La justicia penal en Mendoza ha sido el escenario donde se resolvieron los delitos y crímenes que marcaron la vida social de la provincia. Desde los alcaldes ordinarios y la Santa Hermandad en tiempos coloniales hasta los tribunales modernos regulados por el Código Penal y el Código Procesal Penal provincial, este fuero refleja la evolución del control social y la sanción de las conductas más graves.

Aquí se reúnen documentos sobre asesinatos célebres, construcción de cárceles, organización de la justicia criminal y sucesos que muestran cómo la sociedad mendocina enfrentó la violencia y el delito. El fuero penal es, en definitiva, el espacio donde la justicia busca proteger a la comunidad, garantizar el orden y documentar las historias más intensas de la vida pública.

Marco Normativo

Código Penal de la Nación; aprobado por Ley Nacional 11179 del 30/9/1921...
Código Procesal Penal de la Nación; aprobado por Ley Nacional 23984 del 21/8/1991...
Código Procesal Penal de Mendoza - Fuero Penal Colegiado; aprobado por Ley Provincial 9040 del 27/12/2017...
Ley de Juicio por Jurados Populares; aprobado por Ley Provincial 9106 del 16/10/2018...

Sucesos Históricos

En Santiago de Chile el 15/4/1563, el pregonero Francisco de Figueroa, intima a los vecinos que tienen encomiendas y tierras en la Resurrección que vuelvan a riesgo de perderlas, bajo pena de multa y cárcel para el que no cumpla con la orden. Los notificados son: Diego Ronquillo de Peñalosa, Cristboal de Buiza, Alonso de Videla, Francisco de la Peña, Juan Martín Gil, Nicolás de Aguirre, Juan Fernandez Herrador, Diego de Velasco, García Hernandez, Francisco Rubio, y otros. Un día antes en Mendoza, Juan Gómez de Don Benito reemplaza a Frnacisco de la Peña en su cargo de regidor por encontrarse en Chile. (1,1)

Pedro de Ribas el 3/12/1604, llegado en la expedición de Castillo en 1561, es sancionado por las autoridades del cabildo, por negarse a participar de un enfrentamiento con aborígenes por la muerte de Toribido de Dueñas y de la expedición que descubrió el camino a Buenos Aires a cargo de Alvaro de Jelves; por lo que Ribas intima a los capitulares con muchos desacatos, tanto que dijo que iba a dar de puñaladas a sus Majestades; por lo que se lo destierra de la ciudad. El castigo es firmado por el corregidor Gerónimo de Benavidez. (1,301)

En la elección de autoridades de 1607, los capitulares acuerdan pasar las sesiones a los días sábados de cada semana, bajo pena de 1$ oro para el que no asista. Las multas seran contabilizadas para los gastos del cabildo y para comprar una campana, que se ha de utilizar para llamar a las autoridades a las dichas reuniones. El 7/1, por la falta de alguacil no se ejecutan los mandamientos y tampoco se hacen las rondas nocturnas, Sebastián de Cepeda que se encargaba de ellos se ha ido a la chacra de Manuel a cocinarle; es por ello que nombran a Juan de Coria Bohorques, por ser hijo de conquistador y vecino antiguo de esta ciudad. El 13/1, a raíz que se hurtan indios e indias y son llevados a Santiago de Chile, Tucumán y Paraguay, el cabildo ordena que aquellos que lo hagan serán multados con 100$ oro; el bando es pregonado por voz del indio Bartolomé en la plaza Pública (plaza Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza). El 27/1, debido al gran caudal que trae el río (Mendoza) se suspenden las sesiones por un mes para regar las sementeras. En marzo, se elige a Alonso de Cepeda como fiel ejecutor, ya que el tiempo al frente del cargo de su antecesor había expirado (duración = 3 meses) por más de 10 días. Al reanudarse las sesiones de cabildo, el regidor Alonso de Videla no asiste y es multado a comprar papel para el libro de cabildo. En 4/5, por ser el día de la Bienaventurada Santa Mónica, abogada y patrona contra las enfermedades, se nombra por mayordomo de su ermita (calle Ituzaingo y Entre Ríos, Ciudad de Mendoza) al capitán Sebastián de Espinosa; al otro día, y debido a problemas en la gestión del corregidor Espinosa se le inicia una causa judicial por una denuncia de Juan Jufré (hijo) desde San Juan, por lo que el Gobernador nombra a un Juez Comisario (Tomás de Olavarría) para que se encargue del caso y pagando viáticos en su estadía en Mendoza, con un plazo máximo de ejecución de 50 días. En la sesión del 23/6, los capitulares no se reúnen debido a que su Majestad está en audiencia pública con muchos presos que tiene en la cárcel. El 24/7, los capitulares van a la casa del alférez real Josepe de Villegas, para retirar el real estandarte y entregárselo al nuevo alférez real Alonso de Cepeda, para que esta tarde lo saque en procesión por las calles de la ciudad y mañana lo lleve a misa, para conmemorar la festividad del Patrono Santiago. (1,369-409)

A raíz del asesinato del excorregidor de Cuyo, Antonio de La Maza, ocurrido en San Juan en julio de 1671, quien, saliendo de la casa del escribano Juan Gil de Quiroga, y, al llegar a la Plaza Mayor, es interceptado por 10 hombres y luego de propinarle una paliza y asestarle 10 estocadas, le dieron muerte. A raíz de este suceso, se inicia una causa judicial contra el corregidor Luis Jufré de Arce y varios de sus cómplices, entre los que se encontraba también el escribano. Para el juicio es nombrado el juez Lorenzo de Arbieto y Figueroa, quien, después de varias idas y vueltas, resuelve el 14/5/1672, enviar a Jufré, Agustín de Quiroga, Fulano Pozo y Juan Gil de Quiroga, para que se presenten en la Real Audiencia en Santiago de Chile. Los acusados inician el viaje, pero, deben regresar por encontrarse intransitable el camino entre la ciudad y Uspallata. (6,T1,231)

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 14/3/1739, acuerdan que por estar cerca las celebraciones de Semana Santa se repartan las insignias acostumbradas para el Jueves y Viernes Santo, a saber: el Santo Cristo para Juan Luis de Guebara, el Guión para Nicolás Gomes Pardo, la Cruz a Agustín de Sosa y la Campanilla para Antonio Caraballo; en la sesión del 21/3, el Cabildo ordena que los Tribunales Civiles cierren y queden abiertos los Tribunales Criminales. (X,EC,SG,C13,D13,7)

Reunidos en la Sala Capitular el 18/1/1744, sus Majestades acordaron nombrar un Ministro que hiciese oficio de Carcelero, para que corriendo con las llaves de los calabozos cuidando de los presos que en ellos hubiere, celando sus prisiones y con el cuidado de que hayan de tener entrada los mantenimientos necesarios a las horas competentes para todo y lo anexo en dicho cargo; y en la dicha Sala Capitular, comparecieron Joseph de Olmos y Agustín Tovar, personas electas de Alcaldes de la Santa Hermandad (año 1743), quienes hicieron aceptación al dicho cargo. (X,EC,SG,C13,5)

Reunidos en la Sala Capitular el 17/10/1744, el corregidor Manuel de Velazco que estaba encargado de la construcción de los calabozos, informa que deben pagarse la cal y ladrillos utilizados en la dicha fábrica, por pedido de sus acreedores. (X,EC,SG,C13,D18,24)

Francisco Correa de Saa, Vicario de Cuyo, albacea testamentario de Miguel de Arismendi, difunto, en la apertura de su testamento el 23/4/1748, declara que tiene una viña que está en las orillas de esta ciudad, cuya superficie está toda cercada con dos tapias y dentro de ella una bodega con todos sus aprestos; más, un cuarto grande de vivienda y otro mediano de media agua que están divididos con adobes, en la primera pieza hay una cocina y, en la segunda, una cárcel con puerta de reja de palos para encarcelar a Tomasa Ponce, su esposa, con la que no tuvo hijos y no ha hecho vida maridable, por las causas y motivos que son públicos y notorios (?) en esta ciudad y en la de Buenos Aires, para cuyo castigo se hizo la cárcel. (X,EC,P53,71)

Pedro García dijo, el 20/1/1761, que por cuanto se halla preso en esta cárcel Andrés Pereira, y se sigue contra él causa criminal por las heridas que se dice dio a Miguel Carreras y al mulato Miguel, cuya causa pende ante Jacinto Anzorena, Alcalde Ordinario, y por ante mi el presente escribano, Francisco de Videla, y a instancias del dicho Andrés Pereira, se le ha mandado dar soltura de la prisión bajo de la fianza de cárcel segura, otorga en la mejor forma que haya lugar en derecho, que recibe en fiado al dicho Andrés Pereira como Alguacil Carcelero. (X,EC,P77,5)

Josef Carrizo dijo, el 8/6/1795, que se está procediendo criminalmente contra Josef Albin Gutierres por el alcalde Josef Marcos Aragón, por indiciado en la muerte de horca que tuvo Bentura Zelada, y estando preso el dicho Gutierres, y mandado poner en libertad con fecha de este día por la grave enfermedad de que adolece y no ser fácil su curación en la prisión. (X,EC,P130,212-44)

Francisco Dionisio Aguilar preso en la cárcel de la ciudad a pedido de Damiana Lucero, por haberle dado a ésta unos latigazos con las riendas del caballo en que iba y haberle atropellado con el mismo, cuyos autos tuvieron principio el 28/7/1798 ante el alcalde José Antonio Sosa, los que se hallan en estado de sumaria tomada la confesión al reo, y por ser causa de que no puede resultar pena corporal, solicitó se le soltase de la prisión en que se hallaba; a lo que defirió dicho Señor Juez el 23/8, con tal que diese antes la fianza de cárcel segura por 50$, siendo pagados por José Prudencio Bargas y certificado por el escribano Cristobal Barcala el 25/8/1798, siendo testigos: Pedro Fret, Nicolás Santander y José Carrizo. (X,EC,P135,71)

Josef Antonio Palacios, Administrador General de la Real Renta de Tabacos y Naipes, da cuenta al visitador de dicha renta, haber éste por sospechas y denuncias, que se le ha dado paso a registrar la casa y pulpería de Josef Martinez y encontrándolo vendiendo un medio de cigarros de papel a un muchacho que fue a comprarlos, y que inmediatamente se había asegurado a su persona en dicha casa, dejando en ella a dos dependientes de su ronda; por lo que mando se inicie el proceso correspondiente y pase el reo a la cárcel. El acto es certificado por el escribano Josef Porto Mariño en 1799. (X,EC,C86,D31)

Por oficio de Francisco Xavier Rozas a Faustino Ansay del 14/5/1803, dice que debiendo continuar este juzgado la causa criminal que por mi antecesor se le inició a José Antonio Suares y Bentura Arebalo, se hace indispensable la comparecencia de Rafael Becerra y Juan Valdez en el Juzgado, para que declarando éstos con juramento, acerca del hecho que motiva el sumario, se proceda a lo demás que haya lugar, y siendo Becerra y Valdés de la jurisdicción de Usted, se ha de servir allanar el fuero para los fines que anuncio. (X,EC,C59,D116)

Francisco Moyano declara el 5/12/1803, que un negro esclavo de Francisco Xavier Villanueva, con motivo de hallarse casado con una criada suya, ha cometido varios delitos domésticos de los que al principio no se hacía caso porque no sabía quien lo perpetraba; hasta que me robaron madera labrada y trozada que teníamos para la conclusión de nuestro edificio y viendo la casualidad de haberselo sorprendido infraganti. (X,EC,C82,D38)

En 1807, Eduardo Zamora, vecino de Mendoza y Alférez del Regimiento de Voluntarios de Caballería de Milicias, dijo que ha formalizado demanda criminal contra Anacleto García, Cirujano de dicho Regimiento, ante el Señor Comandante de Armas de la referida ciudad, por palabras injuriosas. (X,EC,P155,23)

Recuperan reliquias robadas del Museo General San Martín. La policía mendocina detuvo a Pedro Forte, acusado de sustraer la espada, medallas y otros efectos históricos vinculados al Libertador. Según declaró, pensaba trasladar los objetos a Rosario para venderlos. También fue detenido un cómplice y se recuperó parte del material robado. (10, 11/10/1927, 4)

Perdió la vida, a raíz de un atentado perpetrado el 19/9/1950, Luis Clemente Escorihuela, presidente del Jockey Club Mendoza, quien fue herido mortalmente de dos disparos de revólver en el interior del Pasaje San Martín, por el cuidador de caballos de carreras, Alfredo Julio Guadalupe, de nacionalidad uruguayo, de 38 años, quien a raíz de diferencias que tuvo hace algún tiempo con las autoridades del Jockey Club Mendoza, fue suspendido en sus actividades profesionales por tiempo indeterminado en el mes de agosto. Tal situación habría dado origen a que este solicitara una reconsideración de la medida aplicada, a lo cual no se le hizo lugar, y ello, al parecer, le molestó visiblemente, según informaron fuentes turfísticas. Así las cosas, Guadalupe se habría hecho presente nuevamente en los escritorios de la institución aludida, ubicada en el tercer piso del Pasaje San Martín, oportunidad en que según se dijo, entrevistó al Dr. Escorihuela, reiterándole se le levantara la suspensión, a lo que se le respondió negativamente. El cuidador Guadalupe se retiró entonces de la institución, descendiendo hasta la planta baja y estacionándose frente a la puerta del ascensor que conduce al tercer piso y que ubica sobre el costado Este del pasillo que conduce a calle Sarmiento. Allí permaneció por largo rato a la espera de que bajara el Dr. Escorihuela. Siendo las 16:45, aproximadamente, el ascensor se detuvo en la planta baja con el doctor Clemente Escorihuela en su interior, circunstancias en que Guadalupe, obrando rápidamente se introdujo en el aparato y sin dar tiempo a que aquél saliera del mismo, cerró ambas puertas metálicas e inmediatamente hizo arrancar el ascensor, tras lo cual desenrrajó dos balazos a quemarropa al presidente del Jockey Club. Al llegar al segundo piso, Guadalupe se entregó detenido a un agente de policía que se hallaba de guardia frente a las oficinas de la Cámara Federal de Apelaciones, instalada allí. Al trascender el hecho, acudieron varias personas que se hallaban en el lugar como así aglunos miembros del Jockey Club, constatando que el Dr. Clemente Escorihuela, manando abundante sangre, yacía en el interior del ascensor. Sin pérdida de tiempo, la víctima fue conducida hasta el Policlinico de Cuyo, donde se constató que tenía una herida de bala en el lado derecho de la boca, con orificio de salida próxima al omóplato, mientras que otro proyectil había hecho blanco en el cuello, interesándole la carótida y con orificio de salida a la altura de la nuca. La gravedad de las heridas habían motivado una abundante hemorragia, resultando infructuosas las atenciones médicas que se le prodigaron, ya que el herido falleció minutos después, y en circunstancias que se intentaba practicarle una operación quirúrgica de urgencia. Al homicida una vez detenido, se le condujo al local de la segunda comisaría, donde se le secuestró el arma empleada para cometer el hecho, que es una pistola marca Royal, calibre 6.35, que se encontraba cargada con 7 proyectiles. (9, 20/9/1950, 5. Reconstrucción del crimen: 9, 7/10/1950, 5. Prisión preventiva para Guadalupe: 9, 20/10/1950, 3. Gran Premio Escorihuela de Turf: 9, 29/10/1957, 3)

Bibliografía

1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 1.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 2.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 3.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza, Tomo 4.
5) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
6) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile, Tomo 1 y 2.
7) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomo (T) 1 al 20.
8) Registro Oficial y Nacional de la República Argentina.
9) Diario La Palabra (Mendoza), Fecha, Página.
10) Diario Los Andes (Mendoza), Fecha, Página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).

Fuero Penal en Mendoza: Historia Criminal, Delitos y Sucesos: Archivo penal histórico de la Provincia de Mendoza. Expedientes sobre homicidios, crónicas policiales antiguas, juzgados del crimen y causas criminales de época.