En procesos de investigación...
Sucesos Históricos
El Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 54 del 9 de febrero; ordena:
Que por auto de fecha 4 del corriente, S.E.R. el señor Obispo de Mendoza ha declarado Patrona Celestial de los viñedos a la Santísima Virgen María, bajo el título de la Carrodilla;
Que los actos de bendición de la corona y coronación de la Virgen tendrá lugar el día 13 del corriente, a las 18 horas, de acuerdo al programa fijado;
Que la viña es la manifestación del trabajo fecundo del pueblo de Mendoza, al que el Poder Ejecutivo actual ha rendido un merecido homenaje exaltándolo con la institución de una festividad anual;
Que el auto del Excelentísimo señor Obispo de Mendoza, viene a poner bajo el amparo del poder divino los esfuerzos y sacrificios de nuestros trabajadores de la vid;
Que es procedente, entonces, que el poder civil adhiera a los actos resueltos en homenaje a la Patrona Celestial de los viñedos de Mendoza;
Que la iglesia de la Carrodilla, en que se venera la imágen de la Virgen del mismo nombre, data del año 1840;
Que el Calvario de la Carrodilla, emplazado frente a la iglesia, es un lugar sagrado vinculado también desde época remota a la devoción de los fieles;
Por todo ello; el Gobernador de la Provincia decreta:
Artículo 1º: Adhierese el Poder Ejecutivo a los actos con motivo de la coronación de la Vírgen de la Carrodilla, instituida Patrona Celestial de los Viñedos por auto de S.E.R. el señor Obispo de Mendoza.
Artículo 2º: Invítese a los miembro de los otros poderes, y a los funcionarios y empleados de la administración pública a concurrir al acto solemne de la coronación de la Vírgen, el día 13 del corriente a las 18 horas.
Artículo 3º: Encárgase a la Dirección Provincial de Turismo colaborar con las autoridades eclesiásticas para la organización de la fiesta.
Artículo 4º: Desígnase al señor Ministro de Industria y Obras Públicas, Ing. Frank Romero Day, para que en representación del P.E., haga uso de la palabra en dicho acto.
Artículo 5º: Declárese monumentos históricos la Iglesia y el Calvario de la Carrodilla.
Artículo 6º: Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Carta del diputado Benito Marianetti. Mendoza, 1 de octubre de 1938. Señor Director del DIARIO LOS ANDES. Presente. En la edición de hoy de "La Libertad", aparece transcripta una carta del señor
Guillermo Cano (h), cuyo original no ha llegado a mi poder. Estimaré de usted quiera insertar en su diario estas líneas, por las cuáles hago saber al interesado que si siente afectado por mis declaraciones hechas en la H. Cámara de Diputados a raíz del debate sobre certificación de algunos créditos en cuyos trámites ha intervenido, puede recurrir -si lo prefiere- a la justicia. No me ampararé en los fueros para demostrar no solo que se ha procedido con dolo, sino que aprovecharé la oportunidad para agregar algo más a lo que ya se ha expuesto en la Cámara de Diputados. Desde el punto de vista puramente personal, que el señor
Cano no plantea, también estoy a su disposición, pero siempre que la cosa sea en serio. Saludo al señor Director atte. Benito Marianetti. (8, 2/10/1938, 6)
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
6) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
7) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos 1 al 20.
8) Diario Los Andes (Mendoza), fecha, página.
9) Consejo Nacional de Educación, Libro de Actas Original, Número, Fecha, Página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C y D), Protocolos (P).
W1)
Vendimia.mendoza.gov.ar
W2)
Inv.gov.ar