En la dicha ciudad de Mendoza nuevo valle de Rioja, febrero de 1566; en su Cabildo y Ayuntamiento es de uso y costumbre, conviene a saber que Ríos (Gonzalo, Corregidor de Cuyo) y los alcaldes Villegas (Juan) y Medrano (Sancho) y, Cepeda (Gabriel), Yebenes (Juan Gomez), Velazco (Diego), ante
Bohorques (Juan de Coria) dicen que en esta dicha ciudad usa y ejerce el oficio de Escribano Público y del Cabildo el dicho Juan Bohorques y está ocupado en otras muchas cosas (deja su cargo para dedicarse a sus chacras en la zona) a cuya causa no está desocupado para ejercer todas las veces que sea necesario y proveyendo en lo susodicho y usando del poder y comisión que como Cabildo y Ayuntamiento de esta Ciudad tiene, en nombre su Majestad eligieron por Escribano Público de Cabildo de esta Ciudad todo el tiempo que por su Majestad en su real nombre quien de derecho haya lugar sea servido y quisiere a Juan de Herrera que está presente, atento que su fidelidad conocen y entienden, y usará el dicho oficio bien y fiel y legalmente y para más validación de las escrituras y apercibimientos que así hiciere y ante él como tal Escribano. (1,T1,39-40)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 20/1/1685, el maestre de campo Alonso de Coria Bohorquez, que se desempeñaba como regidor del Ayuntamiento; solicita licencia por 2 meses para recoger la cosecha de trigo de su chacra, que dista 3 leguas (15 km) de la ciudad de Mendoza. El acta es firmada por el corregidor interino Pedro de Trilles; los alcaldes, Pedro de Videla y Pedro de Correas; los regidores, Gregorio de Arce Lucero y Francisco Nuñez de Villoldo; y el procurador general Gregorio de Morales Albornoz. (1,T4,180)
Debido al bajo caudal del río Mendoza y de la entrada de agua por la Toma (Cacheuta) al Zanjón, el 25/9/1723 los vecinos que riegan sus chacras con la
acequia del Jarillal (al oeste) se quejan ante las autoridades del Cabildo, debido a que los vecinos que riegan con la
acequia de Allaime (al este), ambas en paralelo (pendiente sur-norte) y abastecidas por el Zanjón, por no tener la corriente (caudal) pasan a despostillar por muchas partes la acequia del Jarillal por donde les desbarrancan toda el agua, con poco temor de Dios y de la Real Justicia, y mirándoles con muy poca caridad al ver perder sus sementeras; es por ello que, el alcalde Juan de Molina Vasconcelos manda que se le confisque a los usurpadores el agua, bajo pena de 4 $ de multa y 4 días de cárcel. (X,EC,C3,D40)
Beatriz de Coria declara ante el escribano Gaspar de Castro el 27/6/1758, y dice que por el aprecio que le tiene a Diego Fredes y por los fieles servicios que le ha hecho, en cuya atención y en aquella vía y forma que más haya lugar en derecho, le hace gracia y donación pura, perfecta e irrevocable, de las que el derecho llama intervivos y partes presentes, es a saber, todas aquellas partes de tierras que ha de haber por parte legítima de herencia de mis padres en las
chacras que comunmente llaman de los Coria a 3 leguas de esta ciudad, poco más o menos, a la parte del sur, que son 3 cuadras que tiene enajenadas Andrés Aguilar (sobrino de Beatriz) y otra cuadra más a Cuello, y el resto de las tierras se las dona a Diego Fredes de ahora en adelante para siempre jamás (+ o - calle Besares y Alzaga). Son testigos de la operación: Francisco Romero y Juan Jospeh Pringles. (X,EC,P67,16)
Diego Fredes le dona a fray Manuel Andonaegui de la Real y Militar Orden de Nuestra Señora de las Mercedes, 10 cuadras de tierra de las que tiene en las
chacras que llaman de los Coria, a dos leguas de la ciudad; las que lindan por el oeste con el
camino Real, y por las demás partes con tierras del donante. Fredes declara que 6 cuadras son por donación gratuita y 4 por vía de remuneración o compensación por otras 4 cuadras que fray Andonaegui le da a Fredes, las cuales vendió Nicolasa de Coria a Francisco Mercado, según escritura otorgada por Gaspar de Castro el 30/9/1745, que recibieron de Bentura Guebara en 100$, y que el dicho Mercado le es deudor. Fredes declara que dona las 10 cuadras al Convento, con la condición que se construya una
pieza (Oratorio) competente, para que en ella se celebre todos los días de fiesta el Santo Sacrificio de la Misa, a fin de que aquellos vecinos logren en este beneficio, cuyo obligación ha de correr a cargo del Convento, cuidando de dar todas las providencias necesarias para que se digan dichas misas; siendo de advertir que la obligación de decir las misas los días festivos debe empezar a correr dentro de
seis meses, contados desde el día que llegare el Reverendo Padre Comendador. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla el 11/2/1760, son testigos: Francisco Marzala, Joachin Romero y Joseph Cabrera. (X,EC,P73,23)
Francisco de Villasa se presenta ante el Cabildo de Mendoza por el laboreo de minas en el asiento de San Lorenzo Mártir y el sitio que llaman La Aguada, solicita permiso para instalar unos ingenios de moler metales; y habiendo hallado una lonja de tierra, que linda por el sur con chacras de Diego Fredes y del Convento de la Merced, por el norte con tierras del trapiche de Villasana, por el este con la
acequia Princial de la ciudad y por el oeste con los últimos cerrillos. Y para los dichos ingenios solo puede contribuir con agua, la
acequia que llaman de los Coria, por la altura en que está erigida, que es la misma que necesita el sitio en donde se han de derivar los canales; por lo que solicito se tasen. A su vez, solicita se le adjudiquen en la
quebrada de Villavicencio y en la que conduce a Santiago de Chile, en el paraje de los Ornillos, el territorio necesario para dos ingenios. La petición es presentada el 18/5/1762. (X,EC,C97,D2)
Pedro de la Estrella y su esposa Jacoba de Aguilar le venden a Nicolás Godoy el 9/7/1764, 2 cuadras de tierra como a 2 leguas de distancia de esta ciudad a la parte del sur, que Jacoba recibió por herencia de su madre Josepha Coria; las que lindan por el sur con tierra de Diego Fredes, por el este con la
acequia Principal (Canal Zanjón Cacique Guaymallén) que baja a esta ciudad, y por el noroeste con tierras de Josepha de Coria. (X,EC,P80,44)
Josepha de Coria, hija legítima de Francisco de Coria y Petronila Dueñas, emite su testamento el 26/1/1767, declara que llevó en dote a su matrimonio con Nicolás Aguilar, las cuadras de tierra en la
Chacra que llaman de Coria, las cuales constan en su hijuela de partición. (X,EC,P85,42)
Diego Fredes, hijo legítimo de Pedro Fredes y María Albarado, emite su testamento el 26/8/1768, declara que tiene compradas a María Nicolasa Coria y su hijo Santiago de Coria, un retazo de tierras contiguas a las suyas en la
chacra que llaman de Coria, que tiene de sur a norte por la parte de los Cerrillos 278 varas y por la parte del este de sur a norte 250 varas. (X,EC,P87,125)
Fray Domingo de Coria Bohorques de la Orden de Predicadores de Santo Domingo, le vende a Santiago Pareja el 2/11/1771; 3 cuadras de tierra que se hallan a extramuros de esta ciudad para la parte del sur a 3 leguas, recibidas por herencia de sus padres; las que lindan por el sur con tierras de Joseph Coria, por el norte con tierras del vendedor, por el este con la
acequia Grande (Canal Zanjón Cacique Guaymallén) que da agua a esta ciudad, y por el oeste con tierras del vendedor. (X,EC,P91,154)
Beatriz de Coria se presenta ante el escribano José Lagos el 5/3/1773, y declara que otorgó una donación a Diego Fredes ante el esscribano Gaspar de Castro el 27/6/1758, de tierras que había heredado de sus padres en la
chacara que llaman de los Coria a 3 leguas al sur de la ciudad, a excepción de 3 cuadras que tiene enajenadas: 2 a su sobrino Andrés Aguilar y, la otra, a Pedro Cuello; y que era condición que Fredes la asistiera en su salud, y habiendo fallecido y no cumpliendo con lo antes dicho, revoca la donación al difunto Fredes, imponiendo una nueva en favor de su sobrin Juana de Puebla. (X,EC,P96,80)
Fray Joaquín Iñon, de la Orden de los Hermitaños y Prior del Convento de Santa Mónica, le presta 200$ a Vicente Camaño y su esposa Manuela Coria el 18/7/1774, por lo que emiten una hipoteca sobre una propiedad que tienen a 3 leguas y que se compone de 48 cuadras, recibidas por Manuela por legítima herencia de sus padres; las que lindan por el este con la
acequia de esta ciudad, por el oeste con la
acequia de los Corias, por el sur con tierras de los herederos de Eugenio Toledo, y por el norte con tierras de los herederos de Joseph Coria y Pascuala Nuñez. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla, son testigos: Ventura Lopes, Joseph Ferreyra y Felipe Galain. (X,EC,P97,25)
Vicente Camaño y su esposa Manuela de Coria le venden a Eugenio Tholedo el 23/2/1777, 3 cuadras de tierra que Manuela heredó de sus padres a 4 leguas al sur de la ciudad, que lindan por el sur con tierras de Pedro Antonio Moyano, por el norte con tierras de la vendedora, por el este con la
acequia Grande (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), y por el poniente con la
acequia que cabecea y da agua a todas las tierras de las
chacras de Coria. Por no saber firmar Manuela, lo hace en su lugar el testigo Joseph Gudiño, certifica el acto el escribano José Lagos. (X,EC,P101,15)
Vicente Martines apoderado según consta de un poder poder otorgado por fray Domingo de Coria, de la Orden de los Predicadores (Santo Domingo), se presenta el 26/8/1777 en su nombre, para vender unas cuadras de tierra que le quedaron y según testamento otorgado el 28/4/1766; por tanto vende a Manuel de Argumedo 4 cuadras de tierras que el dicho Coria hubo por herencia de sus padres, que están de 3 a 4 leguas de esta ciudad en las
chacras que llama de Coria; las que lindan por el este con tierras del vendedor, por el oeste con tierras del comprador, por el sur con tierras del vendedor, y por el norte con tierras de Santiago Aldecua; al precio de 10$ cada cuadra, que hacen un total de 40$. El mismo día, Martines le vende a Antonio Videla 1,5 cuadra más contiguas a las anteriores. (X,EC,P102,55-60)
En la apertura del testamento de los finados Joseph Correa y su esposa Thomasa Ruis de Villegas el 20/1/1778, se presentan Juan Martínez de Rozas en nombre de su esposa María Prudencia Correas y Pedro Nolasco Correas, hermanos; Rozas declara que queda convenido que las tierras que compró Joseph a los Puebla y quedaron libres por la transacción hecha con Pedro Pacheco, como apoderado de los Bustos, y que tiene de frente 7 cuadras por la parte del norte, y lindan por el este con el camino que va para las
Barrancas, por el oeste con las hijuelas de los dichos Bustos, y por el sur con tierras de los herederos de Pedro Pacheco; asímismo, quedan pendientes y por partir, las tierras que hubo por la misma compra que hizo Joseph de los dichos Puebla, y por resolución de la Real Audiencia se declaró se debían entregar 500 varas de largo de a 8 varas y tercia y 100 varas de la misma medida de ancho, y ha de correr su fondo por la orilla de la
cequia que da agua a esta ciudad, y por frente sobre la acequia que riega las tierras de los
Coria. (X,EC,P103,2)
Vizente Camaño y su esposa María de Coria le venden a Pedro Antonio Moyano el 15/7/1778, 2 cuadras y 1 solar de tierras a extramuros de esta ciudad a la parte del sur 4 leguas; que lindan por el norte con tierras de Eugenio Toledo, por el sur con tierra de los vendedores, por el este con la
acequia Grande de esta ciudad, y por el oeste con la
acequia que da agua a las chacras de Coria (+ o - calle Viamonte). La operación no se realiza, no es certificada por el escribano José Lagos. (X,EC,P104,82)
Bárbara Lemus casada con Pedro Espínola, hija legítima de Juan de Lemus y Catalina Ladrón de Guevara, emite su testamento el 1/12/1778, y declara el derecho que tiene a unas tierras del Desagüe (¿ Cementerio de Godoy Cruz ?) y el de las
Chacras de Coria, que aún están indivisas. (X,EC,P106,28)
Petrona Piña, hija legítima de Joseph Piña y María Coria, emite su testamento el 21/8/1782, declara por sus bienes la mitad del sitio en que vive Bernardina Flores y que se lo donó su tía Beatriz de Coria; más, la parte que le cupo por herencia que se halla detrás de Santo Domingo frente a Juan Joseph Gonzales; más, la parte de tierras que le cupiese en las
Chacras de Coria. (X,EC,P112,101)
En la Sala del Ayuntamiento se reúnen los Capitulares el 10/1/1784 para elegir los Alcaldes de Barrios, son nombrados y juran en sus cargos: Pedro Torres en el Barrio de la Cañada, Manuel de Acosta en el
Barrio de Chacras de Coria, Xabier Morales en el Barrio del Pedregal, Juan Manuel Sierra en el ..., Domingo Fuenes en el Barrio de Abajo, Francisco Antonio Urruti en el Barrio de San José, Antonio Villegas en el Barrio de San Vicente, Pedro José Arenas en el Barrio de las Chacras de Gomez hasta el otro lado del Desagüe. (X,EC,SG,C16,D10,4)
Ana Espinosa, hija legítima de Manuel Espinosa y María Carriso, casada con Narciso Villegas y de cuyo matrimonio tuvieron por hijos a Antonio, María y Narcisa, emite su testamento el 13/7/1789; declara que los bienes que quedaron pertenecientes a su marido fueron 8 cuadras de tierra en las
Chacras de Coria, de las cuales donó 2, y habiendo la donada vendídola a Alejandro Maiorga, se las compró a éste, de cuya venta no ha otorgado escritura, por lo que he retenido 7$ con lo que se ha de costear aquella y la alcábala (impuesto); y declara que su hijo tiene trabajado algunos tapeados y demás que se halla nuevo, con dinero propio suyo. (X,EC,P122,29)
Barbara Lemus, hija legítima de Juan de Lemus y Catalina Ladrón de Guevara, casada en primeras nupcias con Pedro Espínola, emite su testamento el 12/8/1790, declara por sus bienes el derecho que tiene a las tierras del Desagüe (San Francisco del Monte, Godoy Cruz) y las de las
Chacras de Coria, el que aún no se halla deslindado y que fueron entregados como bienes dotales; también declara, que cuando se hizo la división de los bienes maternos se hizo cargo de la
fiesta del Señor Resucitado continuando la devoción que habían seguido sus padres. (X,EC,P121,159-20)
Vicente Camaño y su esposa María Manuela Coria le venden a Juan Antonio Rodriguez el 19/10/1790, 20 cuadras de tierras que la citada Manuela y Josef Coria heredaron de sus difuntos padres en mitades, y tienen por la parte del norte 7,5 cuadras, al sur 7 cuadras, por el este 2,5 cuadras hasta la
acequia llamada del Rey, y por el oeste 2,5 cuadras; y lindan por el norte con calle y tierra de los Aguilares; por el sur con calle y tierras de los mismos herederos; por el este con la
acequia del Rey; y por el oeste con los Cerrillos, camino Real del valle de Uco y tierras de Coria. El acto es certificado por el escribano Pedro Simón de Videla, son testigos: Clemente Guiraldes, Juan Balensuela y Juan Josef Carrera. (X,EC,P123,59)
Rosalía Rodriguez le vende a Pedro Carrillo el 15/7/1791, una cuadra y media de tierra para la parte del sur en el paraje que llaman las
Chacras de Coria, al precio de 21$; que linda por el sur con tierras de Juana Puebla, por la del norte con el
maestro Gerónimo Gutierrez, por el este calle en medio con la chacra de la
Merced (Orden Religiosa), y por el oeste con tierras de María Carrillo. (X,EC,P124,3)
Andrés Gaviola se presenta ante le escribano Pedro Pablo de Videla el 19/5/1795, y declara que por cuanto Margarita Xines viuda que fue de Manuel Adalid Rodrigues, tiene hecha oblación de 700$ que su difunto marido tomó a censo redimible de las Temporalidades que fueron de los Regulares de la Compañía (Jesuítas), y habiéndose presentado Andrés ante la Junta de Temporalidades, pidió se dieran a censo los 700$ sobre una casa que tiene su mujer Manuela de Carrillo, sobre una estancia en los
médanos del Carrizal, cuyo terreno es de 1 legua de latitud y 5 leguas de longitud y 80 cuadras de tierra, distante de esta ciudad como 4 leguas en el
camino Real que va al valle de Uco, en las inmediaciones de la estancia de los herederos de Pedro Pacheco, y 20 de ellas cercadas de pared, en la que tiene construída casa decente con 25 tijeras y en ella plantados varios árboles, la que está actualmente trabajando; la estancia linda por la del sur con la de Manuel Lopez, por la del norte con Francisco Varela, por el este con el río Tunuyán, y por el oeste con la Pampa de Amaro. A su vez, la casa citada (4ta Sección, Ciudad de Mendoza) linda por el este calle Real en medio con casa de Francisco de Videla y Aguiar, por el norte con casa de Alexandro Moyano o sus herederos, por el sur con los herederos de Pascual Rodriguez, y por el oeste con sitio de Francisca Carrillo. (X,EC,P130,202-34)
Vicente Camaño y su esposa Manuela Coria le venden a Pascuala Nuñes el 22/9/1796, 2 cuadras de tierras distante 3 leguas al sur de la ciudad, las que lindan por el norte con calle Real y derechos de los herederos de Tomas Albarado, por el sur con Nicolasa Atencio y Mercedes Chacon, por el este con derechos de José Rodriguez, y por el oeste con la
acequia que da agua a las Chacras de Coria; al precio de 24$. (X,EC,P131,129)
Agustín Santander, albacea testamentario del finado Andrés Romero, le vende a Joaquin Zalazar el 15/9/1798, 6 y media cuadra de tierras en las cercanías de esta ciudad o paraje que llaman las
Chacras de Coria; que lindan por el norte calle por medio con Juan Jose Aguilar, por el este con Antonio Villegas, por el sur con Juan ¿ Anchimo ?, y por el oeste con Juan Nepomuceno Puebla; al precio de 195$ corrientes. (X,EC,P135,88)
Maria Aguilar le vende a Andrés Godoy el 12/9/1800, 9 cuadras de tierra en el paraje que llaman las
chacras de Coria, que lindan por el norte con tierras de los padres del otorgante y Nicolás Puebla, por el sur con tierras del comprador, por el este con el
Zanjón o acequia que da agua a esta ciudad (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), y por el oeste con tierras de los padres del otorgante. (X,EC,P139,98)
Antonio, Isidro, Mercedes y Melchora Coria le venden a Marcelino Videla el 7/1/1800, 8 cuadras de tierra que recibieron por herencia de su padre en el lugar nombrado las
Chacras de Coria a 3 leguas al sur de la ciudad; las que lindan por este costado con tierras de Antonio Villegas, por el este con derecho de Juan Josef Piña, por el norte con tierras de Juan Josef Aguilar, y por el oeste con tierras del comprador. (X,EC,P140,1)
Nicolas Candia le vende a Juan Aguilar el 24/12/1804, dos terrenos ubicados a 2,5 leguas al sur de la ciudad en las
Chacras de Coria; los que lindan por el sur con el comprador y Nicolás Puebla, por el oeste con el finado Alejandro Aguilar, por el sur con el comprador, y por el norte calle en medio con tierras de Juan Santos Puebla y del
Convento de la Merced. (X,EC,P150,172)
Francisco de Borja Perez se presenta ante el escribano Josef de Porto y Mariño el 24/12/1804, y declara que su difunta madre Juana Puebla le vendió a Maria Carrillo 1 cuadra de tierra en 14$, las que no fueron escrituradas; por tanto, emite el correspondiente instrumento de las tierras en cuestión, ubicadas en las
Chacras de Coria; las que lindan por el norte con Lucia Arce, por el sur calle en medio con el otorgante, por el este con tierras de Rosa Ponce, y por el oeste con la
acequia de los Sauces. (X,EC,P150,174)
Marcelino Gomez y Aguilar le vende a Matias Corbalan el 2/6/1805, un paño de tierras de 9 cuadras y 2.500 varas que heredó de su madre, citas en las
Chacras de Coria; las que lindan por el este con calle y derechos de Marcelino Videla, por el oeste con tierras sin agua, por el sur con los herederos de Beatriz Coria, por el norte con los herederos de Santiago Coria. (X,EC,P152,75)
Isidro Coria le vende a Pasqual Narbaez el 22/7/1805, 2 cuadras de tierra sin cultivo que heredó de sus padres, citas en las
Chacras de Coria; las que lindan por el sur con Diego Salas, por el norte con Antonio Coria, por el oeste con el otorgante, y por el este con el
camino, acequia y derechos de Marcelino Videla. (X,EC,P152,81)
Antonio Coria le vende a Gabriel Luis Carrera el 23/7/1805, 4 cuadras de tierra sin cultivo que hubo por herencia de sus padres, citas en las
Chacras de Coria; y lindan por el norte con Pedro Aguirre, por el sur con Isidro Coria, por el este con la
acequia y camino Real y derechos de Maria Villegas, y por el oeste con el otorgante. (X,EC,P152,90)
Juan Nepomuceno Puebla le vende a Juan Agustín Videla el 24/8/1808, 2 cuadras de terreno en el paraje que llaman las
Chacras de Coria, las que lindan por el norte con la viuda de Pascual Navarro, por el este con
calle y acequia de los Correas, por el sur con Matías Corvalán, y por el oeste con Melchora Coria. (X,EC,P157,37)
Josef Antonio Amigo le vende a Andrés ¿Alaniz? el 4/12/1810, un sitio en las
chacras de Coria; el que linda por el este con Fernando Calderón, por el sur con Pedro Antonio Moyano, por el oeste con la
acequia del Xarillar (calle Leopoldo Lugones y su continuación por Joaquín V Gonzalez), por el norte calle Real en medio con Melchor Valdebenites. (X,EC,P162,151)
Siendo gobernador José de San Martín, el 20/4/1816, José Ignacio de Quesada realiza el siguiente pedido: "en la mejor forma ante Vuestra Señoría (Cabildo de Mendoza), ha muchos días que oigo los clamores de los vecinos de las
Chacras de Coria por que no tienen fácil recurso para proveerse de carnes diarias, ramo de primera necesidad para las familias. Varias carnicerías hay, pero las que menos distan legua y media cuando no dos del expresado punto. A tanta distancia es difícil la ocurrencia de aquel vecindario diariamente. Continuas son sus lamentaciones, por esta razón, principalmente de los pobres que queriendo emplear un medio a un real en carne para matar la hambre, carecen de arbitritos para costearse el espacio de dos leguas. El punto indicado (Chacras de Coria) está demasiado poblado para que se deje atender al establecimiento de una obra que deprima sus clamores y socorro al mismo tiempo sus ingerencias. Yo me he propuesto desde luego a hacer de mi parte cuanto me sea posible; y para el efecto hago ante Vuestra Señoría mi solicitud para que se me permita un puesto o asiento para vender carne en la citada Chacra de Coria. Estoy pronto a satisfacer los correspondientes derechos; y supuesto que si mientras que no se graba el Estado, se hace de un Establecimiento Público benéfico". En respuesta al pedido, los integrantes del Cabildo: Manuel Ignacio Molina, Clemente Godoy, José Obredor, Manuel Balenzuela, Blas Dominguez, Eduardo Lima y Rosas, secundados por el escribano Cristóbal Barcala, le contestan que para no perjudicar los Remates de las carnicerías circundantes al punto en que solicita este interesado establecer el asiento de que trata, suspendan hasta el año entrante. El 27/4 desde Chacras de Coria, el recientemente nombrado Decurión de la zona, Juan Nepomuseno Puebla, solicita a las autoridades del Cabildo que tengan a bien se le permita a Quesada instalar la carnicería que solicita, debido a que los pobres pagan el doble por la carne porque se la traen a domicilio, ya que no pueden trasladarse al lugar de venta. Las autoridades del Cabildo determinan que la nota sea agregada a los antecedentes, y traslado a los Abastecedores de las Carnicerías de San Vicente (Godoy Cruz), de la Cruz de Piedra (Maipú) y de Silvestre Fernandez. (X,EI,C747,D63)
En la Ciudad de Mendoza en 16/1/1822; ante mi el Escribano Público de Gobierno y Hacienda y testigos, comparecieron Pedro Nolasco Ortiz, y los herederos del viejo Juan de Coria Bohorquez y dijeron, que tenían transado y definido el asunto que han tenido pendiente en los Juzgados Superiores de esta Ciudad de los terrenos de la Estanzuela, y considerando los perjuicios, gastos y dilaciones que han experimentado en sus desaveniencias, y también cuanto mayores se les pueden ocacionar su prosecución en juicio, han venido en transar y en que se extienda un instrumento para la debida constancia; a cuyo fin me pasaron el boleto en que se incluyen los puntos sobre que han formalizado su convenio, que para documentar esta escritura han determinado se incerte en ella, y es a la letra el siguiente: Señor Escribano don José Manuel Pacheco. Sírvase Usted extender escritura de transación cerca de los terrenos de la Estanzuela en cuestión entre los herederos del viejo Juan de Coria Bohorquez y Pedro Nolasco Ortiz, por cuanto hemos convenido en la forma siguiente. Que quedándose en posesión a Manuel Peralta de los terrenos que ocupa, a Justo Correas, a Hilario Ortiz, a Domingo Aberastain y sus herederos, como a Jacinto Espínola, sin perjuicio de los derechos que le asistan a Pedro Ortiz por los negocios y gastos del pleito. Del resto de tierras, esto es desde el Cerro del Melón línea recta al Sud hasta el Río, y de allí al Naciente hasta la acequia que da agua a la Ciudad (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), y desde allí asi al Norte hasta encontrarse con el derecho de Andrés Godoy y ranchos de María Videla, se le deje en posesión a dicho Pedro Ortiz por cuanto a él le cedemos, y en él renunciamos a cualesquiera derecho que ha dicho terreno tengamos, transfiriéndole completo dominio, haciéndoles absolutas donaciones, y reconociéndole por único dueño, pues es nuestra libre voluntad el que los posea y disfrute, como propietario de dichos terrenos, así como por los gastos que ha imperdido en el pleito por más de 7 años, como por el bien que de él hemos recibido, y con la calidad de que de dicho paño de tierras no ceda una suerte de tierras en la forma siguiente: desde la Puntilla y calle de María Videla, hasta la derecha de la calle de Juan Carlos por el costado del Poniente 11,18 cuadras, y desde allí tirando al Naciente por dicha calle hasta la Acequia llamada de los Coria 12 cuadras y siguiendo al Norte por el costado del Poniente hasta encontrarse con calle de María Videla y derecho de Andrés Godoy otras 11,18 cuadras, cerrándose por el costado del Sud con 7 cuadras que deben contarse desde dicha Acequia de los Coria hasta la Puntilla, o Cerrillos situados al Poniente, obligándose también dicho Pedro a patrocinarnos con cualesquiera gestión que se nos mueva por alguna cerca del derecho del expresado paño de tierras, como nosotros saldremos en la defensa y firmeza de todo lo pactado, más comprometiéndose a enterar a Francisco Segura el número de cuadras que reclama por la compra hecha a Juan Martínez de Rosas, con prevensión que dicho Pedro nos ha de permitir girar por sus terrenos una toma y acequia de agua para habilitar los terrenos que nos quedan sin agua en la que nosotros no podemos interesar a otros, debiendo entenderse que sólo por esta acequia únicamente se ha de regar el paño de tierras designado, siendo también digno de expresarse, que nosotros debemos dejar las calles correspondientes por todos costados para el fácil tránsito y comunicación a los terrenos de Pedro, y por cuanto en esto quedamos transigidos, ajustados y convenidos, previo el desistimiento del juicio y renuncia que hacemos del derecho que tengamos a los terrenos predichos, y de la donación intervivos que hacemos a Pedro Nolasco Ortiz, firmamos el presente bajo el compromiso y calidades antes dichas que se expresarán claramente en la escritura, y con las cláusulas de estilo y de derecho. Firman: Pedro Nolasco Ortiz, Francisco Aguilar, Francisco Borja Aguilar. A ruego de Melchora, Mercedes, Antonio e Isidro Coria: Juan Nepomuceno Puebla. A ruego de Gregoria Aguilar: Juan Nepomuceno Puebla. Concuerda este boleto con el original de su contesto a que me refiero y queda entre los del corriente año. Son testigos: Florencio Videla, Ignacio Reta Marín y Juan Nepomuceno Puebla (quien firma por los que no saben); ante mí José Manuel Pacheco, Escribano Público de Gobierno y Hacienda. (X,EI,P184,8)
Según el Censo Nacional realizado el 10/5/1895,
Chacras de Coria tenía una población de 1.511 personas y estaban ubicadas en zona rural. (10,Año 1895,T2,372)
Bernardo Martinez y Manuel J. Rufener, como Presidente y Secretario, fueron nombrados en
Chacras de Coria para la Subcomisión del 3er Censo Nacional, levantado el 1/6/1914 y ordenado por Ley 9.108 en la presidencia de Roque Saenz Peña y ejecutado en la presidencia de Victorino de la Plaza. (10,Año 1914,T1,393)
Según el 4º Censo Nacional del año 1947,
Chacras de Coria, contaba con una población de 3.500 personas (1.768 hombres y 1.732 mujeres); de los cuales, 468 eran extranjeros. (8,Año 1947,T1,307)
Bibliografía
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Z) Archivo Nacional de Chile.