La Fiesta de la Vendimia fue una costumbre que se transformó en tradición, como dijo Frank Romero Day en una carta a
Matilde O’Donnell en octubre de 1936, en la que felicitaba al
gobernador Guillermo Cano, su esposo, por la iniciativa de instituir
"Las Fiestas de la Vendimia de 1936" como un reconocimiento a la industria vitivinícola y un estímulo al turismo.
Hoy, esa tradición es una "Marca Registrada", empezando con las fiestas distritales y municipales; siguiendo con la Pisada de la Uva y la Bendición de los Frutos, la deslumbrante Vía Blanca del viernes y el majestuoso Carrusel sabatino; para cerrar con el espectáculo de danzas tradicionales y la elección de la Reina Nacional, coronada con el griterío de las hinchadas departamentales (en cada voto) desde las gradas del Frank Romero Day y en los cerros contiguos a nuestro emblemático Anfiteatro.
Por lo tanto, debe ser una usina generadora de divisas para la provincia y el conjunto de sus habitantes; desde aquellos viñateros que producen y venden el fruto de las vides en pesos devaluados, hasta los empresarios que exportan los vinos y derivados a cambio de valiosos dólares americanos; y, entre ambos, como eslabones de una cadena, diferentes actores y variadas actividades: agrícolas, ganaderas, comerciales, industriales y de servicios que, en forma directa o indirecta, se embeben de la Vendimia y le dan trabajo genuino a los mendocinos y las mendocinas los 365 días del calendario gregoriano.
Todos los sujetos que participan de la Vendimia (peones de viña, cosechadoras y bodegueros, empresas y emprendedores, reinas distritales y municipales, bailarines y bailarinas, gauchos y la gente al costado de las calles o en las galas vendimiales) son parte y objeto de ese engranaje que denominamos "Marca"; a la que nutren con su presencia y la potencian cada uno a su manera, haciéndola crecer a medida que transcurren los años y de cara a su centenario.
Sucesos Históricos
A partir del descubrimiento del valle de Cuyo por los colonizadores españoles a fines de 1550, el gobernador Pedro de Valdivia comienza a encomendar a los aborígenes de la región. El 17/11/1552, emite una real provisión en la que le hace merced a Juan de Cuevas de una encomienda en el valle de Mahuelturata (Uspallata, Punta de Vacas y Las Cuevas, Las Heras; Potrerillos, Luján de Cuyo) integrada por los caciques Ilchuna, Nicha, Cachino, Equilima y Coinincha, con todos sus indios (Pueblos Originarios) y sujetos. Es a partir de este momento, que los españoles toman control de las tierras y de las poblaciones Huarpes. Ese mismo año, Juan de Carmona dice que Cuevas hace cruzar la cordillera a los aborígenes para que labren sus
viñas que tiene en el valle del Aconcagua (Chile) y luego al tiempo de la
vendimia los hace venir a trabajar en la
cosecha. Luego, Cuevas tomaría el control de los valles de Cuio (Gran Mendoza) y Huanacache (Lavalle y La Paz), haciéndose de encomiendas a partir de su gran amistad con el gobernador Valdivia.
Las autoridades del Ayuntamiento disponen, el 1/6/1652, que como hace poco tiempo se ha terminado con la
vendimia, que no se venda
vino nuevo, ni añejo, sin que ante todo se pongan el precio al que se ha de vender y se traiga el
vino para que sea controlado, bajo pena de 4 $ de multa para el pulpero que no cumpla con la disposición. (3, 20)
El Cabildo, Justicia y Regimiento de Mendoza, se reúnen en el lugar acostumbrado el 4/5/1675; y se determina que atento a que los Capitulares se hallan embarazados en sus
vendimias (elaborando vino) se da punto y se cierran hasta mediados de junio las sesiones del Ayuntamiento. (3,609)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 21/3/1676, el procurador general Domingo Garín Aspeitia, presenta un escrito en el que solicita se reformen las arrobas y almúdes (control de los pesos y medidas). El Cabildo ordena el control, y es el fiel ejecutor Gregorio de Arce Lucero el encargado de medir y sellar las arrobas y almúdes. Luego, los Capitulares cierran las sesiones de Cabildo hasta fin de mayo por la
vendimia. (4,43)
El Cabildo de Mendoza el 9/4/1677, deja de sesionar hasta el mes de mayo por la
vendimia, debido a que se están perdiendo las viñas por las grandes
heladas que han habido. Firman el acta; los alcaldes, Bartolomé de Villegas y Figueroa y Antonio Peredo; los regidores, Alonso de Coria Bohorquez y Gregorio de Arce Lucero; y el alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo. (4,56)
Los alcaldes Juan de Molina Vasconcelos y Gregorio Gómez Pardo Albornoz; y los regidores, Gregorio de Arce Lucero y Francisco Nuñez de Villoldo; se reunen en el Cabildo de Mendoza el 26/4/1687, pero no hubo tema para tratar, ya que todos los vecinos están ocupados con sus
vendimias; es por ello que la sesión se cierra hasta el próximo sábado. (4,212)
El Cabildo de Mendoza reunido a son de campana tañida y congregados en la Sala del Ayuntamiento el 14/5/1751, acordaron que por estar inmediato el día de Corpus Christi y que es necesaria la decencia y el
adorno de la Plaza (Pedro del Castillo, Capital) para la procesión del Señor de Cielos y Tierra, y, que se hagan
altares como es acostumbrado, y para su ejecución y cumplimiento, mandan que se hagan vistas de las personas que han de hacer dichos
altares y arcos para el adorno de la Plaza, así para el día como para la octava, despachándose los autos necesarios para que se les notifique y haga saber así a los que hicieren de hacer los dichos altares, como a los
mercaderes y pulperos (quioscos de comidas y bebidas); imponiéndoles la multa correspondiente a aquella persona que no hiciere dichos arcos, y asímismo, para los
bailes de los Pardos y de los Indios se nombra a Joseph Antonio Morales, pardo, para que aperciba y junte los Pardos que hubieren de salir en dichos bailes, dándo parte al Corregidor, para que sea apremiado y castigado; y para el baile de Indios, se nombra por cabeza principal ... para que haga junta de todos los que conociere que puedan salir a bailar en dicha festividad, el día y la octava. El acta es firmada por el corregidor interino Eusebido de Lima y Melo, reemplazante del corregidor José Antonio de Ovalle que se encontraba enfermo, y el alcalde Francisco de Escalante, siendo certificado por el escribano Gaspar de Castro. (X,EC,SG,C14,D6,19)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 6/5/1758, acordaron que por hallarse próxima la celebración de Corpus Christi, es preciso que se adorne la plaza con los altares que comúnmente se hacen en las esquinas de ella, a saber: la esquina de la Iglesia Mayor por Angelo Francisco de Mayorga, Lucas Obredor y el carpintero Marcos Flores; la esquina de la Compañía por Nicolás Godoy, Juan Luis de Guebara y el carpintero Ramón Zapata; la esquina del Cabildo por Juan Martínez de Rozas, Pedro Nolasco Correas, Juan Joseph Gomez Lamas y el carpintero Clemente Flores; todos los mencionados harán dichos altares bajo pena de 25$ de multa. Asímismo, se despachará auto para que todos los
pulperos y tenderos hagan cada uno de su parte
un arco para adorno de la plaza para el día de Corpus y su Octava, bajo pena de 2$ de multa para el que no cumpla con la orden. (X,EC,SG,C14,D11,18)
El 20/4/1762, las autoridades del Cabildo de Mendoza y ante la proximidad de la festividad de Corpus Christi, nombraron a las personas que debían adornar las esquinas de la plaza con altares; y para los arcos que han de rodear la plaza se harán cargo los pulperos y tenderos; y asímismo, que cada uno de los
Gremios de Oficiales Mecánicos saquen una danza con la mayor decencia posible, para que acompañen las procesiones en el
día y la octava del Señor, quedando al arbitrio del Señor Corregidor (Félix José de Villalobos) la disposición de dichas danzas. (X,EC,SG,C15,D2,17)
Por bando del Cabildo de Mendoza del 11/5/1771, se ordena a la maestra Clemencía que cite a las
chinas (chicas) que han de bailar como es costumbre en la procesión de Corpus Christi y su octava (X,EC,C4,D47). Además, el Ayuntamiento ordena hacer
altares en las 4 esquinas de la Plaza (Pedro del Castillo) para la dicha procesión; Italo Reta y Juan Correa son los encargados de hacer el altar de la esquina del arenal (X,EC,C4,D48). Al año siguiente, se ordena hacer los altares en las siguientes esquinas: 1º) En la esquina de la Compañía (Jesuítas, hoy Ruinas de San Francisco) a Francisco Escalante, Marta Zeballos y el carpintero Juan Gonzales; 2º) La esquina del Cabildo (Beltrán y Videla Correa) a Nicolás Godoy, Francisco Cruz y el carpintero Juan Domingo García; 3º) La esquina de la Iglesia Mayor (Ituzaingo y Alberdi) a Joseph Quevedo, Pedro Espinoza y el carpintero Juan de Dios (X,EC,C4,D53).
El corregidor Jacobo Bardarán emite un bando el 17/8/1773, en el que ordena que los días de toros y cañas (corridas y competencias) que se hacen en celebración del Patrono Santiago, ninguna persona desde las 10 de la mañana hasta el toque de la queda, anden a caballo dos cuadras entorno de la plaza, y que los dueños de los
tablados pongan en sus respectivos sitios 4 faroles, 2 a la parte interior de la plaza y 2 a la parte de afuera, y asímismo, los que tuvieren
bodegones, ambos, regarán todos los días desde sus sitios hasta la barrera inmediata al Cabildo; y dando la queda, cerrarán y desembarazarán los
bodegones y tablados (quioscos o similar). (X,EC,SG,C5,103)
El presbítero Francisco Correa de Saa emite su testamento el 9/8/1775, y en el declara que tiene: una casa en la ciudad que tiene dos bóvedas con sus puertas que sirven para guardar
fuegos para San Juan (fuegos artificiales para la fiesta de San Juan Bautista); más, un
parral de moscatel con varios árboles frutales; más, 4 láminas con las imagenes del
Rosario, del
Carmen, de San Francisco y San Joaquín; más, un altar portátil de jacarandá con sus tres chapas de plata; más, un cuadro de
Nuestra Señora del Carmen de a vara; más, una paila de hacer dulce y otra de panales (¿miel?); más, dos planchas de planchar ropa; más, dos parrillas y un asador de fierro; también declara, una viña y 14 tinajas llenas de
vino y 3 de
aguardiente, y en las vasijas de Arismendi (vecino) hay 290 arrobas de
vino y se rebaja de borra 22 arrobas. (X, EC, P100, 10. Inventario completo)
En la sesión del Cabildo de Mendoza del 1/3/1783, respecto de hallarse cerca la festividad de Corpus Christi y que por no haber fondos en la ciudad con qué costearse los altares y demás adornos que debe costear la ciudad para la celebración y festividad de este día, por costumbre establecida se ejecuta con pensión del vecindario, haciendo éste los altares y los gremios de los oficios mecánicos
danzas y mojigangas. (X,EC,SG,C16,D9,22)
En el Cabildo de Mendoza el 13/6/1786, acordaron que para la próxima celebración de Corpus Christi que los vecinos pongan altares por donde pasa la procesión el día y su octava, y habiendose hecho exámen de la lista de los que han hecho desde el año de 1780 al presente, elgieron a: Lucas Neyra Adalid y Manuel Rodriguez en la esquina de la Iglesia Mayor, a Isidro Saenz de la Maza y Antonio Tabares en la esquina que fue de los Jesuítas, Francisco Correas y Jacinto Lemus en la esquina del Cabildo a la parte del sur; y respecto a haberse prohibido los
bailes de las chinas, zapateros y carniceros, con las demás distribuciones que concurren los demás gremios para que estos concurran con menor pensión en el Arco Toral, arcos, ramas y barredura de la Plaza, se agrega el gremio de los plateros para el dicho Arco Toral, el gremio de los Barberos y Zapateros, contribuyendo cada maestro con 8 reales para el costo de él; y se comete su ejecución al maestro Sacarías de la Fonseca del gremio de los arrieros y carniceros, echaran cada uno dos cargas de ramas y encargado de ello Eusebio Parejas del gremio de sastres y herreros; para barrer la plaza cometida a José Antonio Silva del gremio del Comercio y Pulperos para arcos; todos con la multa de 2$ si no lo cumplieren. (X,EC,SG,C17,D1,25)
Son nombrados por el Cabildo de Mendoza el 10/5/1788, las personas que han de hacer los altares en las esquinas de la Plaza Mayor, y siendo costumbre que el gremio de los plateros y barberos pongan un arco toral en la puerta de la Iglesia y destinándose a uno de los maestros para que haciendo cabeza la ejecute, se nombrará para este año al maestro platero Josef Pedro y por lo cual respecta a los demás gremios conforme a los acostumbrado los pulperos y tenderos poner arcos por donde ha de pasar la procesión; los arrieros deben traer a la Plaza dos cargas de olivos cada uno para clavar a los costados de la procesión cuya diligencia como la de barrer deberán practicar los zapateros, sastres y herreros. (X,EC,SG,C17,D3,20)
Enterado de la pérdida de legumbres en la villa de San Carlos, conozco que cuando no haya otro arbitrio, será bueno el de que algunos se conchaben en la
Vendimia... antes que esto suceda es mucho mejor medio socorrerles de porotos u otras menestras, aunque sea comprando una buena cantidad del producto de la carnicería o de los ganados de San Luis, cambiados por el
aguardiente y repartirlos entre los que han quedado sin este auxilio, la precisa ración de menestras y no más. Oficio del gobernador Sobre Monte al comandante Josef Francisco Amigorena, Córdoba 6/4/1790. (X,EC,C61,D16)
Como por Real Pragmática están prohibidos en todos los dominios del Rey las diversiones de
cohetes voladores y demás fuegos artificiales, cuidará Vuestra Majestad de que no se usen en las funciones que disponga. Carta del virrey Joaquín del Pino al Comandante de Armas de Mendoza, Buenos Aires 21/10/1801. (X,EC,C47,D75)
En 1911 el inmigrante español José Trianes Diaz que había llegado en 1908, presenta un proyecto al gobierno provincial. El mismo destaca la creación de una bodega provincial en Buenos Aires, la
celebración de la Vendimia, un suplemento referido a las técnicas de elaboración del vino y la difusión del vino mendocino en el país.
En ocasión de reunirse en Mendoza el "Segundo Congreso Nacional de Comercio e Industria", se realiza un
festejo vendimial organizado por José Trianes Díaz el 11/4/1913. En el mismo, un desfile de carrozas recorre las calles de la ciudad, seguidos por una secuencia de carros que muestran la evolución de la vitivinicultura y, cierra el desfile, un grupo de 100 vendimiadores de a pie. En esta fiesta no se elige reina.
El 27/9/1922 Los Andes titulaba: "La incidencia entre el director de Los Andes y los Sres. Edgardo y
Frank Romero Day"; y agregaba: en la ciudad de Mendoza, a los 25 días del mes de setiembre, y siendo las 10 horas, se reunieron los representantes del señor Edgardo Romero Day, coronel don Octavio Fernández y don Baltazar Falgarona, y los del Sr.
Jorge Calle, señor Manuel A. Ceretti y Dr. Raúl Godoy, y enagenados los respectivos poderes, los representantes del señor Romero Day dijeron: Que existiendo conceptos ofensivos para su representado en el suelto titulado "La Asamblea Deroguista", aparecido en el número de Los Andes del 25 del corriente, tenían mandato de exigir del director del diario, una amplia retractación o, en su defecto, una
reparación por las armas. El altercado no llegaría a mayores, debido a que las partes entendieron que hubo una confusión en los dichos. (8,5)
Como antecedentes de la Fiesta de la Vendimia, estaban los
Corsos de las Flores en Ciudad (Avenida Sarmiento), Guaymallén (Plaza San José) y otros departamentos, que se realizaban a partir de octubre, por la noche y al día siguiente en la mañana. Por ejemplo en 1928, el sábado 6 a las 21 horas y domingo 7 de octubre a las 16 horas, se llevaría a cabo en torno a la plaza de San José el
Corso Primaveral de Flores a beneficio del panteón del Magisterio, con la colaboración de damas y señoritas que ultimarían los detalles concernientes a la
iluminación y ornamentación del mismo; por tal motivo, los alumnos del Colegio Nacional preparaban un número especial, con la adhesión de varios establecimientos educacionales y
carros algegóricos: escuela Alem, "Las inspiraciones de un poeta"; escuela Sayanca, "Canastilla de flores"; escuela Rafael Obligado, "Escenas criollas" (8,1/10/1928,10). Otro ejemplo, es en 1929 y por el éxito alcanzado el año pasado por el Corso Infantil de Fantasía, que organizaba el pro-panteón del Magisterio, pondría en evidencia la completa organización de que se hizo gala y que tan grato recuerdo dejaba entre los asistentes; por tal motivo, la mayoría de las escuelas superiores, elementales e infantiles concurrirían con
autos, carros y camiones adornados, contribuyendo a dárle mayor vistosidad al evento; fiesta que auspiciarían las señoras: María Elena Morán de Corominas Segura, Fany Day de Zapata, Sara Correas de San Martín, Alejandrina Gallegos de Ballofest, Milagros Llanos de Correa, Angélica Serú de Guiñazú, Sofía Knoll de Correa,
Matilde O'Donnell de Cano (esposa de Guillermo Cano), Aida Mercader Bosch de Zapata Day, Raquel de la Vega de Ocampo de Vera Vallejo, Elina Civit de Arenas y otras (8,28/9/1929,4).
Partido Democrata Nacional, 15/10/1934. Los señores
Guillermo G. Cano y Cruz Vera fueron proclamados candidatos a Gobernador y Vice. En horas de la tarde se eligieron los candidatos a diputados titulares y suplentes por el segundo distrito electoral. Fueron aprobadas las reformas a la carta orgánica y la plataforma electoral. (8, 15/10/1934, 6)
Durante la gobernación de Guillermo Cano, y siendo Ministro de Industrias y Obras Públicas, Frank Romero Day, se instituye la
Fiesta de la Vendimia por decreto 87 del 3 de marzo de 1936;
Considerando:
Que el cultivo de la vid y la industrialización de sus frutos constituyen una expresión tradicional del trabajo mendocino, en forma tal, que uva y vino están identificados con el nombre mismo de la Provincia;
Que es por ello conveniente exaltar en el alma popular el sentimiento de amor y adhesión hacia una actividad de que deriva en gran parte el trabajo y la riqueza colectivos;
Que dicho fin puede alcanzar eficazmente consagrando la época de la vendimia de la uva, con fiestas en que la natural alegría de la cosecha sea la coronación jubilosa del año de trabajo cumplido;
Que la música y el canto apropiados, son el complemento indispensable de todas las fiestas y el medio más seguro de penetrar en las raíces del alma popular;
Que la institución de una festividad así, es indudable que contribuiría a acrecentar la corriente de turismo hacia la Provincia, con evidente beneficio para el fomento del consumo de uva, el vino y otros productos regionales;
Que la afluencia de turistas representa un ponderable valor económico para las regiones que visitan, por donde resulta conveniente estimularla en toda forma;
Por ello; el Gobernador de la Provincia decreta:
Articulo 1º: Institúyase en la Provincia la Fiesta de la Vendimia, cuya fecha se fijará anualmente por el Poder Ejecutivo.
Artículo 2º: El Ministerio de Industrias y Obras Públicas establecerá todos los años el programa de las festividades y su duración, y tomará las medidas necesarias para cumplirlo, debiendo prestarle su concurso todas las dependencias de la Administración Pública.
Artículo 3º: Institúyase un premio anual de ($1.000) un mil pesos M/N, para la mejor "Canción de la Vendimia" (música y letra) del año, juzgada sobre todo por su carácter popular susceptible de despertar entusiasmo en el canto.
Artículo 4º: Dicha canción deberá tener entre 5 y 8 estrofas y un estribillo, todo alusivo al tema de la vendimia, de la uva y el vino.
Artículo 5º: Un jurado compuesto por el Director de Industrias y Fomento Agrícola, el Director de la Banda de la Policía, los Directores, en la Provincia, de los Conservatorios "D'Andrea" y "Resta" y los Directores de los diarios "Los Andes" y "Libertad", presidido por el Señor Ministro de Industrias y Obras Públicas, reglamentará las bases del concurso y discernirá el premio por mayoría de votos.
Artículo 6º: Fíjase hasta el 31 del corriente como plazo para la presentación de los trabajos a que se refiere el artículo tercero.
Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial.
Carta de Frank Romero Day a Matilde O'Donnell: El Ministro de Industrias y Obras Públicas de la Provincia de Mendoza. Señora Matilde: Espero que este recuerdo le sea agradable. … las "Fiestas de la Vendimia de 1936", que el gobierno de la Provincia ha instituido en …... al/el anual, como un reconocimiento a nuestra industria principal, y un estímulo al turismo. Don Guillermo, que tuvo la feliz iniciativa, y le dio su exclusivo apoyo, ha instituido así a formar una nueva tradición para Mendoza, y a embellecer la historia de nuestra “patria chica”. Afectuosamente: Frank Romero Day, Octubre de 1936.
Bibliografía
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4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
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8) Diario Los Andes (Mendoza), fecha, página.
9) Consejo Nacional de Educación, Libro de Actas Original, Número, Fecha, Página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C y D), Protocolos (P).
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