esclavos, del sitio de la Cañada. Y por lo respectivo a mantenerse en ser las cosechas de dicha viña de los dos años antecedentes, sin haber salido comprador a ellas. (X,EC,C45,D43)
Gaspar Lopez Serrano, hijo legítimo de Gonzalo Lopez Serrano y Catalina Bernal, emite su testamento el 3/7/1794, y declara que deja libres a Dominga y Juana, sus criadas, y que a Dominga se le adjudique el pedazo de tierra que hay en la
viña de la Cancha para el norte, con la anchura que permite la pared que viene a dividirlo de la viña, y que en él se le haga por mi heredero de un cuarto a la calle en el que actualmente vive. Declara por sus albaceas a Gerónimo Marques y José Chacón, y por su universal heredero a su sobrino Gonzalo Camero, y en caso de fallecimiento a sus hermanas Catalina y Gertrudis. (X,EC,P63,23;P130,86)
Geronimo Marques le vende a Vicente Pescara el 9/8/1802, 1 cuadra y 55 varas situado en el
barrio de San Vicente (Godoy Cruz) dividido en 3 pedazos hechos alfalfar y un pedazo de
viña parrón; el que linda por el oeste con
calle Real de San Vicente de por medio con Mercedes Bargas, por el sur con el comprador, por el norte con los Peñalillos (Peña y Lillo). (X,EC,P144,83)
Francisco Saes y su esposa Pascua Peralta le venden a Jose Dias Barroso el 1/6/1803, un sitio en el
barrio de San Jose (Guaymallén), el que tiene un pedazo de viña con 700
cepas de cabeza y 68 de
bracero (encatrados); y linda por el sur con Fermin Peralta, por el este calle Real en medio con Bictoriano Ortiz, por el norte con casa del comprador, y por el oeste con la
acequia que llaman Grande. (X,EC,P146,70)
Antonio Virgala le vende a Dominga Gomes el 19/1/1805, un retazo de
viña parrón, compuesta de 2 cuadras de terreno de este a oeste y 56 varas de sur a norte, que linda por el norte con tierras de Domingo Garcia, por el sur con los Pizarros, por el oeste con la
acequia que llaman el Zanjón, y por el este con tierra de los Arces; con dos callejones, el primero que sale a la calle, y, el otro, que gira entra en la
viña. (X,EC,P151,10)
Manuel Videla y su esposa Josefa Leon se presentan ante el escribano Pedro Pablo de Videla el 5/8/1808, y declaran que para promover al don sacerdotal a su hijo Manuel Videla, desean colocarlo en un ministerio de la más alta circunspección, y más cuando resulta en gloria de Dios, bien de sus almas y honor a su casa y familia, por lo que asignan 2.000$ en especies fructíferas y le donan una
viña distante a 2 leguas al sudeste de esta ciudad; compuesta de 2.744 plantas de
cepa de uva, 428 en
parral de moscatel, más, vivienda y corral de alambique; cuya especie tasadas por Peritos nombrados por la Real Justicia, importan la cantidad de 1.998$. (X,EC,P148,13)
Manuel Hudson y Felisa Ferreira (padre y madre de Damián Hudson Ferreira) solicitan un préstamo a las monjas del Monasterio de la Buena Enseñanza el 25/4/1809, por lo que hipotecan una
viña y alfalfar, recibidas por herencia de los padres de Felisa; las que lindan por el norte con Domingo ¿Arce?, por el sur con Juana Ferreira, por el este calle en medio con Isidro Masa, y por el oeste con Micaela Ferreira. (X,EC,P160,62)
Lorenzo Frutos le vende a Julián Alvares el 11/5/1812, un sitio en el
barrio de San José (Guaymallén) que linda por el este con una
viña de uva negra pertenecientes a los herederos del vendedor, por el norte con Gregorio Alvares, por el oeste con calle Real y Nicolás ¿Corbalán?, y por el sur con Francisca Dominguez. (X,EC,P163,8)
El 16/11/1820 reunidos en la escribanía de José Manuel Pacheco, los hermanos: Leonardo, Benedicta, Francisca, Isidora y Manuela Abarrotegui con la venia y licencia de sus maridos Manuel Moyano, Rosendo Sevilla y Juan José Videla, venden a Pedro Lopez, un pedazo de viña ubicada en las inmediaciones de la calle Larga (calle Pedro Molina, Guaymallén), cuya
viña tiene 301 cepas; y linda por el Este con Joaquín Sosa en 48 varas, por el Oeste con Toribio Lantadilla en igual cantidad de varas, por el Norte con el comprador en 94 varas, y por el Sur con Andrés Obredor calle en medio en 94 varas. La operación se realiza de contado a un valor de 150 $. (X,EI,P180,89)
En marzo de 1835, el naturalista inglés Charles Darwin cruza la cordillera de los Andes y a su llegada a la ciudad dice que Mendoza es célebre por sus frutos y en realidad son admirables sus
viñas y bosques de higueras, melocotones (duraznos) y olivos.
El presidente Juarez Celman aprueba el 12/12/1888, los estatutos de la Sociedad Anónima
"Compañía Enológica de Mendoza"; la que se constituye con el objeto de plantar y cultivar vides, y especular en todo lo que se relacione con la viticultura y vinicultura, con un capital de 2.000.000 de pesos divididos en 4 series de 5.000 acciones cada una, siendo cada acción de 100$. (8,Año 1888,T34,808)
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
6) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
7) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomo 2.
8) Registro Nacional de la República Argentina.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C y D), Protocolos (P).
W1)
Vendimia.mendoza.gov.ar
W2)
Inv.gov.ar