Los pueblos originarios de Mendoza -huarpes, pehuenches, puelches y otros grupos andinos- fueron la base de la población en tiempos coloniales. Sus vínculos con europeos y africanos dieron lugar al mestizaje, una fusión biológica y cultural que definió la identidad americana.

Este espacio reúne documentos sobre indígenas en la región, sus formas de vida y las transformaciones que sufrieron bajo la colonización. También muestra cómo el mestizaje generó nuevas categorías sociales, como mestizos, mulatos, pardos y zambos, reflejando la diversidad y complejidad de la sociedad mendocina.

Sucesos Históricos

Reunido el Cabildo de Mendoza el 13/1/1607, convinieron en proveer de remedio a las piezas de yanaconas, chinas y muchachos, que de esta provincia (Cuyo) se llevan hurtados por algunas personas para las gobernaciones de Tucumán y Paraguay y la ciudad de Santiago (Chile); por lo cual mandan que ninguna persona mercader, lleve hurtada ni que a la voluntad de sus dueños pieza ninguna de yanaconas, chinas ni muchachos, bajo pena de 100 pesos oro; la tercera parte para el denunciador y el resto para cámara de su Majestad y gastos de Cabildo. Mandaron que se pregone públicamente en la plaza pública (hoy Pedro del Castillo); firman el acta: Gregorio Morales de Albornoz, Juan de Contreras, Alonso de Videla, Alvaro de Gelvez, Alonso de Cepeda, Antonio Borjes, Bartolomé de Rojas y el escribano Juan Flores. (1,382)

El 12/6/1693, el gobernador Tomás Marín González de Poveda, emite un bando para todo el reino de Chile, en la que ordena que todos los encomenderos (españoles) deben presentar los títulos de propiedad de sus encomiendas (pueblos originarios), para lo que así no lo hagan, las mismas, quedarán vacantes. Para los encomenderos cuyanos, el plazo de presentación será de 30 días y deberán presentar los papeles en la Secretaría de Gobierno. (6,T2,403)

El vicario Francisco Correa de Saa presenta una petición al Cabildo el 28/6/1738, en la que declara que conociendo la grave obligación que tengo por mi oficio de enseñar a la plebe y gente ordinaria la doctrina cristiana y de que lastimosamente se carece en todo el curato dependiendo de aquí la salvación de las almas, el culto y adoración a Dios nuestro Padre; es por ello que, para poder cumplir con esta obligación tan precisa necesito del auxilio de Vuestra Majestad, que con su autoridad y celo, mande a los Alcaldes de la Santa Hermandad, que a todos los indios e indias que no están sirviendo en la actualidad a las Señoras, y asímismo, mestizos y mestizas, mulatos y mulatas, libres, los cite amenazándolos con el temor a las Justicia de su Majestad, para que comparezcan todos dentro de dos domingos que se contará 6 de julio en la Iglesia de San Agustín a oir mi misa, oraciones y doctrina cristiana, para que así juntos pueda yo darles algún gasto espiritual, y señalarles fiscales que en adelante cuiden de que se junten en tan santa obra. (X,EC,SG,C13,D12,24)

En la escribanía de Francisco de Videla se reúnen el 12/3/1749, Joseph Correa y su esposa Tomasa Rui de Villegas por una parte y, por la otra, Francisco Corbalán y su esposa Clara de Escalante, a fin de realizar una permuta; Joseph y Tomasa, entregan un mulato llamado Urbano de 35 años de edad, el cual, compraron por justo título, y lo enajenan con todas sus tachas, buenas o malas, públicas o secretas, al precio de 310$; Francisco y Clara, entregan la mitad de una estancia de la que poseían los herederos de Juan de Videla en el paraje nombrado Capi (San Carlos), en los distritos inmediatos de la frontera de Jaurua, la que fue comprada a Francisco Gonzales y su esposa Josefa de Videla, quien recibió esta parte por razón de su escencia paterna, como consta de su hijuela de partición hecha por Juan de Corbalán y Francisco de Videla, contadores y partidores, nombrados en 26/6/1747, la que se le adjudicó a dicha Josepha con el cargo y condición de dividirla con su hermano Fernando, a quien se le adjudicó la mitad de todas las tierras que comprende la dicha estancia, según consta en los registros del alcalde Santiago de Puebla del 28/6/1747. Son testigos de la operación: Agustín Lopez, Justo Videla y Domingo Moncla. (X,EC,P55,28)

Joseph Rocha le vende a Joseph Nieto el 1/3/1769, un negro de color azambado llamado Pedro Joseph de 30 años de edad, el que heredó del difunto Agustín Rocha para el pago de sus deudas; en la suma de 300$ libres de alcábalas, con todas sus tachas buenas o malas y enfermedades públicas y secretas, libre de censo, hipotecas, ni otra obligación tácita ni expresa. El acto es certificado por el escribano José Lagos. (X,EC,P88,132-45)

Bernarda Mayorga, hija legítima de Angelo Francisco de Mayorga y Teresa Molina, emite su testamento el 4/5/1774, y declara es su voluntad que atento a los servicios y asistencias que debo a una parda esclava llamada Rosa, que se incluye en el cuerpo de bienes que quedaron por muerte de su padre, solicita se le adjudique en parte de lo que debe y se le otorgue carta de libertad, con la condición que quede en compañía de su hermana, cuidándola y asistiéndola. (X,EC,P97,18)

En la ciudad de Mendoza en 4/9/1788... compareció doña María de la Concepción Gomez... y otorga por la presente que vende... a don Rafael de Sobremonte... Gobernador Intendente de esta Provincia... una mulata, su esclava, llamada María Dominga, en cantidad de 400 pesos. (X,EC,P120,70)

En la orden que comuniqué a Usted para el alistamiento de milicias, excluyendo los Pardos, los casados con indias o mujeres de baja esfera, y demás que se expresan, se padeció la equivocación de juzgar el "pie de los cinco" que a lo menos debe tener cada hombre de estatura por la tercia del país; y notando que esta es menor que el pie de París a que debe arreglarse la medida de la talla, incluyo la dimensión del referido pie, para que por ella, se cuenten los cinco y de ahi en adelante las pulgadas que van señaladas en él. Oficio del gobernador Sobre Monte al comandante Josef Francisco Amigorena, Córdoba 17/7/1790. (X,EC,C62,D23)

Hallándose por muchos años de presidiario en Montevideo el indio Martín Pelquilla y sin declaración de su delito ni condena, determiné se le pusiese en libertad con prohibición de que pasa por ahora a esta banda por si fuese Pampa e intentase volverse a los suyos y servirles de bombero, según lo han practicado varios aún después de haberse vuelto cristiano. Carta del virrey Nicolás de Arredondo al Comandante de Armas de Mendoza, Buenos Aires 16/7/1794. (X,EC,C47,D10)

Jose Chacón, hijo legítimo de Miguel Chacón y Antonia Moncada, emite su testamento el 16/2/1798, y declara que un esclavo llamado Agustín, de color claro que se dice mulato, por haberlo servido bien y fielmente, le concede la libertad luego de su fallecimiento; declara por bienes: un sitio y casa de su morada, que es un cuarto de solar y linda por el este con el Zanjón (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), por el norte calle Real en medio, por el sur con los herederos de Francisco de Videla y Aguiar, y por el oeste con sitio de su hermana Barbara Chacón, el cual le deja a su sobrinita Margarita hija de Lorenzo Montero y Maria Barbara Chacón. (X,EC,P135,23)

En la ciudad de Mendoza en 6/3/1799... pareció María de los Angeles Lemos... y dijo que tenía tratado con el Padre Lector fray Domingo Belasco, de la Orden de Predicadores, la venta de una mulata, su esclava... según boleto presentado al Alcalde de Primer Voto, es como sigue: "Doña María de los Angeles Lemos, mujer legítima de don Mariano Moiano, ante VM parezco y digo que me hallo en el día con urgente necesidad de vender una esclava mía propia, heredada de mis padres, porque así conviene por varias razones que por no molestar la atención de VM las omito, la cual criada tengo tratada con el Padre Lector fray Domingo Velasco, y como para verificar la ejecución de la escritura necesito que la justificación de VM servirá suplirme la licencia marital que el derecho previene respecto de hallarse el expresado mi marido ausente en la Capital de Buenos Aires y dificil su pronto regreso"... (X,EC,P137,21)

Manuel Silbestre Videla vende a José Requero el 11/6/1800... un negro sambo llamado Juan, de su propio dominio, el que no está sujeto, obligado, ni hipotecado a responsabilidad alguna... lo vende en 200 pesos... para que sea su esclavo sujeto a su servidumbre y por tal lo posea, venda, cambie y disponga de él a su arbitrio... (X,EC,P140,45)

Bernarda Asedo Rico dijo que habiendo llegado a Mendoza se hospedó en la casa de la finada Juana Corbalán con fecha 14/6/1800, la que le franqueo una mulata esclava suya llamada Fulgencia para que la sirviese durante su estadía; la cual ha verificado con tanto esmero y lealtad en la asistencia que le administró en la enfermedad del parto, como igualmente en el cuidado y la crianza del recién nacido, ha resuelto donarle el dinero para su libertad, aunque deberá viajar con ella a Santiago de Chile y servirla durante 4 años, luego de lo cual quedará libre; por lo que solicita tasación de la dicha (X,EC,P140,46). El 25/6 Bernarda, de paso en Mendoza y de camino para la de Santiago de Chile, se presenta ante el escribano Josef de Porto y Mariño, y entrega el dinero para la libertad de Fulgencia, que fue tasada en 200 pesos, la que dijo ser apoderada de su marido José Samaniego, Ministro de Real Hacienda en Santiago de Chile, con el fin de que Jacinto Godoy, a quien se le adjudicó la dicha esclava le otorgue la escritura de libertad, pero este no conforme con la donación y porque este contrato fue celebrado sin la aprobación de Samaniego, objetando que el dicho en cualquier momento podrá objetarla (X,EC,P140,48). El 26/6, Juan Godoy dijo que por cuanto Juan José Lemos como apoderado de José Samaniego le entregó 280 pesos para la operatoria, Godoy acepta la suma acordada (X,EC,P140,49).

Narcisa Lima le vende a Ignacio Reta el 16/12/1801, un mulato esclavo llamado Santiago de edad como de 14 años en cantidad de 245 pesos... El acto es certificado por el escribano Josef de Porto y Mariño, fueron testigos: Joaquín Sosa, Manuel Silvestre Videla y Pedro Esteban Frey; y, por no saber firmar Narcisa, lo hace su hijo Nolasco Mayorga. (X,EC,P143,131)

Ancelma Godoy el 25/2/1803, que, por fallecimiento de su marido Andrés Antonio Moyano, declara que quedaron algunos bienes por dividir entre sus hijos... Tasó un mulato reblanquido llamado José Andrés, sano, como de edad 20 años al precio de 250 pesos y una mulata renegrida, llamada Florentina, como de edad de 18 a 20 años en 300 pesos. (X,EC,P146,33)

María Mercedes Astorga, hija de Pedro Nolasco Astorga y de Lorenza Illescas, emite su testamento el 1/9/1803... Declara que a una niña nombrada Manuel Astorga, que he criado, le soy deudora de 150 pesos, que recibí de su padre, para que se le comprase un sitio, y porque habiendose invertido en este destino, se suscito pleito sobre el sitio comprado, se me devolvió el dinero, el cual he invertido en adelantamientos de mi hacienda, mando a mis albaceas, que no solo se le entregue a la dicha Manuela, la expresada cantidad, sino también 150 pesos mas por intereses. Declara que es mi voluntad legar a favor de la referida Manuela, en atención al distinguido amor con que me ha servido, a su juiciosa conducta, dos esclavos, un varón y una hembra. Declaro que fui casada con Nicolás Hernández y tuvimos por hijos: Petrona, María Josefa, Pedro Pablo y José Ignacio. Declaro que a mi niento José León Dominguez, se le den dos carretadas de vino. (X,EC,P146,104. Codicilio: P146,124)

Josef de Porto y Mariñó y su esposa María Antonia Corvalán le venden a Ramón Saez el 17/3/1804... un mulato esclavo, llamado Domingo, de edad de 17 años, el cual hubo doña María Antonia por legado que le hizo don Gaspar Serrano. (X,EC,P148,77)

Francisco Xavier Lachi le vende a José Obrador el 20/12/1804, un esclavo suyo propio llamado Rudecindo, mulato, de edad de 18 años, que no padece mal del corazón, gota, ni otro accidente, ni enfermedad pública, ni secreta, no es prófugo, ladrón, borracho, ni tiene otro vicio, tacha, ni defecto, que le impida servir bien, ni ha concebido delito porque merezca pena capital, ni ser deportado, ni relegado, ni tampoco está sujeto obligado, ni hipotecado adeuda, ni responsabilidad alguna... en cantidad de 200 pesos. (X,EC,P149,104)

Manuel Balensuela le vende al licenciado Anacleto García, Médico y Cirujano del Regimiento de Voluntarios de Mendoza, una criada mulata esclava llamada María del Tránsito, como de 8 años, y en la actualidad gravemente enferma y con remotas esperanzas de su salud, bajo de este conocimiento y certeza, y como asistida y medicinada por el enunciado Anacleto, ha aceptado a esta venta en 80$. El acto es certificado por el escribano Pedro Pablo de Videla el 5/1/1805. (X,EC,P148,9)

Marcelino Gomez y Aguilar dijo el 1/6/1805, que Santiago Villegas, por su disposición testamentaria, bajo la cual falleció, ordenó que a un mulato esclavo suyo llamado Isidro se le dé la libertad después de su fallecimiento, y en consecuencia como albacea testamentario del dicho, otorga que da y concede plena libertad al expresado esclavo Isidro, a fin de que la tenga, goce y disfrute, como si fuera naturalmente libre; desapodera, desiste, quita y aparta a los herederos y sucesores, desde hoy para siempre jamás... pues para ello formaliza a favor del precitado Isidro esta escritura con los requisitos legales que sean precisos y conducentes a su mayor estabilidad, me pide que de ella le dé las copias autorizadas que quiera para su resguardo, y obliga los bienes de la testamentaria del nominado Santiago, a no revocar total o parcialmente ni reclamar esta libertad. (X,EC,P152,73)

José Gabriel Puebla le vende a Juan Barrionuevo el 6/12/1806, un esclavo suyo propio que le compró al Convento de San Agustín, llamado Felipe mulato negro, al precio de 250$. (X,EC,P153,147)

El R.P. frai José Manuel Roco, Prior Actual del Convento de San Agustín, le vende a Manuel Hilario Almandoz el 25/6/1808... un mulatillo esclavo, de su dicho Convento, llamado Pedro Alcantara, como de edad de 12 a 13 años, sano, con peste y sin facha (tacha) alguna, en 180 pesos. (X,EC,P148,10)

En la Ciudad de Mendoza en 17/5/1819; ante mí, el Escribano y testigos: el coronel mayor Hilarión de la Quintana (tío político del general José de San Martín), residente al presente en esta Capital dijo: que tiene y posee una mulata su esclava llamada Juliana como de 18 o 20 años, que hubo por compra que de ella le hizo a Agustín Moyano de este vecindario, en cantidad de 280 $, como consta de la escritura otorgada en 7 de julio del año pasado, ante el escribano José Antonio Moreno; y como dicha esclava le haya servido de "Ama de Leche" del hijo del Señor Otorgante (Quintana), ha determinado remunerarle este servicio eximiendola de la esclavatura. Por tanto, y para que tenga efecto, por el tenor de la presente, da plena libertad a la citada Juliana para que la tenga, goce y disfrute, como si fuera naturalmente libre, renunciando desde hoy para siempre, bajo la condición que se expondrá adelante; el dominio que hasta ahora ha tenido, y el derecho de patronato que podría tener sobre ella, y confiriéndole amplia facultad para que trate, teste comparezca en juicio por sí, o por medio de sus apoderados, y practique sin intervención del otorgante todo cuanto está permitido a los que nacieron libres, pues para ello formaliza a su favor esta escritura con los requisitos conducentes a su estabilidad; me pide que le dé de ellas las copias autorizadas que quiera para su resguardo. Con la precisa e indispensable condición, de que siempre que la citada Juliana, hable o profese, la menor expresión contra la conducta y honor del otorgante, o el de su Señora Esposa, por leve que sea, en esta Capital, fuera de ella, o en cualesquiera otra parte, queda por el hecho, queda sujeta a su antigua esclavitud y servidumbre al otorgante, y éste con plena autoridad, dominio y señorío, para volverla a su poder desde donde se halle, enagenarla, o de tenencia de ella como su propia y legítima esclava; reservándose el derecho y facultades que le franquean las leyes en este caso. Así lo otorga y firma a quien doy fe y conozco, siendo testigos: Salvador Iglesias y Santiago Miranda; certificado por el escribano Cristóbal Barcala. (X,P177,101-102)

Bibliografía

1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo (T) 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
6) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
7) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomo 2.
8) Revista de la Junta de Estudios Históricos.
9) Canals Frau, Salvador (1942): Acotaciones etnológicas a un pleito sobre indios mendocinos del siglo XVI.
10) Registro Oficial y Nacional de la República Argentina.
11) Biblioteca Indec.gob.ar
12) Diario Los Andes (Mendoza), Fecha, Página.
13) Diario La Palabra (Mendoza), Fecha, Página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C y D), Protocolos (P).

Indígenas y Mestizaje en Mendoza: Pueblos Originarios y Castas: Historia de los pueblos originarios de Mendoza y el proceso de mestizaje. Crónicas sobre los huarpes, encomiendas coloniales, caciques, mulatos y zambos de la región.