La conservación de Areas Naturales involucra a todo el conjunto de sus ambientes y recursos, particularmente flora y fauna silvestre, rasgos fisiográficos, bellezas escénicas; reservorios culturales, históricos y arqueológicos; propendiendo a perpetuarlos sin detrimento y estableciendo un uso que respete su integridad. El 26/8/1993 la Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan la
Ley 6.045; con el objeto de establecer las normas que regirán las Areas Naturales y sus Ambientes Silvestres. Según el Artículo 20 se tipifican las siguientes categorías, basadas en la clasificación realizada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y el Comité Argentino (W1 y W2):
A) Reserva Científica o Reserva Natural Estricta.
B) Parque Nacional o Provincial.
C) Monumento Natural.
D) Reserva Natural Manejada o Santuario de Flora y Fauna.
E) Reserva de Paisaje Protegido.
F) Reserva de Recursos.
G) Reserva Natural Cultural.
H) Reserva de Uso Múltiple.
I) Reserva de Biósfera.
J) Sitio de Patrimonio Mundial Natural.
K) Vías Panorámicas.
L) Reservas Hídricas Naturales.
M) Reservas Recreativas Naturales.
Legislación en Mendoza
Ley 5961 del 26/8/1992, Preservación del medio ambiente en Mendoza.
Ley 6169 del 15/9/1994, Ministerio de Medio Ambiente, Urbanistico y Vivienda. Preservación Ley 5961, recurso ictico.
Ley 6649 del 3/2/1999, Modificación Anexo 1 Ley 5961.
Ley 6686 del 19/5/1999, Modificación Ley 5951.
Ley 6866 del 3/1/2001, Modificación e incorporación Punto 13 Anexo 1 Ley 5961 Punto 14.
Ley 8023 del 10/3/2009, Modificación Ley 5961.
Ley 8195 del 14/7/2010, Ordenamiento de Bosques Nativos.
Sucesos Históricos
Los lugares turísticos mendocinos no nacen como tales: emergen desde el tiempo, entre líneas de documentos que revelan hechos, nombres y escenas que hoy reconocemos en el territorio. A veces son menciones fugaces, otras veces relatos fundacionales. Cada fragmento activa una cápsula histórica que vincula el pasado con el paisaje actual:
En el año 1604, las autoridades del Cabildo de Mendoza, Juan Luis de Guevara, Juan Francisco de Córdoba, Alvaro de Jelves, Pedro de Rivas y Bartolomé de Rojas, nombran a Diego Pérez Moreno (Regidor y Protector de Aborígenes) para que vaya a las
Lagunas de Guanacache, para que junte todas las yeguas y caballos que haya en la zona y los traiga cargados de pescado y sal, para venderlo a los vecinos de la ciudad. (1,279)
Pedro de Fuentes Pabón se presenta ante las autoridades del Cabildo de Mendoza el 25/2/1645; los alcaldes, Juan Luis de Guevara y Pedro Gomez Pardo; y los regidores, Ramiro de Carvajal y Saravia y Antonio de Gelves y Castañeda; para poner una queja contra el corregidor Luis López Gallardo, debido a que le había quitado dos indios para trabajos en las minas de
Canota. Pabón agrega que le causa un gran perjuicio a él y a la ciudad, que le quiten los indios para ponerlos al servicio de cosas tan dudosa como son las dichas minas, pues a más de 5 años se continua este subsidio sin que de ello resulte provecho para los vecinos y la ciudad. Pabón recomienda que se denuncie el ilicito ante el Procurador General. (2,264)
A raíz de la falta de hombres en Mendoza para tareas de labranza y defensa de la ciudad, en la sesión del Cabildo de Mendoza del 24/9/1650; el alcalde Pedro Gomez Pardo; y los regidores, Alonso de Videla, Juan Ruiz de Villegas, Josepe de Villegas y Lorenzo Sandi Carrasco; ordenan que Sebastián López de Pardo, que había tenido un litigio judicial con Beatriz de Figueroa, y que había perdido su hacienda y pertenencias y se encontraba preso; que fuera dejado en libertad debido a que siempre ha concurrido a las entraderas (ataques aborígenes) en el
Cerro Nevado (San Carlos) en defensa de la ciudad; y que ya ha sido bastante el castigo con la pérdida de sus bienes. (2,379)
Las autoridades del Cabildo de Mendoza; los alcaldes, Pedro Gómez Pardo y Pedro Gómez Pardo Parraguéz; y los regidores, Juan de Puebla Reinoso, Juan Ruiz de la Cuesta, Francisco Nuñez de Villoldo, Juan González Pallero y Juan Ruiz de Guevara y Villegas; en la sesión del Ayuntamiento del 15/11/1664, tratan que hace muchos meses se puso el precio del vino a 20 reales la arroba menudeado en las pulperías, y atendiendo a que no haya falta del género (vino) por el bien y utilidad de la República (Mendoza) y
pasajeros (viajeros) y que le tengan para su gasto; ponemos por segunda postura para que se venda el vino menudeado a razón de 4 $ la arroba y dimos voz al capitán Francisco Nuñez de Villoldo, Alguacil Mayor y Fiel Ejecutor, para que haga dicha postura y lo mande vender en las pulperías a razón de dichos 4 $. (3,305)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 17/3/1664, a pedido del capitán Fernando Baez Palacio, se presenta con el título de Capitán de Caballería y que sea recibido en su cargo. Las autoridades del Ayuntamiento, disponen el nombramiento y es puesto al frente del ejército para hacer frente al enemigo puelche y pehuenche, y el descubrimiento de
Paien (¿ Payunia ?). (3,288)
En el Cabildo de Mendoza con fecha 26/5/1667, trataron que el capitán Domingo Sanchez Chaparro, ha venido desde las ciudad de Santiago de Chile para ir a la entrada al Cerro El Payén, y que dice trae ordenes del gobernador Francisco de Meneses Brito para la dicha entrada. Los Capitulares autorizan a Chaparro para que se haga de los insumos y materiales que necesita para realizar la tarea encomendada. Para el 19/9, el alcalde Juan Ruiz de la Cuesta propone al Cabildo ir a la jornada que se hace a tierras del enemigo y al descubrimiento del
Cerro de Payén (¿ Payunia ?), es por ello que solicita una licencia para cumplir con la misión. (3,370)
A raíz de un litigio judicial entre Onofre de Lemos y Domingo Moyano por las tierras de Aguas del Corral (Cacheuta, Luján de Cuyo), a petición de José Quevedo, cuñado de Lemos, con fecha 20/6/1679; le solicita al alcalde Juan Flores Moyano de Aguilar que certifique los títulos de venta que hizo Bartolomé de Villegas y Figueroa a Miguel de Torres Barros Hinojosa, por el potrero llamado
Los Papagallos. (5,T2,707)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 18/10/1681, se propone que ni indio, ni negro, ni español, y de cualquier estado que sea, corte ni mande cortar los
sauces de la acequia del Tajamar, por haberse puesto para reparo de esta ciudad (sombra), bajo pena de 10 $ de multa para los españoles, y a los indios y negros a 50 azotes; y que se fije un auto en la parte más pública de esta ciudad para que todos se anoticien. Firman el acta correspondiente; los alcaldes, Francisco Chirinos de Posadas y Pedro de Trilles; los regidores, Gregorio de Arce Lucero y Alonso de Coria Bohorquez; y el alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo. En noviembre, el sargento mayor Pedro de Videla se presenta con una petición, en la que dice que la acequia del Tajamar se abrió solo para el desagüe de las avenidas que inundan esta ciudad (aluviones) y su reparo, con cargo que ninguna persona saque hijuelas de ella, por el grave perjuicio que de ello se sigue. Y que el alférez Juan Moyano de Aguilar, sin tener suerte de agua por ella (autorización de usarla), ha puesto un
molino en ella, con grave perjuicio de la ciudad y el bien común de sus habitantes y muy en particular mío; pues por quitar el agua de la
acequia de la Ciudad (calle Salta, acequia de Tabalque), e donde la tienen y deben llevar todos para el dicho su molino, se está perdiendo mi viña, que ni para beber la merezco (uso); y los demás interesados, como son el maestre de campo José Pardo, el capitán Francisco Nuñez, Miguel Chacón, Alonso de Videla, Luis Arias de Molina y los reverendos padres de la Compañia de Jesús y otros más, la llevan sangrando del dicho Tajamar (hacen hijuelas); con grave perjuicio de la ciudad y mío. Que por llevarla del dicho Tajamar y no abrir la acequia de la Ciudad, que es por donde se debe llevar, disimulan el que el dicho alférez Aguilar la quite de la dicha acequia de la Ciudad, por donde debe ir. Mediante lo cual se ha de servir Vuestra Señoria de mandar cerrar el dicho Tajamar y que quede sólo para el efecto que se abrió, sin los padrastros de tantas hijuelas, y que se lleve el agua por la acequia de la Ciudad, que es por donde debe ir y tienen todos sus suertes de agua sin perjuicio ninguno, y dejen libre el dicho Tajamar para el efecto que se abrió, pues ni el dicho Aguilar, ni otro alguno tiene suerte de agua por él, sino por la dicha acequia de la Ciudad, y de no mandarlo cerrar, se me dé permiso para que yo también saque mi suerte de agua por él, pues todos así lo hacen. En diciembre, Videla vuelve a presentar otra petición, en la que pide que no se pongan tapones y estacas en la acequia de la Ciudad, y que dejen pasar el agua para sus viñas; además, solicita que el alférez Aguilar no muela en su molino con el agua de la acequia de Tabalque, sino que lo haga con el agua de la acequia del Tajamar. Las autoridades del Cabildo el 18/12, ordenan al alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo, que notifique a todos los implicados que no tapen la
acequia de Tabalque (calle Salta, Ciudad de Mendoza), bajo pena de 50 $ de multa. (4,154-158)
El corregidor Juan de Urdinola emite un bando el 26/6/1692, por cuanto conviene al servicio de su Majestad y al gobierno de esta República (Mendoza), que haya
peso fiel medida igual precio justo en las cosas que se compran y venden en las tiendas de los mercaderes y pulperías, y para el remedio que se requiere en los excesos y fraudes que pudiera haber, mando que desde mañana 27 se dé principio a la visita de dichas tiendas y pulperías llevando para ello
vara de peso y medidas fieles que sirvan de patrón y se reduzca todo a lo que es justo y se tome la razón de las pulperías que pagan los derechos debidos (impuestos) a la Real Hacienda. (X,EC,C3,D7)
El alcalde Gregorio Gómez Pardo, propone a las autoridades del Cabildo de Mendoza el 17/5/1687, que es de suma importancia terminar la capilla del Señor
San Juan (Bautista, calle Maipú e Ituzaingo, Ciudad de Mendoza), y para ello ha de ir a buscar las
maderas suficientes y los umbrales para las puertas y ventanas de dicha capilla. (4,213)
En otro juicio por posesión de tierras entre Juan de Lemos Barroso y Juan Godoy del Castillo, el corregidor Francisco de Larrinaga y Axpe, el 9/9/1698 le da la posesión de las mismas a Castillo, por lo que Barroso dice que es ilegal, ya que, al momento de presentar Castillo pruebas respecto de la posesión, sólo mostró los títulos de una parte de la propiedad y, de la otra parte, sólo dijo que sus tierras alindan con las de Beatriz de Videla, sin presentar título de ellas; y que corren desde la acequia de Tabalque (calle Salta, Ciudad de Mendoza) hasta la acequia de Allaime (calle Tiburcio Benegas, Ciudad de Mendoza) y que pasan hasta
los Papagallos (Cerro de la Gloria y zonas aledañas). (5,T2,397)
En 1704 el maestre de campo Andrés de Toro Mazote, encomendero de los indios del pueblo de Ocolomilqui, en términos de San Luis, dice que el gobernador Marín de Poveda, por estar muy atrasados los indios de su encomienda les agregó los vacos (vacíos) de la encomienda que fue del capitán Bartolomé Maldonado, que andaban vagando por las pampas. El suplicante ha formado una reducción en un lugar muy aparente para labranza, llamado
El Rosario y edificó iglesia decente (Lavalle o La Paz), con los ornamentos necesarios al culto, reducción que sirve de alivio a los
viajeros. (5,T2,546-547)
El 20/3/1723, el alférez Joseph de Herrera otorga un poder al capitán Thomas de Solier, residente en Mendoza y vecino de San Luis, para que se presente en dicha ciudad y pida la división de las tierras que quedaron por muerte de su bisabuelo Fulano Villanueva, por ser hijo de su nieta Tomasina Fernandez de Villanueva; ubicadas en el paraje de
Puyupta. (X,EC,P38,40)
El corregidor José de Frías el 11/4/1727, emite un bando por el que intima a los vecinos a ir a la boca del río para encauzarlo y que el agua ingrese en la acequia de la Ciudad (Canal Zanjón Cacique Guaymallén) y abastecerla; además, dispone que las
pulperías no estén abiertas ni despachen (bebidas) desde las 10 de la noche, bajo pena de 6 $ de multa o 50 azotes; también, que luego de la oración (Avemarías de la tarde) y puesto el sol, no hayan juntas de gente de ningún sexo con guitarras ni otros instrumentos de música que están en estas casas de servicio, como tampoco juegos. (X,EC,C3,D47)
A raíz de un litigio judicial entre Rafael de Trebiño y la familia Videla, la Real Audiencia por real rovisión fechada en Santiago de Chile el 26/4/1728, cometida al Corregidor de Cuyo (José de Frías) ordena que entregue a Trebiño cuatro mil cuadras de tierra en la zona del
Cepillo (Tunuyán o San Carlos), dejándose el resto para los Videla. Dice la Real Provisión: haréis nuevamente la mensura de las dichas tierras y valle de Cepillo y Jaurúa (San Carlos), enterándole al dicho Rafael Trebiño las cuatro mil cuadras que le pertenecen por sus títulos, principiando la mensura y entero de dichas cuatro mil cuadras a orillas del río de Palampoto (río Tunuyán) y de ahí tirando para el sur corriendo la cuerda por el costado del poniente a la falda de la cordillera nevada y enterado el dicho Rafael de las dichas cuatro mil cuadras, en la forma referida, en el resto de las tierras que quedaren, enteraréis al dicho Simón de Videla y demás compartes las cinco mil cuadras de tierra que le pertenecen en conformidad a sus títulos. La Real Audiencia por acuerdo de 5/5/1729, y para prevenir el caso de que el Corregidor pudiera inclinarse en favor de los Videla, nombra al capitán Manuel de Santander y a José González para que practiquen nuevamente las mensuras. Santander y González reciben las notificaciones el 20/9/1729. Para el desempeño de su cometido Santander y González, estando en el valle de Jaurua, a 19/10/1729, hicieron comparecer a un indio, que dijo: que Palampoto es un río grande que sale de la cordillera dividiendo
las tierras de Cepillo con las tierras del Manzano para la parte del norte, y dicho río corre para el oriente y que el
arroyo de Saragüilla (río Yaguaz) sale de la misma cordillera a la parte del sur (del río Tunuyán) y su curso corre como para el norte hasta donde se junta con el dicho río Palampoto, y que las faldas de la cordillera que corren de norte a sur median entre loe dos ríos para la parte de el poniente de las tierras de Cepillos. Interrogado el cacique Ramón Zaparán, respondió en los mismos términos. Concluídas las deliberaciones procedieron a medir a orillas del Palampoto tiramos la línea para el sur corriendo por el costado del poniente a la falda de la cordillera nevada hasta tocar el río de Saragüilla, arreglándonos a los titulos del dicho Rafael y se hallaron de norte a sur 219 cuadras a las cuales corresponde la latitud para el complemento de las cuatro mil 18 cuadras y 40 varas comprendiendo en la medianía de la mensura el
cerrillo del Cepillo. Acabada la mensura en 24/10/1729, llamaron a Rafael de Trebiño y tomándole de la mano le entraron en las tierras en las cuales se paseó cortando ramas en señal de posesión y ordenando salir a todos de ellas. Luego le preguntó a Simón de Videla, representante de la otra parte, si estaba conforme con la mensura y dijo que no contradecía. Con fecha 27/10/1729, los jueces mensuradores procedieron a la mensura de las tierras de los Videla, después de oir a los testigos que declararon que sus deslindes eran Tunuyán, el
cerro Toltol, el médano de
Guatunpal, la acequia de
Añuta y las tierras que lindan con
Capi. Y al efecto midieron a orillas del
río Tunuyán corriendo la línea para el sur incluímos las cinco mil cuadras debajo de los linderos mencionados, dándoles 200 cuadras de norte a sur y 25 de oriente a poniente, de todo lo cual tomó posesión Simón de Videla. Por carta a la Real Audiencia fechada en Mendoza, a 21/11/1729, José González comunica haber terminado las mensuras de las tierras de Cepillo, en compañía de Manuel Santander a satisfacción de ambas partes. (5,T2,498-514)
Por litigio judicial entre la Compañia de Jesús contra José Morales de Albornoz y Migual de Guevara, se deben mensurar las tierras para solucionar la situación. En el Valle de Uco, a 12/2/1733, ante el maestre de campo Andrés de Vargas Machuca, comisionado por el corregidor Juan de Oro Bustamante y Santa María, comparecieron Fernando de Alvarado en representación de José de Morales y Miguel de Guevara, que ambos tienen estancias pobladas en dicho lugar y manifestaron que contradecían la mensura. Fernando de Alvarado, en nombre de José de Morales, dice que protesta de la mensura hecha, en atención a que no ha sido oída su parte. Miguel de Guevara dice que protesta de la mensura por tener posesión inmemorial de
las tierras de Priuniante que hoy se llaman del Manzano. (5,T2,635-643)
En la ciudad de Santiago de Chile el 22/2/1747, se presenta Joseph de Monteros, padre legítimo de Pablo Joseph (difunto); y dijo que por cuanto su hijo falleció ahogado en la medianía del
Desaguadero, es que viene a solicitar que sus bienes sean inventariados y puestos en depósito. El corregidor Blas de Morales lo recibe y escucha el relato de los hechos sucedidos; Joseph dice que haciendo
viaje a la ciudad de San Luis de la Frontera en compañía de su hijo Pablo, y por la
licencia (vacaciones) otorgada por dicho Corregidor y que presentó en debida forma, es que sucedió la desgracia que Pablo entró al río que llaman del
Desaguadero a bañarse y sin haberlo podido favorecer parte de la mucha gente que en el citado río se hallaba, aun habiéndose arrojado más de cinco personas a sacarlo del río, fue irremediable el poderlo socorrer de que sucedió el haberse ahogado, como es público y notorio. (X,EC,P48,61)

El general Manuel Antonio de Escalante en la emisión de su testamento (24/2/1738), declara que le ha entregado 500$ en doblones de oro a Ignacio de Araya y Juan Ravanal, frailes de la Compañía de Jesús en Chile, los que están prestos a viajar a España, a fin de hacer tallar una imagen (escultura o busto) de
Nuestra Señora del Buen Viaje; a su vez, declara por sus herederos a su esposa e hijos (X,EC,P46:179). Luego y en el tiempo, Petrona, hija del general Escalante, en la emisión de su testamento (28/9/1746), declara que por voluntad de su difunto padre y por la suya propia, es que solicita conmemorar la
fiesta y celebración de Nuestra Señora del Buen Viaje en los terrenos contiguos a la
Compañía de Jesús (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza), por lo que deja depositados 2.000$ en la Caja del Cabildo de Mendoza, los que son requeridos por ley en estos casos. Juan Gonzalez Melgarejo, Obispo de Chile y de la diócesis de Cuyo, informa que los trámites han sido satisfactorios y, de visita por Mendoza, otorga la correspondiente autorización para que la imagen tallada por encargo del general Escalante pueda ser utilizada para el culto, fiesta y celebración, el 5/9/1747. Por un litigio entre Petronila de Videla, esposa del general Escalante, y su yerno Francisco García de Torres, esposo de la difunta Petrona, la situación se complica; aduciendo que en el testamento del general Escalante no queda del todo claro el pedido respectivo de
fiesta y celebración, según lo expuesto por Juan Martínez de Rozas, representante de una de las partes. Luego de idas y vueltas, tasaciones y decretos de por medio, se determina que el tenedor de los bienes del general Escalante, su hijo Pedro, tiene los bienes suficientes para costear de por vida la dicha conmemoración; es por ello que, el alcalde Santiago de Puebla el 12/9 dispone que se lleve a cabo la última voluntad de los difuntos y de la familia Escalante en su conjunto, y que se utilicen los 2.000$ depositados a tal fin, respaldados por los 17.000$ en bienes con los que cuentan los Escalante, y que están a cargo de Pedro. Al día siguiente, el escribano Gaspar de Castro, informa que no puede correr con la escritura debido a que Rozas había sacado el dinero antes depositado. (X,EC,P52,105-113). Petronila de Videla emite su testamento el 21/3/1748, en el que manda que el
Niño Jesús que hizo con su marido, sea puesto en el altar en lugar de la sacristía, una vez terminada de construir la
Capilla; y que la llave de la urna que lo contiene quede en poder del patrón de dicha fiesta y que no se saque de allí, sino, para las festividades que por mis herederos se hagan en dicha Capilla, y que si los Reverendos Padres de la Sagrada Compañía de Jesús o mis herederos lo prestaren o sacaren para otra iglesia, aunque sea para su mismo Colegio, pase al Convento del Señor San Francisco (X,EC,P53,59;en la actualidad,
Nuestra Señora del Buen Viaje es la Patrona del Turismo en Mendoza).
Nicolás Alvarez y su esposa Francisca de la Rosa le venden a Pedro Ortiz el 12/9/1749, un pedazo de solar en el
centro de esta ciudad, con 13 varas de frente y 75 de fondo; que todo linda por el este con tierra del comprador, por el sur con sitio y casas de Blas Coria, por el norte con solar que se dice es de los Morales, y por el oeste con sitio y huerta del vendedor; la dicha venta se adjunta a otras dos realizadas anteriormente con Ortiz. (X,EC,P55,125)
Lucas Neyra además de los 150$ que se expresan en la nota antecedente libramento, entregará 15$ que ha costado
roca rollo y la escalera con las tres masas en que están clavadas, que de orden del Superior Gobierno se han puesto en la
plaza de esta ciudad y que tengo pagados, según carta enviada por el corregidor Joseph de Villalobos el 15/4/1762. (X,EC,C84,D25)
Juan de Videla y Pedro Espínola el 1/3/1768, dijeron que por cuanto Joseph Rodriguez de Figueredo remató en arrendamiento la
hacienda de la Cañada, que fue de la Compañía de Jesús, y hoy se ha ocupado de cuenta de su Majestad, según consta del remate hecho en la ciudad de Santiago de Chile el 28/1/1768, cuyos bienes del dicho arrendamiento se contienen en el extracto que de ellos remitió el Señor Juez Comisionado, a saber: el extracto de la Hacienda que se halla en la Cañada y pertenece al Colegio que fue de la Compañía de Jesús, incluyen todos los trastes y aprestos respectivos a
viña, bodega y botijería, sacado de los inventarios generales, que son: 1 bodega con dos lagares, 84 tinajas buenas de echar vino con 92 arrobas de buqué, 7 pipas de 10 a 12 arrobas, 1 barril de media carga, 6 enfriaderas, 2 zarandas, 1 par de tapiales viejos, 12 aparejos sestoneros, 12 podanes, 20 azadones usados, 6 hachitas usadas, 9 hachas grandes usadas, 1 barreta grande y 2 chicas usadas, 3 alambiques con sus pailas cañones de cobre y sus tapas de madera, 8 pailas viejas remendadas con peso de 692 libras, 1 horno de botijas con su botijería, la pieza que servía de monasterio con su corralón respectivo. De manera que a excepción de los cuartos que corren al costado de la calle desde
una de las torres de la Iglesia hasta en el que estaban los telares, inclusive todas las demás piezas que se hallan en el cuadro del patio sucesivos y corralones accesorios, excluiendo el sitio y huerta de la
Casa de Ejercicios, ha de entrar en el arrendamiento, una viña con 48.909 plantas muy maltratadas. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla, son testigos: Francisco Lopes y Joseph de Videla. (X,EC,P87,21:Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza)
Ignacio Corvalán, Defensor de Temporalidades de las que fueron de los Regulares de la Compañía y Diputado en ella para la entrega de escrituras de esos bienes, y que por venta de unas cuadras que se le hizo a Joseph de Villanueva según remate del 3/11/1773 por voz del negro Fermín en la
plazuela de la Iglesia de los dichos Regulares (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza). El acto es certificado por el escribano Pedro Simón de Videla el 6/9/1780. (X,EC,P107,180)
Juan Morel le envía una carta a Josef Amigorena el 9/7/1788, pidiendo para la
plaza de la Villa de San Carlos una gurbiesita pequeña como de una pulgada y un cepillo de dos manos, todo para poder formar otros faroles y la cruz que ha de ir delante; y al concluir se las devolverá. (X,EC,C69,D10)
He resuelto por Real Decreto de 29/3/1789
reducir los días feriados a las fiestas que la Iglesia celebra como de precepto, aunque solo sea de oir misa; a las de la Virgen nuestra Señora, con la advocación del Carmen, los Angeles y el Pilar, en los días 16/7, 2/8 y 12/10, y a las
vacaciones de Resurrección desde el Domingo de Ramos hasta el martes de Pascua; de Navidad desde el 25/12 hasta el 1/1 siguiente; y de Carnestolendas (Carnaval) hasta el miércoles de Ceniza inclusive. Excluyéndose todos los demás días en que con nombre de Feriados o Fiestas de Consejo cesaba el despacho de los negocios, aunque sean aquellos en que celebran los Consejos y Tribunales alguna fiesta, pues lo deberán practicar después de las horas de Tribunal, aunque sea anticipando su entrada y salida; cuya Real resolución he tenido he tenido a bien comunicar a mi Consejo de las Indias por Real orden de 31/3, a fin de que tenga puntal y debido cumplimiento por el propio Tribunal y Oficinas de su dependencia, comunicándolo a los Tribunales de Justicia de ambas Américas e Islas Filipinas para su observancia, y de las Oficinas y dependientes de ellos. En cuya consecuencia ordeno, y mando a mis Virreyes, Presidentes, Regentores y Oidores de mis Reales Audiencias, a los Intendentes y Gobernadores de aquellos Reinos observen y cumplan puntualmente el contenido de la referida mi Real determinación. Aranjuez, 2/5/1789. Por mandato del Rey nuestro Señor. (X,EC,C1,D49)
Manuel Adalid Rodriguez, vecino de Mendoza, se presentan ante el escribano José Lagos el 30/12/1791, y declara que por cuanto Fernando de la Rosa, vecino de San Juan y albacea de Pedro Pablo de Quiroga, le ha conferido un poder para vender a José Antonio de Palacios, un sitio que tiene la testamentaria en frente a la
plazuela del Convento de Santo Domingo del lado este (calle José Federico Moreno entre Beltrán y Chacabuco, Ciudad de Mendoza). (X,EC,P124,48-18)
El escribano Josef Porto Mariño certifica el 18/11/1799, los gastos impendidos por la
reconocimiento, medición y planos hecho de las Lagunas de Huanacache por el comandante Josef Francisco Amigorena. El que dijo que anduvo 160 leguas de ida y otras tantas de vuelta, a 5 leguas por día durante 37 días; el que fue acompañado por el Ministro de Real Hacienda y por un piloto que hizo el plano a un costo de 150$. La orden surge de un decreto del 16/5/1793, expedido por Juan Antonio Lesica en Buenos Aires. (X,EC,C86,D35)
Francisco Lara, vecino de Mendoza, se presenta ante el Cabildo y declara el 13/10/1800, que reside en 4 cuadras de tierras que fueron de las Temporalidades (Jesuítas expulsos), frente al paraje
Altamisque (¿Atamesque?), a la orilla del Camino Real a Chile, como a legua y media de la ciudad; las que tiene labradas y trabajadas, por lo que solicita se tasen para abonarlas. (X,EC,C86,D42)
Sobre el Paseo del Tajamar: en el expediente formado para crear en esa ciudad un Paseo público, ha puesto en esta fecha el auto con el tenor siguiente: remitase a VE como lo dice el fiscal con el correspondiente oficio informatorio de la utilidad de la obra que se solicita y aviese a los alcaldes de la ciudad de Mendoza. Victoriano Rodriguez, Córdoba 13/10/1806. (X,EC,SG,C42,D118)
Y entre otras cosas que trataron, lo fue una la policía de esta ciudad, la incomodidad del tránsito de sus calles en toda estación por la falta de
veredas, que tan útiles y necesarias son, tanto para la comodidad del vecindario como para el ornato y aspecto público; por tanto acordaron los nominados Señores que se publique bando, mandando en el que todo vecino que tenga sitio dentro de la ciudad, que comprende de sur a norte por este rumbo desde el Sauce de la Cañada hasta unas cuadras más arriba del Convento de la Merced, y de oeste a este, el Tajamar al Zanjón; con frente o frentes a la calle, construya en ellas veredas de vara y media de ancho, empedrados, de piedra menuda, enladrillada o enlajada, al arbitrio de cada uno; para cuyo arreglo y que inspeccione la dirección de ellas para que no caucen deformidad, se nombre al alarife Xaime Roquel, abonándole por esta operación 2 Reales por cada media cuadra; previniéndole en el citado bando que deberán tener concluídas la formación de veredas dentro del término de tres meses contados desde su publicación. Igualmente acordaron que respecto a obtenerse ya el permiso de la Superioridad para la formación del
Paseo Público que se había pensado y ya tratado entre los
dos Tajamares, bajo los arbitrios propuestos al Señor Gobernador, destinándose para ello el fondo líquido del Ramo de Romana, se procediese a dar principio, comisionándose al Procurador de la ciudad, para que con los presos vaya haciendo se allane, limpie y empareje el terreno, contratando con Antonio Moyano para que con la equidad posible, ceda el terreno que sea preciso ocupar para dar ensanche a dicho paseo con conocimiento del que deba quedar para el cauce principal, de modo que éste sea capaz de recibir las avenidas (aluviones), para que éstas no se introduzcan dentro de la ciudad y cauce los daños que son consguiente; y estando allanadas estas dificultades, se tratará lo demás que convenga hasta llenar los deseos del Ilustre Cabildo, mandando que se insertasen en este acuerdo para continuar en los demás lo que sucesivamente ocurra sobre el particular. Sesión del Cabildo firmada por Juan Miguel García, Bruno Suarez, Bernardo Ortiz y Nicolas Correas, por mi Cristobal Barcala (escribano). Mendoza, 13/8/
1808. (X,EC,C18,D9,20-21)
Interesado este Gobierno en la conclusión del adorno del
Paseo Público (Alameda), no ha podido desatender la representación del Señor Regidor Juez de Policía que con fecha de ayer le ha elevado, demostrando que el precario, y eventual ramo de multas de galope (multas por exceso de velocidad de a caballo) no es bastante para llevar a su finalización la obra de que está encargado, y en su consecuencia ha acordado hoy el decreto siguiente: "Oficiese al Muy Ilustre Cabildo y Alcaldes Ordinarios, que los fondos que hubiere existentes de las multas exhibidas por los bandos de buen Gobierno u otras causas, y en lo sucesivo se exigiesen hasta la conclusión de la citada obra, los ponga a disposición del Señor Regidor representante, y a quién se le avisará en contestación para los efectos consiguientes". Oficio de San Martín al Cabildo, Mendoza 28/2/1816. (8,T3,245)
El diputado Tomás Godoy Cruz le escribe al Cabildo de Mendoza el 11/1/1817, comunicando su decisión de donar 200$ de los 500$ que recibió en concepto de viáticos, debido a que el Congreso Nacional se ha trasladado desde Tucumán a Buenos Aires, para proveer con
asientos al Paseo Alameda. (X,EI,C657,D31)
Amado amigo y paisano; la de Vuestra Excelencia de 9 de agosto la he recibido y no he podido contestarle por haberme hallado en el
Totoral (Punta del Totoral, Tunuyán o San Carlos) recuperando mi salud (epidemia de un virus de garganta). Mi salud ha adelantado bastante con la
tranquilidad y aire de campo, esto talvez me proporcionará el ir a continuar mis trabajos a Chile. Carta de José de San Martín a Tomás de Godoy Cruz, Mendoza 12/10/1818. (8,T9,28)
El general José de San Martín llegaba a Mendoza y tenía dos entrevistas con el desertor Benavídez a cambio de información. La primera se verificó a la 1 de la mañana, en la puerta de la iglesia del Conventillo, extramuros de la ciudad; las demás conferencias, se repitieron en la
fuente de la Plaza Mayor, de ellas resultó la revelación de los enemigos de la causa existente en Chile. (8,T20,365:Carta de San Martín a Miller, Bruselas 1827)
El Cabildo de Mendoza el 19/12/1818 y notándose
lo mal servido que se halla el público en orden al abasto de nieve (helados), se notificará por el Teniente Alguacil Mayor a todos los individuos que tengan venta de
refrescos y nieve, vendan de esta especie precisamente al público, sin distinción de personas que vayan a comprar de 2 arrobas para abajo al precio de 6 reales la arroba y 2 libras por medio real, bajo el más serio apercibimiento; que al que se negare a la venta, teniendola o alterare el precio o peso, incurrirá en la multa de 50 pesos. Firmado por: Justo Correa, Andrés Godoy, Blas José Dominguez, José Manuel Videla y Domingo Aberastain; certificado por el escribano Cristobal Barcala. (X,EI,C747,D112)
Habiéndose retirado por sus enfermedades a tomar los
baños de la Boca del Río (Vistalba o Las Compuertas o Industrial o Cacheuta, Luján de Cuyo) el Señor Alcalde Provincial, Genaro Segura, en quien por la enfermedad de Usted se había depositado la vara de su cargo, necesita saber este Ayuntamiento si aún se halla Usted en la imposibilidad de entrar en su ejercicio, para hacer en este caso una nueva sustitución. Firman el Acta el 29/5/1819: Antonio Moyano, Manuel Silva, Juan Agustín Videla, Juan de Videla, José Valeriano Godoy, Ignacio Lima y Florencio Gil. (X,EI,C747,D125)
En la escribanía de José Manuel Pacheco el 7/12/1820, se presenta Francisco Coria en su nombre y el de sus herederos, y le vende a Antonio Pereyra en 742 $, un sitio sin edificio contiguo a la
Alameda, distante de la plaza Principal (Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) cinco y media cuadras; cuyo frente tiene 26,5 varas y linda con la
Alameda, por el Este iguales varas y linda con Isabel Coria, por el Norte tiene 47 varas y linda con Cayetano Lemos, y por el Sur con iguales varas y linda con el vendedor. (X,EI,P180,109)
En la Ciudad de Mendoza a 16/12/1822, comparece Antonio Montt ante el escribano Juan Ventura Morón y dice: que habiendo sabido en estos meses pasados que el Ilustre Cabildo se hallaba transando de proporcionarle al público una talcual comodidad para los que necesiten de los
baños termales que tiene el pueblo en la Boca del Río y terrenos propios del compareciente a distancia de 14 leguas de distancia de la plaza principal (Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) para el Sur; como interesado también el compareciente del beneficio público, le ofreció donar 12 cuadras de dichas tierras con estas condiciones:
1º) Que dicho número de cuadras deberá entenderse y tomarse en propia posesión por el pueblo inmediato a los referidos baños con su frente al Norte, sobre la Barranca del mismo río en proporción de quedar cuadrado si la cotización lo permite.
2º) Que no podrá enajenarse de ningún modo a favor de ninguna persona, pues llegado este caso podrá rehacerse su dueño llamando para si la propiedad y posesión de que se desprende el compareciente por sólo beneficiar al público.
3º) Que por ningún motivo o pretexto se podrá mantener en dicho terreno por la persona a quien se encargue su adelantamiento y cuidado arriba de 50 cabezas de ganado vacuno, 70 del lanar, y algunos caballos, cosa que la mayor abundancia de animales, no le perjudique al compareciente para la Hacienda que trata mantener en este mismo campo; a no ser que el terreno donado se mantenga bajo de cercado de pared que así no la perjudicará en ningún modo.
4º) Que al donante ni sus sucesores, ni poseedores del resto de estos terrenos en cuanto alcanza su derecho, no se le podrá prohibir de ningún modo en que del mismo río saque la agua necesaria al riego del sobrante de sus tierras, por el punto o lugar que mejor proporción encuentre al logro de sus aspiraciones.
La Ilustre Corporación (Cabildo) bajo las expuestas condiciones, otorga que llevado del deseo de ver que el
vecino gozará con más comodidad del beneficio que proporcionan o prometen dichos baños, con la construcción de edificios y otros reparos que son consiguientes a la mejor policía, y por otra parte del reconocimiento en que se halla por la promesa que la tiene hecha la Ilustre Municipalidad, de concederle libertad de poder costear el agua necesaria sin gravámen para el vecindario. La donación es certificada por el escribano Juan Ventura Morón. (X,EI,P185,28)
El 4/6/1972 bajo el título "Hoteleros no cobrarán a sus clientes el día que no aparezca el sol", se celebraba un convenio entre la Dirección Provincial de Turismo y la Asociación de Hoteles, Bares, Confiterías y Afines de Mendoza, disponiendo que aquellas personas que permanezcan alojadas en hoteles mendocinos por plazos mayores, recibirán como bonificación el decimotercero de esos días y no lo pagarán (6,8). A su vez el 16/6/1972, San Rafael adhería a la iniciativa, por el que se acuerda no cobrar el alojamiento a los turistas en los días en que no salga el sol (6,11).
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
6) Diario Los Andes (2013): Patrimonio Natural y Cultural de Mendoza.
7) Archivo de la Legislatura de la Provincia de Mendoza: Expedientes de Leyes.
8) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).
W1)
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
W2)
Comité Argentino de la UICN.
W3)
Parque Uspallata Polvaredas.
W4)
Reserva Natural Villavicencio.