La conservación de Areas Naturales involucra a todo el conjunto de sus ambientes y recursos, particularmente flora y fauna silvestre, rasgos fisiográficos, bellezas escénicas; reservorios culturales, históricos y arqueológicos; propendiendo a perpetuarlos sin detrimento y estableciendo un uso que respete su integridad. El 26/8/1993 la Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan la
Ley 6.045; con el objeto de establecer las normas que regirán las Areas Naturales y sus Ambientes Silvestres. Según el Artículo 20 se tipifican las siguientes categorías, basadas en la clasificación realizada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y el Comité Argentino (W1 y W2):
A) Reserva Científica o Reserva Natural Estricta.
B) Parque Nacional o Provincial.
C) Monumento Natural.
D) Reserva Natural Manejada o Santuario de Flora y Fauna.
E) Reserva de Paisaje Protegido.
F) Reserva de Recursos.
G) Reserva Natural Cultural.
H) Reserva de Uso Múltiple.
I) Reserva de Biósfera.
J) Sitio de Patrimonio Mundial Natural.
K) Vías Panorámicas.
L) Reservas Hídricas Naturales.
M) Reservas Recreativas Naturales.
Parque Provincial Aconcagua
Fue creado el 28/4/1983 por Ley Provincial 4.807; tiene como objetivos, la protección de características naturales, preservación de especies y diversidad genética; cuidando los recursos culturales, fauna, flora, paisaje y material arqueológico, siendo visitado anualmente por personas de todo el mundo. Dentro de sus límites se encuentra el cerro Aconcagua, el más alto de América, con 6.962 metros sobre el nivel del mar. El Parque tiene una superficie total de 70.000 hectáreas y abarca una zona de 32 km2 de glaciares, entre los que se encuentran los Ventisqueros Güssfelot, Horcones Inferior y Glaciar de los Polacos. El Parque es una zona de pastizales abiertos con especies como el huecú y coirones; y, la fauna está compuesta por zorros, guanacos, pumas, lagartos, halcones y el cóndor andino. (6)
Ubicación: Las Heras.
Parque Provincial Volcán Tupungato
Fue creado el 20/8/1985 por Ley Provincial 5.026, en la administración del gobierno de Santiago Felipe Llaver. La finalidad de su creación es la preservación total de la fauna, flora, paisaje y material arqueológico existente en sus límites. El nombre Tupungato deriva del quechua y significa "tierra que verdea". Sus límites son, al oeste, con la Cordillera del Límite y al este con la Cordillera Frontal. Tiene una superficie total de 110.000 hectáreas y en él se encuentra el volcán Tupungato, el más alto de Los Andes en su tipo con 6.820 msnm; además de glaciares como reservorios de agua dulce. Por Ley Provincial 6116/94 sus límites fueron modificados y se amplió a 200.000 hectáreas. Lo recorren 2 ríos: Tunuyán, Tupungato, Tunas y Anchayuyo. Entre los animales más característicos es posible encontrar guanacos, zorros, ratones de montaña y algunos reptiles. La vegetación predominante es la jarilla, algarrobo dulce, las yaretas. Las temperaturas pueden alcanzar los -30º en invierno y 20º en verano. (6)
Ubicación: Tupungato y Luján de Cuyo.
Parque Provincial Cordón del Plata
Fue declarado Area Natural Protegida por Ley Provincial 8.308 del 1 de Junio de 2011, y tiene una superficie aproximada de 175.500 hectáreas. Pertenece al cordón montañoso de la Cordillera Frontal y el cerro El Plata de 6.100 msnm su cumbre más alta. El Cordón del Plata es el sistema montañoso más elevado de la provincia y por su importante caudal de agua es considerado una de las reservas acuíferas más importantes de Mendoza, con una formación de 4,75 km2 de hielos y casi 8.000 glaciares. En cuanto a la reserva de fauna en la zona, es posible encontrar: águila mora, cóndor, zorro colorado y gris, guanaco y puma. (6)
Ubicación: Luján de Cuyo y Tupungato.
Reserva Natural Divisadero Largo
Creada por Ley Provincial 4902/83 del año 1983; tiene una superficie de 492 hectáreas y está ubicada a 8 km de la Ciudad de Mendoza. La Reserva limita al noroeste con el río Aguas del Medio y al sureste con el río Papagallos. Su característica más sobresaliente son sus formaciones topográficas de llamativos colores; además, se puede encontrar una abundante flora: coirán y chirriadora. También, cuenta con una importante fauna autóctona: murciélagos, comadrejas, zorzal, calandria, chingala, águilas, gavilanes y halcones. Su nombre deriva del Cerro Divisadero de 1.200 msnm, ubicado en la región. Se accede a la Reserva a través de la ruta 99 por Papagallos. Se ha conformado un circuito turístico importante con actividades de trekking y avistaje de aves. (6)
Ubicación: Ciudad de Mendoza.
Area Natural Protegida Bosque Telteca
Es creada el 26/11/1985 por Ley 5.061, en la administración del gobierno de José Octavio Bordón. Como antes la conservación de los lugares no incluía a las personas, se crea un área de Desarrollo Municipal mediante Ley 6.473, donde las personas que en ese momento vivían dentro de los límites del Area Natural Protegida pudieran instalarse en esa zona. Esto nunca sucedió por lo que en el año 1998 se firmó un Acta Acuerdo donde se garantizaba la ocupación del lugar por los pobladores. Ya en el año 2005, se deroga la Ley 6.473 y se promulga la Ley 7.447 el 2/11/2005, la que, amplió según su Artículo 4º a 18.107 has y 3.090,42 m2, las ya existentes 20.400 hectáreas de la Area Natural. Está ubicada en el paraje El Pichón en la zona de la Travesía de Guanacache. El nombre Telteca proviene de la lengua huarpe y significa "fruto maduro". El clima en la zona es desértico con temperaturas que varían desde los -10º en invierno hasta los 40º en verano. Está conformada por una gran cantidad de bosques nativos de algarrobo dulce que llegan a medir algunos hasta los 15 mts de altura; como así también, retamo, algarrobo de guanaco, parrón, jarilla, tuna, cortadora, junquillo, tomillo y chañar. Sumado a una diversidad importante de fauna como zorros, vizcachas y jabalíes.
Ubicación: Lavalle.
Reserva Natural Manzano Histórico
Creada el 28/4/1994 por Ley Provincial 6.128, en la administración del gobierno de Rodolfo Federico Gabrielli; fue declarada Area de Reserva Paisajística Natural y Cultural Protegida. Tiene una superficie total de 1.000 hectáreas. La vegetación está compuesta por pastizales abiertos, leña amarilla y matas. Respecto de la fauna es posible encontrar es cóndor, aguila mora, zorro, guanaco y liebre europea. Es muy visitada durante todo el año; especialmente, todos los 17 de agosto fecha en que se conmemora la muerte del General José de San Martín, su más ilustre visitante. Además, cuenta con 2 museos: uno arqueológico y el otro sanmartiniano. (6)
Ubicación: Tunuyán.
Area Natural Protegida Manzano Portillo de Piuquenes
Es creada el 15/2/2012 por Ley 8.400 de la Legislatura de Mendoza y publicada en el Boletín Oficial el 17/4/2012, con excepciones para el Area Natural planteadas en la Ley 8.474 del 2/10/2012, publicada en el Boletín Oficial el 12/11/2012, en las que se contempla la construcción del Dique Los Blancos. El Area Natural, ha sido categorizada y dividida en: 1) Reserva de Uso Múltiple, de acuerdo a lo establecido por el Capítulo IX, artículo 36 de la Ley 6.045, comprendiendo el sector delimitado por las coordenadas que en el Anexo I de la presente se indican; y 2) Reserva Recreativa Natural, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XIV artículos 42 y 43 de la Ley 6.045 comprendiendo el sector restante, conforme Anexo II de la presente. El Area Natural tiene por objetivos: a) Conservar los recursos hídricos, flora, fauna, gea, paisaje y material arqueológico, existentes dentro de la misma; b) Preservar las fuentes de agua que irrigan el oasis productivo del Valle de Uco; c) Potenciar los atractivos turísticos de los Departamento de Tunuyán, San Carlos y Tupungato, en lo que refiere a su zona de montaña; d) Preservar todo lo referente al patrimonio cultural existente en la zona.
Tiene una superficie aproximada de 314.600 hectáreas. La vegetación está compuesta por pastizales abiertos, leña amarilla y matas. La fauna cuenta con especies como el cóndor, aguila mora, zorro, guanaco y liebre europea. El nombre Piuquén, deriva del Araucano y significa "corazón".
Ubicación: Tunuyán, San Carlos y Tupungato.
Area Natural Protegida Laguna del Diamante
Constituída por la Ley Provincial 6.200 del 27/10/1994 y ampliada por Ley Provincial 7.422 del 7/11/2005. La Reserva según la ley 6.200 tenía una superficie de 17.000 hectáreas y estaba ubicada entre la Cordillera Principal y la Frontal e incluída dentro de las cuencas de los arroyos Rosario, Yaucha y Papagayos, y a la zona comprendida por los Picos Bayos. El Proyecto de Ley 15.075 entra a la Cámara de Diputados el 20/4/1994 y tiene la 1ra sanción el 10/8/1994; a su vez, el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Carlos por Nota 268/94 en su Resolución 1112/94, manifiesta que ve con agrado que la Cámara de Diputados aprobara el Proyecto de Ley, en referencia a declarar la zona como una Reserva Natural; luego, es enviado a la Cámara de Senadores el 25/8/1994 y tiene la 1ra sanción el 27/10/1994. A partir de la ley 7.422 sus límites se ampliaron a 170.000 has y están comprendidos en el siguiente polígono: a) Norte: Línea quebrada que partiendo desde el límite con Chile, en las cabeceras del Río Colorado, pasa por el Cerro Borbarán, el Portezuelo del Viento y los Cerros Colorado, La Paloma, Guanaco, Buitre, Plomo, Guanaqueros, Yaguaneses, Nacimiento de los Indios y Chacay. b) Este: Línea quebrada que partiendo desde el Cerro Chacay, pasa por el Cerro Negro y desde éste en prolongación al Sur hasta dos kilómetros al Sur del Arroyo Papagayos, torciendo hacia el Cerro Agua Negra y pasando por los Cerros de La Banderola y Las Piedras. c) Sur: Línea quebrada que partiendo desde el Cerro Las Piedras, pasa por el Cerro Arroyo El Salto, el punto más elevado del Cordón del Eje y el Portezuelo Cruz de Piedra, en el límite con Chile. d) Oeste: Límite internacional con Chile desde el Portezuelo Cruz de Piedra hasta la cabecera del Río Colorado. (7)
Su rasgo más distintivo son el volcán Maipo de 5.323 msnm de altura y la laguna que tiene una superficie de 15 km2 y se encuentra a una altura 3.250 msnm, con una longitud de 8 km y un ancho de 2 km; tiene un volúmen de 517,2 Hm3, la profundida máxima es de 70 m y la media de 38 m, la longitud de la costa es de 16 km y el área de la cuenca de 220 km2. La temporada de visitas es de noviembre a marzo. Con respecto a la flora es posible encontrar especies como: cuerno de cabra, leña amarilla, yareta y huecú. Las especies animales más vistas son las manadas de guanacos, águilas, ratones de montaña y zorros colorados. (6)
Ubicación: San Carlos.
Reserva Natural Caverna de las Brujas
Fue creada por la Ley 5.544 del año 1990. Tiene una superficie de 500 hectáreas y se encuentra a 6 km de la localidad de Bardas Blancas, es una zona de gran atractivo para el turismo. Una de sus atracciones más importantes y llamativas, es una caverna ubicada en el cerro Moncol a 1900 msnm, que tiene una longitud aproximada de 400 mts y que le da el nombre a la Reserva. La misma, fue habitada hace 8.000 años por grupos de aborígenes de la zona. Respecto de la fauna es posible encontrar ratones de campo, murciélagos y arañas, además de mamíferos y gran cantidad de aves. La caverna está dividida en salas: de la Virgen, de las Columnas, de las Flores, de los Derrumbes, la Estalagmita Gigante, Boca de Tiburón y Paso de la Monja. (6)
Ubicación: Malargüe.
Reserva Natural Laguna de Llancanelo
Creada por Decreto Provincial 9/80 del 7/1/1980 a la que se le asignaron 40.000 hectáreas; luego, el 27/11/2007 la Legislatura Provincial promulgó la Ley 7.824 y la llevó a una superficie de 88.000 hectáreas, ampliando los límites del Area Protegida Humedal Llancanelo. La Reserva Natural se encuentra ubicada a 1.300 msnm al sur de la Depresión de los Huarpes. Es el humedal más importante con que cuenta la provincia y fue incluida en la Lista Ramsar de Humedales de Importancia Internacional el 8/11/1995. En ella coexisten flora y fauna autóctona de la zona y en donde se pueden encontrar una gran cantidad de aves migratorias. Su nombre deriva de dos vocablos indígenas "yanca" y "nello"; la primera, hace referencia a la piedra de cuarzo que servían para construir puntas de flechas y, la segunda, significa verde azulado. En la laguna coexisten una de las poblaciones de flamencos más importantes del mundo; también, es posible encontrar: cisne de cuello negro y el cisne coscoroba. Las especies vegetales más relevantes tenemos: vinagrilla, jume y vidriera. (6)
Ubicación: Malargüe.
Reserva Natural Las Salinas
Creada el 27/12/2001 por Ley Provincial 6.965, en la administración del gobierno de Roberto Iglesias. Bañada por las aguas del río Atuel y la ubicación de la reserva, está determinada por la Laguna Las Salinas, situada al noroeste del embalse El Nihuil. El área afectada a la reserva incluye la cota máxima de la laguna propiamente dicha, más una lonja perimetral de 200 metros, lo que configura una superficie aproximada de 3.500 hectáreas. El límite sudeste de la misma queda determinado por la angostura de la laguna, límite con el embalse El Nihuil, en el lugar conocido como Piedras Negras.
En la laguna habitan una gran concentración de percas; también, cuenta con 14.000 ejemplares de especies animales: patos, gallaretas, garzas, taguas y chorios. Y en la zona contigua a la laguna es posible observar: liebre de castilla y zorro gris. Su rasgo más distintivo son las grandes concentraciones de flamencos. Los fines por los que fue creada la reserva son: la conservación del sistema hídrico integral del que depende el humedal; la conservación de las especies silvestres ictícolas y de la variada avifauna migratoria y estable del lugar; el desarrollo de actividades y usos colaterales de la comunidad local que no sean perjudiciales para las especies destinatarias de la protección y para el ambiente en general; el fomento de actividades de educación ambiental que tiendan a superar las pautas culturales que hacen al mal uso de los recursos naturales de la región; y, la promoción de la participación de la comunidad local en la concreción y seguimiento de los puntos enunciados. (6)
Ubicación: San Rafael.
Reserva Natural La Payunia
El PayénCreada por Decreto Provincial Nº 3917/82 del 11/4/1982 con 192.000 hectáreas.
La PayuniaEl 10/11/2010 es creada el Area Natural Protegida por Ley Provincial 8.224, la que cuenta con una superficie de 450.000 hectáreas.
Es una zona con una alta concentración de volcanes, siendo el más destacado el Payún Matrú; rodeado por otros 800 que se elevan en la zona. Su aspecto lunar y la aridez de su suelo, se producen por la falta de agua y a la escasas precipitaciones de la región. Cuenta con una gran variedad de animales autóctonos como: cóndor, zorro grise, guanacos y vizcachas. Y respecto de la flora se pueden visualizar matorrales y pastizales en las zonas arenosas. (6)
Ubicación: Malargüe.
Reserva de Biósfera de Ñacuñan
Creada por Ley Provincial Nº 2821/61 del 19/6/1961, tiene una superficie total de 12.880 hectáreas. Su nombre se dice deriva de la lengua mapuche "aguilucho perdido" o del último cacique de Malargüe. Está conformada por 3 tipos de suelos; llanura suavemente ondulada, depresiones y médanos (Médano Negro: de 6 km de largo por 1.5 km de ancho) el cuál, no registra modificaciones importantes desde su primera medición en 1903. El paisaje está dominado por la planicie Travesía del Tunuyán; que limita al oeste con las Huayquerías; al norte y sur, con los ríos Tunuyán y Diamante; y al este, con el río Desaguadero. La jarilla y el algarrobo, son la vegetación predominante del lugar. Y la fauna está conformada por: gallito copetón, monterita de collar, pájaro carpintero, zorro gris, hurones, zorrinos, gato montés y vizcachas. Fue incorporada en 1986 a la red mundial de reservas de la biósfera por la UNESCO. (6)
Ubicación: Santa Rosa.
Reserva Privada Villavicencio
Fue declarada Reserva Natural por la Dirección de Recursos Naturales en setiembre de 2000 mediante la Resolución 1.065. Tiene una superficie total de 72.000 hectáreas y las tierra pertenecieron a Joseph Villavicencio compradas en 1704. Está ubicada a unos 50 km al noroeste de la Ciudad de Mendoza. El cerro Blanco es su punto más elevado con 3.200 msnm. Entre los lugares más atractivos tenemos: la Quebrada de Canota, la Pampa de Canota y la Pampa de los Paramillos. En ella se pueden encontrar aguas surgentes naturales y mineralizadas ideal para el consumo humano. La vegetación predominante es: la jarilla, el retamo, chañar de crea, algarrobo dulce y el aguaribay. Con respecto a la fauna es posible encontrar: águila mora, ñandú, cóndor, zorro gris y colorado, lagarto y serpiente yarará. (W4)
Ubicación: Las Heras.
Reserva Natural Castillos de Pincheira
Fue declarada Reserva Natural el 22/6/1999 por Ley Provincial 6.691 y se encuentra a 27 km de la Ciudad de Malargüe. Tiene una superficie total de 650 hectáreas; en donde se encontrará con el río Malargüe en la margen derecha y una estructura rocosa tallada por acciones climáticas con forma de castillo, restos arqueológicos de los nativos aborígenes que habitaron esa zona y con la posibilidad de prácticar turismo aventura. Los Castillos se encuentran en las vertientes el cerro Algodón de 2.163 msnm. (6) El paraje debe su nombre al clan de los Hermanos Pincheira (Santos, Pablo, Antonio, José Antonio, Rosario, Teresa y Joaquín) conocidos por ser asaltantes y cuatreros en zonas de Chile y Argentina, entre 1817 a 1832. En una carta que le envía Salvador Iglesias a José de San Martín el 30/4/1825, le comenta que ha llegado a Mendoza un parte oficial el 2/5 del Gobierno de Chile en el que anuncia que de 4 a 5 mil, entre indios araucanos y algunos españoles con Pincheira, han pasado por el Planchón para estos lados. (8,T19,165)
Ubicación: Malargüe.
Reserva Arqueológica de Barrancas Maipú
La Reserva está ubicada al noreste de la zona comprendida por Cerrillada de Lunlunta-Barrancas-La Ventana. La variación de su temperatura está entre los -9º y los 42º. La parte de Barrancas es escasa en su vegetación y es posible encontrar: jarilla, algarrobo dulce, retamos, zampas, alpataco. En cuanto a la fauna coexisten en el lugar: iguanas, lagartijas y víboras. (6)
Ubicación: Maipú.
Reserva Laguna de Guanacache
Están ubicadas en el noroeste de la provincia y abarca una área aproximada de 580.000 hectáreas. El nombre deriva del término Huanacache que significa " hombre que admira el agua que baja ". Fue el lugar elegido por los conquistadores españoles del siglo XVI y XVII, para la extracción de madera, peces y sal. En 1999 este sitio pasó a integrar el sistema Ramsar con el objetivo de lograr su recuperación. En la actualidad Guanacache se asemeja más a un desierto que alcanza una extensión de más de 200 km2 y cubre un área potencial de 10 km2. En algún tiempo, estuvo conformada por 25 lagunas intercomunicadas entre sí y rodeadas de tierras fértiles. Estas estaban divididas en dos grandes complejos: al oeste la Laguna del Rosario de 55 km de largo y 6 mts de profundidad; y al este, sobre el río Desaguadero otro complejo mayor al anterior. La fauna del lugar está compuesta por: totora, jarilla, chilchas, zampas, atamisques, y alpatacos. Respecto de la fauna es posible encontrar: piches, peludos, gato montés, zorros y pumas. (6)
Ubicación: Lavalle y La Paz.
Reserva Laguna del Trapal
Ha sido declarada Reserva Municipal mediante la Ordenanza 1994/94 de la Municipalidad de General Alvear. Las 143,2 hectáreas de esta área protegida constituyen una interesante muestra de la vegetación de los bañados del Atuel, así como del impacto producido por la actividad humana en la misma, principalmente por tala y quemas periódicas. La reserva se ubica en la extensa llanura arenosa al este de Mendoza, que desde el río Diamante al sur se denomina Pampa de La Varita. El agua de la laguna concentra una gran cantidad de yeso, sulfato de magnesio y cloruro de sodio. Tiene una profundidad de 2 o 3 mts y 45 hectáreas corresponden a la laguna. Las precipitaciones anuales en el lugar son de 300 mm. Una característica distintiva de su flora, son los bosques de Taray, que llegan a medir 6 mts de altura y 30 cm de diámetro. También, conforma su vegetación los bosques de chañar y algarrobo. (6)
Ubicación: General Alvear.
Reserva Sierra Pintada
Se encuentra a 25 km de la Ciudad de San Rafael. En la zona convive el jabalí, el guanaco, la llama, el ciervo colorado y el búfalo de la india, alimentados por los grandes y nutritivos pastizales de la zona. Cuenta con una superficie total de 5.000 hectáreas con 60 km de alambrados que la rodean. Fue declarada reserva por Ley Provincial 6.045 en enero de 2002. (6)
Ubicación: San Rafael.
Monumento Natural Puente del Inca
Fue creada por Ley Provincial 7.465 del 7/12/2005 como Area Protegida. Ubicado sobre el río Cuevas, es un puente natural de 48 mts de largo por 28 mts de ancho, 8 mts de espesor y 27 mts sobre el río; formado por la erosión del río. El puente se encuentra a 2.700 msnm. Además cuenta con aguas termales con temperaturas que oscilan los 35º. Las fauna se conforma con: escorpiones, ratón andino, pato del torrente. Con respecto a la vegetación es posible encontrar: leña amarilla, huecú, yareta y bolsico. (6) Los límites del Area Protegida son: desde la intersección de las vías del Ferrocarril Trasandino con la antigua traza de la Ruta Nacional Nº 7, con rumbo Este, y por la banquina Sur de esta ruta hasta la proyección del límite Este del Cuadro Estación del Ferrocarril Trasandino; desde este punto y con rumbo Sur hasta la divisoria de aguas del Cordón Banderita Sur; por esta divisoria de aguas y con rumbo Este, hasta el meridiano que pasa por el eje del puente del Ferrocarril Trasandino sobre el Río Horcones; desde este punto y con rumbo Este, siguiendo las vías del mencionado ferrocarril hasta el punto de partida en el cruce ferroviario con la antigua traza de la Ruta Nacional Nº 7.
Ubicación: Las Heras.
Bosques Petrificados Araucarias de Darwin
Fue descubierta por Charles Darwin en el siglo XIX y están ubicadas en la zona de Agua de las Zorras en Uspallata. Darwin encontró en el lugar un bosque con 52 troncos petrificados de araucarias de aproximadamente 230 millones de antigüedad y de una altura promedio al metro. (6)
Ubicación: Las Heras.
Petroglifos de Bajo Canota
Los petroglifos fueron descubiertos en el siglo XIX por el científico argentino Francisco Moreno y se encuentra en la zona de la Reserva Privada de Villavicencio, muy cerca al Monumento de Canota. (6)
Ubicación: Las Heras.
Petroglifos del Cerro Tunduqueral
El cerro Tunduqueral tiene una altura de 2.061 msnm y está ubicado a 7 km dela Villa de Uspallata. El nombre del cerro deriva de la palabra "tunduque" que hace referencia a un roedor de la zona. Fue declarado Patrimonio Cultural según el decreto 1.356 del 12/6/1989; que posteriormente quedó enmarcado en los preceptos de la Ley Provincial 6.034 del 10/3/1993, su modificatoria Ley Provincial 6.133 y su reglamentación, mediante Decreto Provincial 1.882/2009. La Ley 6.034 fue modificada en su Artículo 15 por la Ley Provincial 6.914 del 24/7/2001. Los petroglifos son figuras dibujadas sobre rocas que, para las antiguas civilizaciones contenían un mensaje místico que solo ellos podían descifrar, realizados por aborígenes unos 600 años AC. (6)
Ubicación: Las Heras.
Pozo de las Ánimas
Está conformada por dos lagunas o pozos; la primera, de 300 mts de diámetro al nivel del suelo y su espejo de agua de 190 mts de diámetro; el segundo, el espejo de agua tiene un diámetro de 175 mts. La formación geológica que dió origen a ambos pozos es algo que se conoce con el nombre de " dolina " y que corresponde al fenómeno de la erosión kárstica. (6)
Ubicación: Malargüe.
Gruta del Indio
La Gruta del Indio está ubicada en el Rincón del Atuel a 34º45' de latitud sur y 68º22' de longitud oeste, departamento San Rafael. Es un alero de 6 mts de alto por 11 mts de ancho y 5 m de profundidad, orientado en dirección Este-Oeste y constituye un abrigo natural producido por erosión fluvial en la base de una colada basáltica procedente del cerro Negro del Escorial. (6)
Ubicación: San Rafael.
Patrimonio de la Humanidad Camino del Inca
El Qhapaq Ñan, es el sistema vial andino que atraviesa siete provincias argentinas (Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan y Mendoza) y seis países de la región (Perú, Ecuador, Colombia, Bolivia, Chile y Argentina). Fue declarado Patrimonio de la Humanidad el 21/6/2014 por la UNESCO. Este camino fue la columna vertebral del poder político y económico del Tawantinsuyo, el Estado Inca y se constituyó como una red de caminos de alrededor de 30.000 kilómetros de largo que conectaba centros de producción administrativos y ceremoniales, cubriendo una extensa área geográfica. Esta red caminera que atraviesa la cordillera de los Andes fue utilizada para el traslado de pueblos, de ejércitos de más de 40.000 personas así como el tránsito de caravanas de llamas para el transporte de mercancías y materias primas.
Ubicación: Las Heras.
Reserva Hídrica Natural Laguna del Atuel
Fue creada por el Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza por Ley Provincial 8.516 del 5/12/2012 y publicada en el Boletín Oficial el 6/2/2013. En la referida ley se declara a la Laguna como Reserva de Recursos y Reserva Hídrica Natural, incluyendo las vertientes y lagunas menores que integran el referido ecosistema. En su Artículo 3º, se deberán mantener las condiciones preexistentes hasta tanto se realicen los estudios y planes sobre las formas de aprovechamiento sustentable a promover, respetando los permisos y derechos adquiridos mediante la aplicación de la Ley Provincial N° 6.459 (Arts. 2 y 3), Ley Provincial N° 6.086, Ley Provincial N° 4.711 y Ley Nacional N° 21.900 y su complementaria Ley Provincial N° 4.626. La laguna del Atuel está conformada por gélidas aguas que provienen de diversos arroyos que nacen en glaciares vecinos depositados en imponentes montañas de unos 5.000 metros de altura. A través de un canal se produce el desborde del líquido desde la laguna dando lugar a una caída de gran potencia donde se origina el río Atuel.
Ubicación: El Sosneado, San Rafael.
Area Ambiental Urbano Protegida Parque General San Martín
Fue creada por el Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza por Ley Provincial 6.394 del 17/4/1996 y publicada en el Boletín Oficial el 14/6/1996; y por la que se declara al Parque en toda su extensión como Area Ambiental Urbano Protegida, quedándo comprendida toda la superficie que en la actualidad posee como así también la que en el futuro se le asigne. El mismo, es controlado por la Administración de Parques y Zoologico, que adquiere el régimen legal de una persona jurídica autárquica de derecho público, a partir de su creación por Ley Provincial 6.006 del 14/4/1993 y publicada en el Boletín Oficial el 28/4/1994; con el objetivo de: lograr una correcta gestión, administración y planificación ambiental; preservar las especies de fauna y flora existentes; conservar y mejorar la infraestructura (caminos, alumbrado, paseos), a fin de brindar un apropiado ámbito de recreación; defender y conservar el patrimonio cultural existentes; y realizar obras que coadyuven al mejoramiento de esta unidad ecológica. A partir de la Ley Provincial 7.177 del 10/12/2003 y publicada en el Boletín Oficial el 15/12/2003, en su Artículo 5º, modifica el Artículo 2º de la Ley 6.006 y por el que será autoridad de aplicación de la presente ley la Administración de Parques y Zoológico, su relación funcional con el Poder Ejecutivo Provincial se mantendrá a través del Ministerio de Turismo y Cultura.
Ubicación: Ciudad de Mendoza.
Area Natural Protegida Uspallata - Polvaredas (Proyecto en proceso)
El proyecto de creación del Área Natural Protegida Uspallata - Polvaredas consiste en la implementación de un área natural protegida ubicada en la Provincia de Mendoza, República Argentina, para conservar el ambiente natural singular del faldeo occidental de la Cordillera del Tigre y el Valle de Uspallata, donde conviven tres ecorregiones: el monte, la puna o cardonal y los altos andes, con amplias áreas de ecotono, donde existe una gran biodiversidad y una alta tasa de endemismos, a pesar de tratarse de una región árida; y el patrimonio cultural existente que abarca vestigios de los primitivos pobladores americanos, pasando por los huarpes, la ocupación incaica, la conquista y colonización, la epopeya sanmartiniana, el apogeo y decadencia del ferrocarril, entre otros hitos. Toda esta riqueza natural y cultural debe ser protegida, no sólo por sus características únicas que constituyen un valor universal de conservación, sino también para beneficio y goce de la población, para proteger las fuentes de agua que abastecen al Valle de Uspallata y al Gran Mendoza, y principalmente para brindar una herramienta que garantice el crecimiento económico local basado en una experiencia de vida armónica entre el hombre y la naturaleza. El proyecto de ley del Área Natural Protegida Uspallata - Polvaredas lleva 20 años de tramitación, desde que fuera formulado por primera vez, actualmente se está tramitando en el expediente N° 65858/2014, tomando nuevamente estado parlamentario el 26/02/2014, bajo la denominación "Área Natural Protegida Uspallata - Polvaredas" con el acompañamiento de los pobladores de Uspallata, considerando que también es necesaria la validación social de este tipo de iniciativas. Quienes deseen apoyar el proyecto deben remitir nota a la Legislatura de Mendoza haciendo referencia al Nº de expediente y explicando los motivos por los que se crea necesario la consecución del mismo. (W3)
Área Natural Protegida Municipal Humedal Laguna de Soria
El Concejo Deliberante de Lavalle aprueba el 2/9/2020 el proyecto de Ordenanza para declarar Área Natural Protegida Municipal al "Humedal Laguna de Soria", uno de los últimos espejos de agua del departamento. Entre los objetivos del proyecto se menciona: preservar las condiciones ambientales; sostener los procesos ecológicos y culturales de los humedales; conservar el paisaje del humedal, garantizando las funciones ecológicas, hidrológicas y micro-climáticas que lo sustenta; conservar la memoria genética de la biodiversidad del lugar. Así también, se resalta la importancia de mantener el carácter público del espacio de la reserva; brindar oportunidades para la educación, capacitación, recreación y turismo; fomentando la investigación ambiental. Fuente y Foto: Municipalidad de Lavalle.
Área Natural Casuchas del Rey
Fueron declaradas Monumento Histórico Nacional en el año 1973 por Decreto 1299. Son construcciones que datan del siglo 18 que sirvieron como postas del Correo Real y refugio para viajeros. Son tres y están ubicadas en en las inmediaciones de Punta de Vacas, otra cerca de la Curva de la Soberanía (Ruta 7) y la tercera en Villa Las Cuevas en Luján de Cuyo y Las Heras.
Parque Provincial Observación del Espacio
El Parque tiene una superficie de 40.200 hectáreas y está ubicado en Malargüe.
Monumentos Históricos
Templo de San Francisco: Decreto 528 del 30/6/1928. Necochea y España, Ciudad de Mendoza.
Ruinas del Templo de San Francisco: Decreto 107.512 del 06/12/1941. Ituzaingo y Beltrán, Ciudad de Mendoza.
Capilla de Plumerillo: Decreto 107.512 del 06/12/1941. Capilla de los Segura s/n, Las Heras.
Ruinas del Fuerte de San Rafael del Diamante: Decreto 137.846 del 10/12/1942. Villa 25 de Mayo, San Rafael.
Bóvedas de San Martín: Decreto 30.835 del 10/12/1945. Uspallata, Las Heras.
Fortín y Molino de Malargüe: Decreto 8.807 del 29/8/1962. Arroyo Lancoche, Ruta 40, Malargüe.
Casa de Francisco Civit: Decreto 2.282 del 12/11/1970. Montevideo 544, Ciudad de Mendoza.
Capilla Nuestra Señora del Rosario de Las Barrancas: Decreto 9.051 del 21/12/1972. Capilla y Simonovich, Maipú.
Casas del Rey: Decreto 1.299 de 16/2/1973. Villa de las Cuevas, Las Heras.
Iglesia de la Virgen de la Carrodilla: Decreto 368 del 18/2/1975. La Carrodilla, Godoy Cruz.
Capilla del Rosario de las Lagunas: Decreto 368 del 18/2/1975. Lavalle.
Capilla/Oratorio de Alto Salvador: Resolución SC 1953 del 24/11/1986. San Martín.
Colegio Nacional Agustín Alvarez: Decreto 325 del 09/3/1989. Chile y Sarmiento, Ciudad de Mendoza.
Toma de los Españoles: Decreto 325 del 09/3/1989. Las Compuertas, Luján de Cuyo.
Casona de Don Juan de la Cruz Videla: Decreto 655 del 29/4/1994. Videla Aranda s/n, Tres Esquinas, Maipú.
Restos que circundan las Bóvedas de Uspallata: Decreto 437 del 16/5/1997. Uspallata, Las Heras.
Chalets Giol y Gargantini: Ley 25.002 del 01/7/1998. Dionisio Herrero s/n y Ozamis 781, Maipú.
Estancia de los Molina, Casa de las Bóvedas: Decreto 783 del 07/7/1998. Videla Aranda s/n, Tres Esquinas, Maipú.
Bodegas y Viñedos Arizu: Decreto 339 del 13/4/1999. Don Balbino s/n, Villa Atuel, San Rafael.
Bodegas y Viñedos Arizu: Decreto 339 del 13/4/1999. San Martín y Minuzi, Godoy Cruz.
Casas Patronal Giol y Gargantini: Decreto 339 del 13/4/1999. Maipú.
Bodegas y Viñedos Panquehua, Hacienda de los Potreros: Decreto 339 del 13/4/1999. Virgen de Luján s/n, Panquehua, Las Heras.
Cristo Redentor de Los Andes: Ley 25.878 del 14/4/2004. Las Heras.
Hotel Termas de Villavicencio: Decreto 784 del 24/6/2013. Ruta 52 km 51, Las Heras.
Balneario Playas Serranas: Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 624 del 8/8/2017 y como antecedente el Decreto Provincial 1733 del 9/10/1998 por el que fue declarado Patrimonio Cultural Provincial. Museo de Ciencias Naturales y Antropológicas "Juan Cornelio Moyano", Parque General San Martín, Ciudad de Mendoza.
Escuela Daniel Videla Correas: Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 624 del 8/8/2017. Paso de los Andes y Manuel A.Saez, Ciudad de Mendoza.
Escuela Justo José de Urquiza: Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 624 del 8/8/2017. Pescara y Presidente Perón, Maipú.
Edificio Gómez: Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 624 del 8/8/2017. Garibaldi 7, Ciudad de Mendoza.
Monumento Histórico Nacional
Bodega Faraón: Ley Nacional 27.515 del 17/7/2019. Los Compartos, General Alvear.
Bienes Patrimoniales
Arco del Desaguadero: Decreto 2175/2006. Construído en 1936 por los arquitectos Manuel y Arturo Civit. La Paz.
Lugares Históricos
Chacra de San Martín, Chacra de Los Barriales: Decreto 107.512 del 06/12/1941. Godoy Cruz y Pirovano, San Martín.
Solar de San Martín: Decreto 107.512 del 06/12/1941. Remedios de Escalada de San Martín 1843, Ciudad de Mendoza.
Campo de Instrucción del Plumerillo: Ley Nacional 12.665, Decreto 107.512 del 06/12/1941. Independencia y Lisandro Moyano, Las Heras.
Fuerte San Carlos: Decreto 4.592 del 07/2/1951. San Carlos.
Batán de Tejeda: Decreto 5.135 del 14/3/1951. Santa Rosa y Almirante Brown, Las Heras.
Puente sobre el Río Picheuta: Decreto 10.188 del 22/5/1952. Uspallata, Las Heras.
Paso de la Cumbre: Decreto 5.043 del 25/8/1952. Uspallata, Las Heras.
Combate de Potrerillos: Decreto 5.043 del 25/8/1952. Potrerillos, Luján de Cuyo.
Solar del Cabildo de Mendoza: Decreto 1.825 del 20/3/1967. Videla Castillo y Beltrán, Ciudad de Mendoza.
Combate de Rodeo del Medio: Decreto 1.178 del 17/10/1974. Maipú.
Posta de Rodeo del Medio: Decreto 367 del 13/2/1975. Maipú.
Casa Natal de Mercedes San Martín y Escalada: Decreto 368 del 18/2/1975. Corrientes 343, Ciudad de Mendoza.
Batalla (segunda) de Santa Rosa: Decreto 368 del 18/2/1975. Santa Rosa.
Maestranza del Ejército de los Andes: Decreto 368 del 18/2/1975. Ciudad de Mendoza.
Plaza Pedro del Castillo: Decreto 368 del 18/2/1975. Alberdi y Videla Castillo, Ciudad de Mendoza.
Bienes de Interés Históricos
Bodegas y Viñedos Panquehua: Decreto 339 del 13/4/1999. Virgen de Luján s/n, Panquehua, Las Heras.
Teatro Independencia: Decreto 837 del 21/6/2011. Chile 1184, Ciudad de Mendoza.
Capilla de la Asunción de la Virgen del Tránsito: Ley 27.379 del 23/8/2017. La Asunción, Lavalle.
Arboles Históricos
Sauce en el Campo del Plumerillo: Decreto 2.232 del 04/7/1946. Las Heras.
Manzano de Tunuyán: Decreto 368 del 18/2/1975. Tunuyán.
Sepulcros Históricos
Coronel Antonio Luis de Berutti: Decreto 2.236 del 11/7/1946. Iglesia San Francisco, Ciudad de Mendoza.
General Gerónimo Espejo: Decreto 2.236 del 11/7/1946. Liceo Militar General Espejo, Ciudad de Mendoza.
José Vicente Zapata: Decreto 2.236 del 11/7/1946. Cementerio, Ciudad de Mendoza.
Juan Gualberto Godoy: Decreto 2.236 del 11/7/1946. Cementerio, Ciudad de Mendoza.
Tomas Godoy Cruz: Decreto 2.236 del 11/7/1946. Cementerio, Ciudad de Mendoza.
Teniente General Rufino Ortega Capilla del Sufragio: Decreto 3.068 del 03/12/1979. Maipú.
Patrimonio Cultural
Monumento al Ejército de los Andes: Decreto 552 del 13/4/1998. Cerro de la Gloria, Novena Sección, Ciudad de Mendoza.
Patrimonio Arquitectónico
Casa López Frugoni: EX-2022-04074516-GDEMZA-MCYT por Decreto 1623 del 2/8/2023. Paso de los Andes 1084 y Emilio Civit, Quinta Sección, Ciudad de Mendoza.
Sucesos Históricos
Los lugares turísticos mendocinos se remontan a un tiempo pasado que, entre las líneas de algunos documentos históricos, se nos develan, ya sea a partir de hechos o nombrando zonas que conocemos en el presente:
En el año 1604, las autoridades del Cabildo de Mendoza, Juan Luis de Guevara, Juan Francisco de Córdoba, Alvaro de Jelves, Pedro de Rivas y Bartolomé de Rojas, nombran a Diego Pérez Moreno (Regidor y Protector de Aborígenes) para que vaya a las
Lagunas de Guanacache, para que junte todas las yeguas y caballos que haya en la zona y los traiga cargados de pescado y sal, para venderlo a los vecinos de la ciudad. (1,279)
Pedro de Fuentes Pabón se presenta ante las autoridades del Cabildo de Mendoza el 25/2/1645; los alcaldes, Juan Luis de Guevara y Pedro Gomez Pardo; y los regidores, Ramiro de Carvajal y Saravia y Antonio de Gelves y Castañeda; para poner una queja contra el corregidor Luis López Gallardo, debido a que le había quitado dos indios para trabajos en las minas de
Canota. Pabón agrega que le causa un gran perjuicio a él y a la ciudad, que le quiten los indios para ponerlos al servicio de cosas tan dudosa como son las dichas minas, pues a más de 5 años se continua este subsidio sin que de ello resulte provecho para los vecinos y la ciudad. Pabón recomienda que se denuncie el ilicito ante el Procurador General. (2,264)
A raíz de la falta de hombres en Mendoza para tareas de labranza y defensa de la ciudad, en la sesión del Cabildo de Mendoza del 24/9/1650; el alcalde Pedro Gomez Pardo; y los regidores, Alonso de Videla, Juan Ruiz de Villegas, Josepe de Villegas y Lorenzo Sandi Carrasco; ordenan que Sebastián López de Pardo, que había tenido un litigio judicial con Beatriz de Figueroa, y que había perdido su hacienda y pertenencias y se encontraba preso; que fuera dejado en libertad debido a que siempre ha concurrido a las entraderas (ataques aborígenes) en el
Cerro Nevado (volcán Maipo, San Carlos) en defensa de la ciudad; y que ya ha sido bastante el castigo con la pérdida de sus bienes. (2,379)
Las autoridades del Cabildo de Mendoza; los alcaldes, Pedro Gómez Pardo y Pedro Gómez Pardo Parraguéz; y los regidores, Juan de Puebla Reinoso, Juan Ruiz de la Cuesta, Francisco Nuñez de Villoldo, Juan González Pallero y Juan Ruiz de Guevara y Villegas; en la sesión del Ayuntamiento del 15/11/1664, tratan que hace muchos meses se puso el precio del vino a 20 reales la arroba menudeado en las pulperías, y atendiendo a que no haya falta del género (vino) por el bien y utilidad de la República (Mendoza) y
pasajeros (viajeros) y que le tengan para su gasto; ponemos por segunda postura para que se venda el vino menudeado a razón de 4 $ la arroba y dimos voz al capitán Francisco Nuñez de Villoldo, Alguacil Mayor y Fiel Ejecutor, para que haga dicha postura y lo mande vender en las pulperías a razón de dichos 4 $. (3,305)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 17/3/1664, a pedido del capitán Fernando Baez Palacio, se presenta con el título de Capitán de Caballería y que sea recibido en su cargo. Las autoridades del Ayuntamiento, disponen el nombramiento y es puesto al frente del ejército para hacer frente al enemigo puelche y pehuenche, y el descubrimiento de
Paien (¿ Payunia ?). (3,288)
En el Cabildo de Mendoza con fecha 26/5/1667, trataron que el capitán Domingo Sanchez Chaparro, ha venido desde las ciudad de Santiago de Chile para ir a la entrada al Cerro El Payén, y que dice trae ordenes del gobernador Francisco de Meneses Brito para la dicha entrada. Los Capitulares autorizan a Chaparro para que se haga de los insumos y materiales que necesita para realizar la tarea encomendada. Para el 19/9, el alcalde Juan Ruiz de la Cuesta propone al Cabildo ir a la jornada que se hace a tierras del enemigo y al descubrimiento del
Cerro de Payén (¿ Payunia ?), es por ello que solicita una licencia para cumplir con la misión. (3,370)
A raíz de un litigio judicial entre Onofre de Lemos y Domingo Moyano por las tierras de Aguas del Corral (Cacheuta, Luján de Cuyo), a petición de José Quevedo, cuñado de Lemos, con fecha 20/6/1679; le solicita al alcalde Juan Flores Moyano de Aguilar que certifique los títulos de venta que hizo Bartolomé de Villegas y Figueroa a Miguel de Torres Barros Hinojosa, por el potrero llamado
Los Papagallos. (5,T2,707)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 18/10/1681, se propone que ni indio, ni negro, ni español, y de cualquier estado que sea, corte ni mande cortar los
sauces de la acequia del Tajamar, por haberse puesto para reparo de esta ciudad (sombra), bajo pena de 10 $ de multa para los españoles, y a los indios y negros a 50 azotes; y que se fije un auto en la parte más pública de esta ciudad para que todos se anoticien. Firman el acta correspondiente; los alcaldes, Francisco Chirinos de Posadas y Pedro de Trilles; los regidores, Gregorio de Arce Lucero y Alonso de Coria Bohorquez; y el alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo. En noviembre, el sargento mayor Pedro de Videla se presenta con una petición, en la que dice que la acequia del Tajamar se abrió solo para el desagüe de las avenidas que inundan esta ciudad (aluviones) y su reparo, con cargo que ninguna persona saque hijuelas de ella, por el grave perjuicio que de ello se sigue. Y que el alférez Juan Moyano de Aguilar, sin tener suerte de agua por ella (autorización de usarla), ha puesto un
molino en ella, con grave perjuicio de la ciudad y el bien común de sus habitantes y muy en particular mío; pues por quitar el agua de la
acequia de la Ciudad (calle Salta, acequia de Tabalque), e donde la tienen y deben llevar todos para el dicho su molino, se está perdiendo mi viña, que ni para beber la merezco (uso); y los demás interesados, como son el maestre de campo José Pardo, el capitán Francisco Nuñez, Miguel Chacón, Alonso de Videla, Luis Arias de Molina y los reverendos padres de la Compañia de Jesús y otros más, la llevan sangrando del dicho Tajamar (hacen hijuelas); con grave perjuicio de la ciudad y mío. Que por llevarla del dicho Tajamar y no abrir la acequia de la Ciudad, que es por donde se debe llevar, disimulan el que el dicho alférez Aguilar la quite de la dicha acequia de la Ciudad, por donde debe ir. Mediante lo cual se ha de servir Vuestra Señoria de mandar cerrar el dicho Tajamar y que quede sólo para el efecto que se abrió, sin los padrastros de tantas hijuelas, y que se lleve el agua por la acequia de la Ciudad, que es por donde debe ir y tienen todos sus suertes de agua sin perjuicio ninguno, y dejen libre el dicho Tajamar para el efecto que se abrió, pues ni el dicho Aguilar, ni otro alguno tiene suerte de agua por él, sino por la dicha acequia de la Ciudad, y de no mandarlo cerrar, se me dé permiso para que yo también saque mi suerte de agua por él, pues todos así lo hacen. En diciembre, Videla vuelve a presentar otra petición, en la que pide que no se pongan tapones y estacas en la acequia de la Ciudad, y que dejen pasar el agua para sus viñas; además, solicita que el alférez Aguilar no muela en su molino con el agua de la acequia de Tabalque, sino que lo haga con el agua de la acequia del Tajamar. Las autoridades del Cabildo el 18/12, ordenan al alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo, que notifique a todos los implicados que no tapen la
acequia de Tabalque (calle Salta, Ciudad de Mendoza), bajo pena de 50 $ de multa. (4,154-158)
El corregidor Juan de Urdinola emite un bando el 26/6/1692, por cuanto conviene al servicio de su Majestad y al gobierno de esta República (Mendoza), que haya
peso fiel medida igual precio justo en las cosas que se compran y venden en las tiendas de los mercaderes y pulperías, y para el remedio que se requiere en los excesos y fraudes que pudiera haber, mando que desde mañana 27 se dé principio a la visita de dichas tiendas y pulperías llevando para ello
vara de peso y medidas fieles que sirvan de patrón y se reduzca todo a lo que es justo y se tome la razón de las pulperías que pagan los derechos debidos (impuestos) a la Real Hacienda. (X,EC,C3,D7)
El alcalde Gregorio Gómez Pardo, propone a las autoridades del Cabildo de Mendoza el 17/5/1687, que es de suma importancia terminar la capilla del Señor
San Juan (Bautista, calle Maipú e Ituzaingo, Ciudad de Mendoza), y para ello ha de ir a buscar las
maderas suficientes y los umbrales para las puertas y ventanas de dicha capilla. (4,213)
En otro juicio por posesión de tierras entre Juan de Lemos Barroso y Juan Godoy del Castillo, el corregidor Francisco de Larrinaga y Axpe, el 9/9/1698 le da la posesión de las mismas a Castillo, por lo que Barroso dice que es ilegal, ya que, al momento de presentar Castillo pruebas respecto de la posesión, sólo mostró los títulos de una parte de la propiedad y, de la otra parte, sólo dijo que sus tierras alindan con las de Beatriz de Videla, sin presentar título de ellas; y que corren desde la acequia de Tabalque (calle Salta, Ciudad de Mendoza) hasta la acequia de Allaime (calle Tiburcio Benegas, Ciudad de Mendoza) y que pasan hasta
los Papagallos (Cerro de la Gloria y zonas aledañas). (5,T2,397)
En 1704 el maestre de campo Andrés de Toro Mazote, encomendero de los indios del pueblo de Ocolomilqui, en términos de San Luis, dice que el gobernador Marín de Poveda, por estar muy atrasados los indios de su encomienda les agregó los vacos (vacíos) de la encomienda que fue del capitán Bartolomé Maldonado, que andaban vagando por las pampas. El suplicante ha formado una reducción en un lugar muy aparente para labranza, llamado
El Rosario y edificó iglesia decente (Lavalle o La Paz), con los ornamentos necesarios al culto, reducción que sirve de alivio a los
viajeros. (5,T2,546-547)
El 20/3/1723, el alférez Joseph de Herrera otorga un poder al capitán Thomas de Solier, residente en Mendoza y vecino de San Luis, para que se presente en dicha ciudad y pida la división de las tierras que quedaron por muerte de su bisabuelo Fulano Villanueva, por ser hijo de su nieta Tomasina Fernandez de Villanueva; ubicadas en el paraje de
Puyupta. (X,EC,P38,40)
El corregidor José de Frías el 11/4/1727, emite un bando por el que intima a los vecinos a ir a la boca del río para encauzarlo y que el agua ingrese en la acequia de la Ciudad (Canal Zanjón Cacique Guaymallén) y abastecerla; además, dispone que las
pulperías no estén abiertas ni despachen (bebidas) desde las 10 de la noche, bajo pena de 6 $ de multa o 50 azotes; también, que luego de la oración (Avemarías de la tarde) y puesto el sol, no hayan juntas de gente de ningún sexo con guitarras ni otros instrumentos de música que están en estas casas de servicio, como tampoco juegos. (X,EC,C3,D47)
A raíz de un litigio judicial entre Rafael de Trebiño y la familia Videla, la Real Audiencia por real rovisión fechada en Santiago de Chile el 26/4/1728, cometida al Corregidor de Cuyo (José de Frías) ordena que entregue a Trebiño cuatro mil cuadras de tierra en la zona del
Cepillo (Tunuyán o San Carlos), dejándose el resto para los Videla. Dice la Real Provisión: haréis nuevamente la mensura de las dichas tierras y valle de Cepillo y Jaurúa (San Carlos), enterándole al dicho Rafael Trebiño las cuatro mil cuadras que le pertenecen por sus títulos, principiando la mensura y entero de dichas cuatro mil cuadras a orillas del río de Palampoto (río Tunuyán) y de ahí tirando para el sur corriendo la cuerda por el costado del poniente a la falda de la cordillera nevada y enterado el dicho Rafael de las dichas cuatro mil cuadras, en la forma referida, en el resto de las tierras que quedaren, enteraréis al dicho Simón de Videla y demás compartes las cinco mil cuadras de tierra que le pertenecen en conformidad a sus títulos. La Real Audiencia por acuerdo de 5/5/1729, y para prevenir el caso de que el Corregidor pudiera inclinarse en favor de los Videla, nombra al capitán Manuel de Santander y a José González para que practiquen nuevamente las mensuras. Santander y González reciben las notificaciones el 20/9/1729. Para el desempeño de su cometido Santander y González, estando en el valle de Jaurua, a 19/10/1729, hicieron comparecer a un indio, que dijo: que Palampoto es un río grande que sale de la cordillera dividiendo
las tierras de Cepillo con las tierras del Manzano para la parte del norte, y dicho río corre para el oriente y que el
arroyo de Saragüilla (río Yaguaz) sale de la misma cordillera a la parte del sur (del río Tunuyán) y su curso corre como para el norte hasta donde se junta con el dicho río Palampoto, y que las faldas de la cordillera que corren de norte a sur median entre loe dos ríos para la parte de el poniente de las tierras de Cepillos. Interrogado el cacique Ramón Zaparán, respondió en los mismos términos. Concluídas las deliberaciones procedieron a medir a orillas del Palampoto tiramos la línea para el sur corriendo por el costado del poniente a la falda de la cordillera nevada hasta tocar el río de Saragüilla, arreglándonos a los titulos del dicho Rafael y se hallaron de norte a sur 219 cuadras a las cuales corresponde la latitud para el complemento de las cuatro mil 18 cuadras y 40 varas comprendiendo en la medianía de la mensura el
cerrillo del Cepillo. Acabada la mensura en 24/10/1729, llamaron a Rafael de Trebiño y tomándole de la mano le entraron en las tierras en las cuales se paseó cortando ramas en señal de posesión y ordenando salir a todos de ellas. Luego le preguntó a Simón de Videla, representante de la otra parte, si estaba conforme con la mensura y dijo que no contradecía. Con fecha 27/10/1729, los jueces mensuradores procedieron a la mensura de las tierras de los Videla, después de oir a los testigos que declararon que sus deslindes eran Tunuyán, el
cerro Toltol, el médano de
Guatunpal, la acequia de
Añuta y las tierras que lindan con
Capi. Y al efecto midieron a orillas del
río Tunuyán corriendo la línea para el sur incluímos las cinco mil cuadras debajo de los linderos mencionados, dándoles 200 cuadras de norte a sur y 25 de oriente a poniente, de todo lo cual tomó posesión Simón de Videla. Por carta a la Real Audiencia fechada en Mendoza, a 21/11/1729, José González comunica haber terminado las mensuras de las tierras de Cepillo, en compañía de Manuel Santander a satisfacción de ambas partes. (5,T2,498-514)
Por litigio judicial entre la Compañia de Jesús contra José Morales de Albornoz y Migual de Guevara, se deben mensurar las tierras para solucionar la situación. En el Valle de Uco, a 12/2/1733, ante el maestre de campo Andrés de Vargas Machuca, comisionado por el corregidor Juan de Oro Bustamante y Santa María, comparecieron Fernando de Alvarado en representación de José de Morales y Miguel de Guevara, que ambos tienen estancias pobladas en dicho lugar y manifestaron que contradecían la mensura. Fernando de Alvarado, en nombre de José de Morales, dice que protesta de la mensura hecha, en atención a que no ha sido oída su parte. Miguel de Guevara dice que protesta de la mensura por tener posesión inmemorial de
las tierras de Priuniante que hoy se llaman del Manzano. (5,T2,635-643)
En la ciudad de Santiago de Chile el 22/2/1747, se presenta Joseph de Monteros, padre legítimo de Pablo Joseph (difunto); y dijo que por cuanto su hijo falleció ahogado en la medianía del
Desaguadero, es que viene a solicitar que sus bienes sean inventariados y puestos en depósito. El corregidor Blas de Morales lo recibe y escucha el relato de los hechos sucedidos; Joseph dice que haciendo
viaje a la ciudad de San Luis de la Frontera en compañía de su hijo Pablo, y por la
licencia (vacaciones) otorgada por dicho Corregidor y que presentó en debida forma, es que sucedió la desgracia que Pablo entró al río que llaman del
Desaguadero a bañarse y sin haberlo podido favorecer parte de la mucha gente que en el citado río se hallaba, aun habiéndose arrojado más de cinco personas a sacarlo del río, fue irremediable el poderlo socorrer de que sucedió el haberse ahogado, como es público y notorio. (X,EC,P48,61)
El general Manuel Antonio de Escalante en la emisión de su testamento (24/2/1738), declara que le ha entregado 500$ en doblones de oro a Ignacio de Araya y Juan Ravanal, frailes de la Compañía de Jesús en Chile, los que están prestos a viajar a España, a fin de hacer tallar una imagen (escultura o busto) de
Nuestra Señora del Buen Viaje; a su vez, declara por sus herederos a su esposa e hijos (X,EC,P46:179). Luego y en el tiempo, Petrona, hija del general Escalante, en la emisión de su testamento (28/9/1746), declara que por voluntad de su difunto padre y por la suya propia, es que solicita conmemorar la
fiesta y celebración de Nuestra Señora del Buen Viaje en los terrenos contiguos a la
Compañía de Jesús (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza), por lo que deja depositados 2.000$ en la Caja del Cabildo de Mendoza, los que son requeridos por ley en estos casos. Juan Gonzalez Melgarejo, Obispo de Chile y de la diócesis de Cuyo, informa que los trámites han sido satisfactorios y, de visita por Mendoza, otorga la correspondiente autorización para que la imagen tallada por encargo del general Escalante pueda ser utilizada para el culto, fiesta y celebración, el 5/9/1747. Por un litigio entre Petronila de Videla, esposa del general Escalante, y su yerno Francisco García de Torres, esposo de la difunta Petrona, la situación se complica; aduciendo que en el testamento del general Escalante no queda del todo claro el pedido respectivo de
fiesta y celebración, según lo expuesto por Juan Martínez de Rozas, representante de una de las partes. Luego de idas y vueltas, tasaciones y decretos de por medio, se determina que el tenedor de los bienes del general Escalante, su hijo Pedro, tiene los bienes suficientes para costear de por vida la dicha conmemoración; es por ello que, el alcalde Santiago de Puebla el 12/9 dispone que se lleve a cabo la última voluntad de los difuntos y de la familia Escalante en su conjunto, y que se utilicen los 2.000$ depositados a tal fin, respaldados por los 17.000$ en bienes con los que cuentan los Escalante, y que están a cargo de Pedro. Al día siguiente, el escribano Gaspar de Castro, informa que no puede correr con la escritura debido a que Rozas había sacado el dinero antes depositado. (X,EC,P52,105-113). Petronila de Videla emite su testamento el 21/3/1748, en el que manda que el
Niño Jesús que hizo con su marido, sea puesto en el altar en lugar de la sacristía, una vez terminada de construir la
Capilla; y que la llave de la urna que lo contiene quede en poder del patrón de dicha fiesta y que no se saque de allí, sino, para las festividades que por mis herederos se hagan en dicha Capilla, y que si los Reverendos Padres de la Sagrada Compañía de Jesús o mis herederos lo prestaren o sacaren para otra iglesia, aunque sea para su mismo Colegio, pase al Convento del Señor San Francisco (X,EC,P53,59;en la actualidad,
Nuestra Señora del Buen Viaje es la Patrona del Turismo en Mendoza).
Nicolás Alvarez y su esposa Francisca de la Rosa le venden a Pedro Ortiz el 12/9/1749, un pedazo de solar en el
centro de esta ciudad, con 13 varas de frente y 75 de fondo; que todo linda por el este con tierra del comprador, por el sur con sitio y casas de Blas Coria, por el norte con solar que se dice es de los Morales, y por el oeste con sitio y huerta del vendedor; la dicha venta se adjunta a otras dos realizadas anteriormente con Ortiz. (X,EC,P55,125)
Lucas Neyra además de los 150$ que se expresan en la nota antecedente libramento, entregará 15$ que ha costado
roca rollo y la escalera con las tres masas en que están clavadas, que de orden del Superior Gobierno se han puesto en la
plaza de esta ciudad y que tengo pagados, según carta enviada por el corregidor Joseph de Villalobos el 15/4/1762. (X,EC,C84,D25)
Juan de Videla y Pedro Espínola el 1/3/1768, dijeron que por cuanto Joseph Rodriguez de Figueredo remató en arrendamiento la
hacienda de la Cañada, que fue de la Compañía de Jesús, y hoy se ha ocupado de cuenta de su Majestad, según consta del remate hecho en la ciudad de Santiago de Chile el 28/1/1768, cuyos bienes del dicho arrendamiento se contienen en el extracto que de ellos remitió el Señor Juez Comisionado, a saber: el extracto de la Hacienda que se halla en la Cañada y pertenece al Colegio que fue de la Compañía de Jesús, incluyen todos los trastes y aprestos respectivos a
viña, bodega y botijería, sacado de los inventarios generales, que son: 1 bodega con dos lagares, 84 tinajas buenas de echar vino con 92 arrobas de buqué, 7 pipas de 10 a 12 arrobas, 1 barril de media carga, 6 enfriaderas, 2 zarandas, 1 par de tapiales viejos, 12 aparejos sestoneros, 12 podanes, 20 azadones usados, 6 hachitas usadas, 9 hachas grandes usadas, 1 barreta grande y 2 chicas usadas, 3 alambiques con sus pailas cañones de cobre y sus tapas de madera, 8 pailas viejas remendadas con peso de 692 libras, 1 horno de botijas con su botijería, la pieza que servía de monasterio con su corralón respectivo. De manera que a excepción de los cuartos que corren al costado de la calle desde
una de las torres de la Iglesia hasta en el que estaban los telares, inclusive todas las demás piezas que se hallan en el cuadro del patio sucesivos y corralones accesorios, excluiendo el sitio y huerta de la
Casa de Ejercicios, ha de entrar en el arrendamiento, una viña con 48.909 plantas muy maltratadas. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla, son testigos: Francisco Lopes y Joseph de Videla. (X,EC,P87,21:Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza)
Ignacio Corvalán, Defensor de Temporalidades de las que fueron de los Regulares de la Compañía y Diputado en ella para la entrega de escrituras de esos bienes, y que por venta de unas cuadras que se le hizo a Joseph de Villanueva según remate del 3/11/1773 por voz del negro Fermín en la
plazuela de la Iglesia de los dichos Regulares (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza). El acto es certificado por el escribano Pedro Simón de Videla el 6/9/1780. (X,EC,P107,180)
Juan Morel le envía una carta a Josef Amigorena el 9/7/1788, pidiendo para la
plaza de la Villa de San Carlos una gurbiesita pequeña como de una pulgada y un cepillo de dos manos, todo para poder formar otros faroles y la cruz que ha de ir delante; y al concluir se las devolverá. (X,EC,C69,D10)
He resuelto por Real Decreto de 29/3/1789
reducir los días feriados a las fiestas que la Iglesia celebra como de precepto, aunque solo sea de oir misa; a las de la Virgen nuestra Señora, con la advocación del Carmen, los Angeles y el Pilar, en los días 16/7, 2/8 y 12/10, y a las
vacaciones de Resurrección desde el Domingo de Ramos hasta el martes de Pascua; de Navidad desde el 25/12 hasta el 1/1 siguiente; y de Carnestolendas (Carnaval) hasta el miércoles de Ceniza inclusive. Excluyéndose todos los demás días en que con nombre de Feriados o Fiestas de Consejo cesaba el despacho de los negocios, aunque sean aquellos en que celebran los Consejos y Tribunales alguna fiesta, pues lo deberán practicar después de las horas de Tribunal, aunque sea anticipando su entrada y salida; cuya Real resolución he tenido he tenido a bien comunicar a mi Consejo de las Indias por Real orden de 31/3, a fin de que tenga puntal y debido cumplimiento por el propio Tribunal y Oficinas de su dependencia, comunicándolo a los Tribunales de Justicia de ambas Américas e Islas Filipinas para su observancia, y de las Oficinas y dependientes de ellos. En cuya consecuencia ordeno, y mando a mis Virreyes, Presidentes, Regentores y Oidores de mis Reales Audiencias, a los Intendentes y Gobernadores de aquellos Reinos observen y cumplan puntualmente el contenido de la referida mi Real determinación. Aranjuez, 2/5/1789. Por mandato del Rey nuestro Señor. (X,EC,C1,D49)
Manuel Adalid Rodriguez, vecino de Mendoza, se presentan ante el escribano José Lagos el 30/12/1791, y declara que por cuanto Fernando de la Rosa, vecino de San Juan y albacea de Pedro Pablo de Quiroga, le ha conferido un poder para vender a José Antonio de Palacios, un sitio que tiene la testamentaria en frente a la
plazuela del Convento de Santo Domingo del lado este (calle José Federico Moreno entre Beltrán y Chacabuco, Ciudad de Mendoza). (X,EC,P124,48-18)
El escribano Josef Porto Mariño certifica el 18/11/1799, los gastos impendidos por la
reconocimiento, medición y planos hecho de las Lagunas de Huanacache por el comandante Josef Francisco Amigorena. El que dijo que anduvo 160 leguas de ida y otras tantas de vuelta, a 5 leguas por día durante 37 días; el que fue acompañado por el Ministro de Real Hacienda y por un piloto que hizo el plano a un costo de 150$. La orden surge de un decreto del 16/5/1793, expedido por Juan Antonio Lesica en Buenos Aires. (X,EC,C86,D35)
Francisco Lara, vecino de Mendoza, se presenta ante el Cabildo y declara el 13/10/1800, que reside en 4 cuadras de tierras que fueron de las Temporalidades (Jesuítas expulsos), frente al paraje
Altamisque (¿Atamesque?), a la orilla del Camino Real a Chile, como a legua y media de la ciudad; las que tiene labradas y trabajadas, por lo que solicita se tasen para abonarlas. (X,EC,C86,D42)
Sobre el Paseo del Tajamar: en el expediente formado para crear en esa ciudad un Paseo público, ha puesto en esta fecha el auto con el tenor siguiente: remitase a VE como lo dice el fiscal con el correspondiente oficio informatorio de la utilidad de la obra que se solicita y aviese a los alcaldes de la ciudad de Mendoza. Victoriano Rodriguez, Córdoba 13/10/1806. (X,EC,SG,C42,D118)
Y entre otras cosas que trataron, lo fue una la policía de esta ciudad, la incomodidad del tránsito de sus calles en toda estación por la falta de
veredas, que tan útiles y necesarias son, tanto para la comodidad del vecindario como para el ornato y aspecto público; por tanto acordaron los nominados Señores que se publique bando, mandando en el que todo vecino que tenga sitio dentro de la ciudad, que comprende de sur a norte por este rumbo desde el Sauce de la Cañada hasta unas cuadras más arriba del Convento de la Merced, y de oeste a este, el Tajamar al Zanjón; con frente o frentes a la calle, construya en ellas veredas de vara y media de ancho, empedrados, de piedra menuda, enladrillada o enlajada, al arbitrio de cada uno; para cuyo arreglo y que inspeccione la dirección de ellas para que no caucen deformidad, se nombre al alarife Xaime Roquel, abonándole por esta operación 2 Reales por cada media cuadra; previniéndole en el citado bando que deberán tener concluídas la formación de veredas dentro del término de tres meses contados desde su publicación. Igualmente acordaron que respecto a obtenerse ya el permiso de la Superioridad para la formación del
Paseo Público que se había pensado y ya tratado entre los
dos Tajamares, bajo los arbitrios propuestos al Señor Gobernador, destinándose para ello el fondo líquido del Ramo de Romana, se procediese a dar principio, comisionándose al Procurador de la ciudad, para que con los presos vaya haciendo se allane, limpie y empareje el terreno, contratando con Antonio Moyano para que con la equidad posible, ceda el terreno que sea preciso ocupar para dar ensanche a dicho paseo con conocimiento del que deba quedar para el cauce principal, de modo que éste sea capaz de recibir las avenidas (aluviones), para que éstas no se introduzcan dentro de la ciudad y cauce los daños que son consguiente; y estando allanadas estas dificultades, se tratará lo demás que convenga hasta llenar los deseos del Ilustre Cabildo, mandando que se insertasen en este acuerdo para continuar en los demás lo que sucesivamente ocurra sobre el particular. Sesión del Cabildo firmada por Juan Miguel García, Bruno Suarez, Bernardo Ortiz y Nicolas Correas, por mi Cristobal Barcala (escribano). Mendoza, 13/8/
1808. (X,EC,C18,D9,20-21)
Interesado este Gobierno en la conclusión del adorno del
Paseo Público (Alameda), no ha podido desatender la representación del Señor Regidor Juez de Policía que con fecha de ayer le ha elevado, demostrando que el precario, y eventual ramo de multas de galope (multas por exceso de velocidad de a caballo) no es bastante para llevar a su finalización la obra de que está encargado, y en su consecuencia ha acordado hoy el decreto siguiente: "Oficiese al Muy Ilustre Cabildo y Alcaldes Ordinarios, que los fondos que hubiere existentes de las multas exhibidas por los bandos de buen Gobierno u otras causas, y en lo sucesivo se exigiesen hasta la conclusión de la citada obra, los ponga a disposición del Señor Regidor representante, y a quién se le avisará en contestación para los efectos consiguientes". Oficio de San Martín al Cabildo, Mendoza 28/2/1816. (8,T3,245)
El diputado Tomás Godoy Cruz le escribe al Cabildo de Mendoza el 11/1/1817, comunicando su decisión de donar 200$ de los 500$ que recibió en concepto de viáticos, debido a que el Congreso Nacional se ha trasladado desde Tucumán a Buenos Aires, para proveer con
asientos al Paseo Alameda. (X,EI,C657,D31)
Amado amigo y paisano; la de Vuestra Excelencia de 9 de agosto la he recibido y no he podido contestarle por haberme hallado en el
Totoral (Punta del Totoral, Tunuyán o San Carlos) recuperando mi salud (epidemia de un virus de garganta). Mi salud ha adelantado bastante con la
tranquilidad y aire de campo, esto talvez me proporcionará el ir a continuar mis trabajos a Chile. Carta de José de San Martín a Tomás de Godoy Cruz, Mendoza 12/10/1818. (8,T9,28)
El general José de San Martín llegaba a Mendoza y tenía dos entrevistas con el desertor Benavídez a cambio de información. La primera se verificó a la 1 de la mañana, en la puerta de la iglesia del Conventillo, extramuros de la ciudad; las demás conferencias, se repitieron en la
fuente de la Plaza Mayor, de ellas resultó la revelación de los enemigos de la causa existente en Chile. (8,T20,365:Carta de San Martín a Miller, Bruselas 1827)
El Cabildo de Mendoza el 19/12/1818 y notándose
lo mal servido que se halla el público en orden al abasto de nieve (helados), se notificará por el Teniente Alguacil Mayor a todos los individuos que tengan venta de
refrescos y nieve, vendan de esta especie precisamente al público, sin distinción de personas que vayan a comprar de 2 arrobas para abajo al precio de 6 reales la arroba y 2 libras por medio real, bajo el más serio apercibimiento; que al que se negare a la venta, teniendola o alterare el precio o peso, incurrirá en la multa de 50 pesos. Firmado por: Justo Correa, Andrés Godoy, Blas José Dominguez, José Manuel Videla y Domingo Aberastain; certificado por el escribano Cristobal Barcala. (X,EI,C747,D112)
Habiéndose retirado por sus enfermedades a tomar los
baños de la Boca del Río (Vistalba o Las Compuertas o Industrial o Cacheuta, Luján de Cuyo) el Señor Alcalde Provincial, Genaro Segura, en quien por la enfermedad de Usted se había depositado la vara de su cargo, necesita saber este Ayuntamiento si aún se halla Usted en la imposibilidad de entrar en su ejercicio, para hacer en este caso una nueva sustitución. Firman el Acta el 29/5/1819: Antonio Moyano, Manuel Silva, Juan Agustín Videla, Juan de Videla, José Valeriano Godoy, Ignacio Lima y Florencio Gil. (X,EI,C747,D125)
En la escribanía de José Manuel Pacheco el 7/12/1820, se presenta Francisco Coria en su nombre y el de sus herederos, y le vende a Antonio Pereyra en 742 $, un sitio sin edificio contiguo a la
Alameda, distante de la plaza Principal (Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) cinco y media cuadras; cuyo frente tiene 26,5 varas y linda con la
Alameda, por el Este iguales varas y linda con Isabel Coria, por el Norte tiene 47 varas y linda con Cayetano Lemos, y por el Sur con iguales varas y linda con el vendedor. (X,EI,P180,109)
En la Ciudad de Mendoza a 16/12/1822, comparece Antonio Montt ante el escribano Juan Ventura Morón y dice: que habiendo sabido en estos meses pasados que el Ilustre Cabildo se hallaba transando de proporcionarle al público una talcual comodidad para los que necesiten de los
baños termales que tiene el pueblo en la Boca del Río y terrenos propios del compareciente a distancia de 14 leguas de distancia de la plaza principal (Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) para el Sur; como interesado también el compareciente del beneficio público, le ofreció donar 12 cuadras de dichas tierras con estas condiciones:
1º) Que dicho número de cuadras deberá entenderse y tomarse en propia posesión por el pueblo inmediato a los referidos baños con su frente al Norte, sobre la Barranca del mismo río en proporción de quedar cuadrado si la cotización lo permite.
2º) Que no podrá enajenarse de ningún modo a favor de ninguna persona, pues llegado este caso podrá rehacerse su dueño llamando para si la propiedad y posesión de que se desprende el compareciente por sólo beneficiar al público.
3º) Que por ningún motivo o pretexto se podrá mantener en dicho terreno por la persona a quien se encargue su adelantamiento y cuidado arriba de 50 cabezas de ganado vacuno, 70 del lanar, y algunos caballos, cosa que la mayor abundancia de animales, no le perjudique al compareciente para la Hacienda que trata mantener en este mismo campo; a no ser que el terreno donado se mantenga bajo de cercado de pared que así no la perjudicará en ningún modo.
4º) Que al donante ni sus sucesores, ni poseedores del resto de estos terrenos en cuanto alcanza su derecho, no se le podrá prohibir de ningún modo en que del mismo río saque la agua necesaria al riego del sobrante de sus tierras, por el punto o lugar que mejor proporción encuentre al logro de sus aspiraciones.
La Ilustre Corporación (Cabildo) bajo las expuestas condiciones, otorga que llevado del deseo de ver que el
vecino gozará con más comodidad del beneficio que proporcionan o prometen dichos baños, con la construcción de edificios y otros reparos que son consiguientes a la mejor policía, y por otra parte del reconocimiento en que se halla por la promesa que la tiene hecha la Ilustre Municipalidad, de concederle libertad de poder costear el agua necesaria sin gravámen para el vecindario. La donación es certificada por el escribano Juan Ventura Morón. (X,EI,P185,28)
El 4/6/1972 bajo el título "Hoteleros no cobrarán a sus clientes el día que no aparezca el sol", se celebraba un convenio entre la Dirección Provincial de Turismo y la Asociación de Hoteles, Bares, Confiterías y Afines de Mendoza, disponiendo que aquellas personas que permanezcan alojadas en hoteles mendocinos por plazos mayores, recibirán como bonificación el decimotercero de esos días y no lo pagarán (6,8). A su vez el 16/6/1972, San Rafael adhería a la iniciativa, por el que se acuerda no cobrar el alojamiento a los turistas en los días en que no salga el sol (6,11).
Legislación en Mendoza
Ley 5961 del 26/8/1992, Preservación del medio ambiente en Mendoza.
Ley 6169 del 15/9/1994, Ministerio de Medio Ambiente, Urbanistico y Vivienda. Preservación Ley 5961, recurso ictico.
Ley 6649 del 3/2/1999, Modificación Anexo 1 Ley 5961.
Ley 6686 del 19/5/1999, Modificación Ley 5951.
Ley 6866 del 3/1/2001, Modificación e incorporación Punto 13 Anexo 1 Ley 5961 Punto 14.
Ley 8023 del 10/3/2009, Modificación Ley 5961.
Ley 8195 del 14/7/2010, Ordenamiento de Bosques Nativos.
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
6) Diario Los Andes (2013): Patrimonio Natural y Cultural de Mendoza.
7) Archivo de la Legislatura de la Provincia de Mendoza: Expedientes de Leyes.
8) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).
W1)
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
W2)
Comité Argentino de la UICN.
W3)
Parque Uspallata Polvaredas.
W4)
Reserva Natural Villavicencio.
>
Ministerio de Cultura y Turismo de Mendoza...
>
Mendoza.tur.ar...
>
Facebook...
>
Instagram...
>
Twitter...
>
YouTube...