La educación universitaria en Mendoza hunde sus raíces en los convictorios jesuitas y en los vínculos con la Universidad de Córdoba y la Real Universidad de San Felipe de Chile. Desde el siglo XVIII, los vecinos reclamaban instituciones de estudios mayores, y con el tiempo se consolidaron colegios nacionales, escuelas superiores y finalmente la Universidad Nacional de Cuyo, que dio forma al entramado académico moderno de la provincia.

Sucesos Históricos

María del Pozo y Lemus, hija legítima de Fernando del Pozo y Lemus y Teresa de la Guardia, emite su testamento el 23/8/1755, declara que a fin que su hijo Ignacio Godoy reciba el sacro orden de presbítero a que le tiene destinado en estudios en el Colegio Máximo de la ciudad de Córdoba, por tiempo de 7 años y medio, por lo que se le remitieron a dicho colegio 800$ fuera de otros gastos; pide se le imputen a cuenta de herencia. (X,EC,P68,47)

Joseph Moyano Cabral y su esposa María de Villegas se reúnen con el escribano Francisco de Videla el 7/4/1756, y dijeron que su hijo legítimo Joseph Moyano de Villegas, se halla estudiando en la ciudad de Santiago de Chile, con el fin de recibirse en el Sacro Orden Presbítero, y que siendo necesario señalarle patrimonio, se presentan ante el corregidor Francisco de Videla y Aguiar para que nombre perito tasador, siendo Juan de Corbalán el elegido para llevar a cabo el inventario de sus bienes. (X,EC,P69,61)

En la Ciudad de Mendoza en 30/3/1758, ante mi el presente Escribano y Testigos, comparecieron todas las personas contenidas en la nómina inserta, vecinos de esta ciudad, a quienes doy fe conozco; y dijeron que por cuanto la experiencia ha hecho comprender lo muy gravoso que es a este vecindario la falta de un Colegio Convictorio en que se formasen los jóvenes en estudios mayores y demás virtudes políticas y morales, y que para subvenir a esta necesidad habían propuesto al Reverendo Padre Rector de este Colegio de la Sagrada Compañía de Jesús (hoy Ruinas de San Francisco, Ciudad de Mendoza), los medios más oportunos a quien deseando por su parte contribuir a una obra tan del agrado a ambas Majestades y beneficio público, había ofrecido el sitio para la erección de dicho Convictorio; pero, como para la consecución de tan loable fin, se ha precisado establecer fondos equivalentes para la construcción de las piezas necesarias; y mediante esta diligencia impetrar la licencia de el Reverendísimo Padre General a cuyo arbitrio reservar todas las condiciones que su Reverendísima quisiera poner, a fin de que su sagrada religión como con lo formal de dicho Convictorio, han resuelto de común consentimiento, estando bien enterados de el derecho que en este caso les pertenece en contribuir cada uno por su parte con las cantidades que en dinero y especies constara por la razón siguiente:
A) Angelo Francisco de Mayorga ofrece 6 botijas de vino puestas a la vela.
B) Bentura Guebara 100$ en plata y 30 piernas de tijera.
F) Francisco Correa de Saa, Cura y Vicario, ofrece edificar un aposento en la parte que se le señalare, de 9 varas (8 metros) de largo y el correspondiente ancho, con su respectivo corredor, puertas y enmaderar, y todos lo demás hasta estar perfectamente acabado. Francisco García de Torres ofrece edificar otro aposento de 9 varas de largo y el ancho correspondiente, con su corredor, en la misma forma que el antecedente. Francisco de la Cruz se obliga en la misma forma a edificar otro aposento del mismo largo y ancho en la parte que se le señalare, con su correspondiente corredor. Francisco de Videla (Escribano) se obliga a hacer todos los autos y escrituras, respectivas a la fundación de dicho Convictorio, sin exigir premio alguno por lo tocante al derecho. Fermín Martínez de Virgala 15$ en plata. Francisco de Corbalán 100 cargas de piedra.
G) Gabriel Sastre, 10$ en plata.
J) Juan Gregorio Molina se obliga a edificar un aposento de 9 varas de largo y el ancho correspondiente, con su corredor. Juan Martínez de Rozas otro aposento en la misma forma que el antecedente. Juan de Corbalán promete para los adornos de dicha capilla 1.200$ en las alhajas que constan de la memoria que tiene entregada el Padre Rector. Juan de Gamboa ofrece para dicha obra 80 piernas de tijera de madera de sauce. Joseph de Loiola 100$ en aguardiente a los precios corrientes de esta ciudad.
L) Lucas Obredor 50 piernas de tijera y 2 tirantes.
M) Margarita de Sosa 1.200 cañas.
P) Pedro Ortiz un aposento de 9 varas de largo y su ancho correspondiente, con su corredor. Pedro Correas 100 piernas de tijera. Pedro Joseph de Escalante 2.000 cañas y 3 tablas de cedro. Pedro Guiraldes 12$ en plata.
S) Sebastián de Sotomaior 300 cargas de piedra.
Todos los cuales se obligan mutua y recíprocamente a guardar y cumplir cuanto tienen prometido, siempre y cuando, por parte de Pedro Ortiz (a cuyo cargo ha de correr la construcción de dicho Colegio) fuesen avisados y requeridos todos los comprendidos en este contrato, y por su ausencia o fallecimiento sus herederos y sucesores y demás que de ellos hubieren título, causa o razón, en cualquier manera efectuando puntualmente sin réplica escrita ni contradicción aquello que cada uno es obligado en virtud de lo estipulado, que consta de la minuta inserta; y a mayor abundamiento desde ahora para cuando se verifique la real y efectiva entrega a lo que cada uno ofreciese de ello, gracia y donación, puramente perfecta y que el derecho llama intervivos al dicho Convictorio. Firman como testigos: Pedro Pacheco, Francisco Videla y Miguel de Velasques. (X,EC,P71,39)

Por orden del Superior Gobierno de Chile del 19/9/1760, dictamina que ninguna persona aspire a los referidos empleos de agrimentor y alcalde mayor de minas, sin que primero se haya instruído en los elementos necesarios para la práctica y ejecución de su oficio, precediendo exámen y aprobación del catedrático de matemática de esta Real Universidad de San Felipe (Chile), quien sin cuyo premio despachará título por este Superior Gobierno, y así sea para todos los habitantes de este Reino (incluído Cuyo). (X,EC,C40,D58)

Reunido el Cabildo de Mendoza el 3/4/1762, se presenta el procurador Juan Martínez de Rozas con una petición en nombre del vecindario, sobre la mejor educación a sus hijos por medio de los estudios sin la pensión de despacharlos a Córdoba o Santiago de Chile, de donde se han experimentado y experimentan grandísimos costos en el tiempo que se ejercitan en la tarea de dichos estudios; se resolvió la mayor parte del vecindario a la construcción de un Colegio Convictorio por medio de un instrumento que acreditaba esta operación, en un sitio que dio la Compañía de Jesús, sin otro interés del de beneficiar al público; por lo que estando la materia en este estado era diligencia precisa que por este Ilustre Cabildo lo exponga por medio de un Procurador en Santiago de Chile ante los Señores Presidentes y Oidores de la Real Audiencia, para que en su vista se sirva su Alteza en conceder la licencia para dicha fábrica. Y en vista de lo representado por dicho Procurador General, se decretó por dichos Señores, que respecto del beneficio que resulta a esta ciudad que se funde el Colegio Convictorio que se expresa, y se informe a los Señores Presidentes y Oidores de la Real Audiencia de este Reino, para que su Altezas se sirvan la licencia que se pide. Por tanto se da poder a Manuel Fernandez Hidalgo, residente en la ciudad de Santiago de Chile, especial para que se presente en nombre de este Ilustre Cabildo ante dichos Señores y haga la representación para dicha construcción de dicho colegio. (X,EC,SG,C15,D2,14)

Muy Poderoso Señor: el Cabildo de la ciudad de Mendoza, dice que atendiendo al beneficio que reporta esta Provincia en la creación de un Colegio Convictorio en donde se instruya a la juventud en las facultades eclesiásticas, logrando a un mismo tiempo el recogimiento y política enseñanza, bajo de la dirección de los Reverendo Padres de la Sagrada Compañía de Jesús, se han solicitado entre los vecinos de esta ciudad y de la de San Juan, los fondos equivalentes para su construcción, y subsistencia como se tiene informado al Reverendo Padre Provincial de la Sagrada Compañía, solicitando a su reverencia solicitase la licencia del Reverendo Padre General para el enunciado efecto; la que se ha conseguido, mediante su representación, como también el suyo, inmediato a su colegio, que han cedido voluntariamente a beneficio de la fundación en las circunstancias de no encontrarse otro de las proporciones de éste para el efecto que se solicita; pero, como para el logro de tan loable fin, se necesita la Real Venia de Vuestra Alteza, suplica el Cabildo a Vuestra Alteza, se sirva concederla, atendiendo a la utilidad que lograran estos vecinos en la instrucción de sus hijos, sin las fatigas, costos y trabajos de transportarlos a esa Capital o a la ciudad de Córdoba, como lo han ejecutado hasta aquí, con que igualmente corresponderán a los deseos de dichos reverendos padres, que tanto anhelan por la honra de Dios, provecho de las almas, lustre y esplendos de esta República. Mendoza, 14/4/1762. (X,EC,C31,D3)

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 14/5/1763, el alcalde Juan Martínez de Rozas se presenta haciendo manifestación de los autos originales que se han seguido en la Real Audiencia con poder de este Ayuntamiento, sobre la consecución de la licencia para la fundación del Colegio Convictorio de esta ciudad, y en la que dicha licencia se le solicite al Rey y al Supremo Consejo de Indias; por lo que se emite poder a fray Joseph Salinas en primer lugar y a fray Francisco Xavier Baras de la Compañía de Jesús en segundo lugar, electos procuradores de Madrid y Roma; entregándoles 100$ y que deberá dar Lucas de Neira, más 38$ que se le deben a Juan Martinez de Rozas por pagos que le hizo a Manuel Hidalgo, apoderado de esta ciudad en Santiago de Chile. (X,EC,SG,C15,D3,18 y 20-22)

Joseph Moyano Cabral, hijo legítimo de Diego Moyano Cabral y Lorenza de Coria, casado en primeras nupcias con Francisca Corvalán y en segundas con María Villegas, emite su testamento el 14/6/1768, y declara que para posibilitar que su hijo Joseph se ordenara de sacerdote se hizo avalúo de sus bienes, gastando en alimentos y libros, por lo que manda que no se le hagan cargo y no se los cobren. El acto es certificado por el escribano José Lagos, son testigos: Manuel Moreira, Joseph de Abarrotegui y Marcos Gomes. (X,EC,P88,11)

El virrey Vertiz reasume en su cargo y notifica al corregidor Bardarán el 9/12/1774, que respecto a que el corregidor anterior tomó por su casa el Colegio de los Regulares expulsos (Jesuítas, Ruinas de San Francisco) y que con este motivo se perturvaban los estudios y teniendo noticia que Bardarán hizo lo mismo, como así también que sirve de hospedaje a otros y que están reducidos los maestros a un solo aposento con incomodidad lo que causa graves inconvenientes; con su acuerdo solicito que se solucione, como también, el que las cosas de la Iglesia no se utilicen para usos profanos (X,EC,C45,D49). El 9/10 el virrey Vértiz envía una carta, aprobando la creación de la cátedra de Filosofía y que se elija a un pasante, destinando el aula y la habitación para los dichos maestros; por tanto que el corregidor deje libre la habitación que tiene en la Casa de los Regulares (X,EC,C45,D50).

Reunido el Cabildo de Mendoza el 6/5/1775, el corregidor Jacobo de Bardarán y Bustillo toma la palabra y declara que habiéndose presentado el maestro y pasante electo por la cátedra de filosofía, que se va a poner en esta casa que fue de los Regulares de la Compañía (Jesuitas, Ruinas de San Francisco), dando aviso como iban a dar principio a la dicha facultad tenía que hacer por éste, que siendo la piadosa intención del Soberano el que al paso que a cossta de su Real Herario se educase la jueventud de esta ciudad, como la de todos sus Reinos, fuese esta también en los términos hábiles de que la dicha juventud siempre que pasase de una clase a otra y mucho más de la primera facultado de latinidad a la mayor de filosofía, se examinasen públicamente con la intervensión de los respectivos Ayuntamientos y sus Procuradores, como se expresa en la Real Cédula de su Majestad de 5/10/1767, en la primera parte de su real colección que harían en cumplimiento de su obligación, se practicase así en la actualidad poniéndolo a exámen público a los niños; que acabada la latinidad destinasen sus maestros para empezar la carrera de los estudios mayores. (X,EC,SG,C16,D1,14)

Francisco Barroso, hijo legítimo de Juan Dias Barroso y María Baca y Coronel, emite su testamento el 21/10/1776, y declara que Domingo Lemus de el Colegio que fue de los Jesuítas de cuenta del Colegio de la ciudad de San Luis, por compra que el Rector de aquel colegio hizo de la casa de sus padres, donde se halla fundado hoy dicho colegio, cuya cantidad le cupo en parte de herencia, la que no se le satisfizo, porque habiendolo recibido Domingo para que se le entregase, inmediatamente se ausentó de esta ciudad para la de Buenos Aires, en cuyo viaje falleció sin haberme dado la dicha plata y especies, y menos haberle dejado dicho a sus herederos. (X,EC,P101,83)

Fray José Regis Escalante, Señor Decano y Mtro (¿ Maestro o Ministro ?) de Estudiantes del Convento de Santo Domingo Soriano de Mendoza, le vende a Juan de Godoy el 1/3/1782, 4 cuadras y media de tierra ubicadas al este media legua (2 km de la plaza Pedro del Castillo, Ciudad de Mendoza) al precio de 325$ en plata corriente de a 8 Reales el peso; las que lindan por el sur con viña de Lucas Obredor, por el oeste con viña de Gerónimo Escalante, por el norte con calle Real y tierras del mismo cuerpo, y por el este con tierras de José de la Reta y acequia de Guaymayen (+ o - calle Allaime, Guaymallén). (X,EC,P111,107-12)

El gobernador Sobre Monte en 1785 otorga 40 plazas en el Real Seminario de Nobles de Madrid para los caballeros Americanos que quieran instruírse en los estudios que se dan: letras, latinidad, poesía, retórica, lógica, metafísica, filosofía, moral, derecho natural y de gente, matemática, dibujo, física experimental, historia, geografía, lengua: inglesa, francesa, griega y hebrea, baile, música, esgrima, equitación que es montar a caballo. (X,EC,C31,D9)

Antonio de Guevara declara 7/3/1778, que por hallarse en edad avanzada deja a su nieto Joseph Manuel Saez, hijo legitimo de Felis Saez Barba y María Petrona Guevara, su hija, y para que pueda recibir las Sagradas Ordenes de Presbítero en el estado de clérigo, y que su padre le da estudios a dicho fin, otorga una capellanía de 2.000$ sobre una viña, olivar, huerta de árboles, casas y bodega; la que linda por el norte con viña de Francisco Martinez Pantoja, con el sur con tierra de los Pizarros calle en medio, por el oeste con la sequia Grande que da agua a esta ciudad (Tajamar Chico, calle San Martín), y por el este con tierra y olivares de los herederos de Ventura Guevara. El acto no es certificado y no se otorga. (X,EC,P103,40)

Reunido el Cabildo de Mendoza el 6/5/1788, tratan en la Junta Municipal de Temporalidades por orden de la superior de Buenos Aires, sobre el mejor destino que convenga dar a la Iglesia y Colegio de los ExJesuítas, acerca de los cual esta dicha Junta ha adoptado como más conforme a la necesidad y bien público y a los deseos e intenciones de su Majestad, el loable e importantísimo destino que ya antes había propuesto; lo primero, en cuanto a la Iglesia que precedido de más urgente reparación se traslade a ella la actual Parroquia cuyo edificio a más de ser de inferior calidad y estructura está amenazado de una próxima ruina por la cercanía del Zanjón, y que aún cuando logre asentarse en medio de ese riesgo, es necesario para cuando llegue el deseado caso de la división de este curato, en que sobremanera se interesa el bien de la religión y la necesidad espiritual de su dispersa y numerosa feligresía; y lo segundo, en cuanto al Colegio para erigirlo en Seminario o Casa de Pensión y Pupilage, en que la noble juventud de esta ciudad y las de sus circunvecinas logre recibir aquella enseñanza de estudios y educación civil y cristiana tan conveniente a la Iglesia y al Estado, de que ordinariamente carecen siguiéndose los funestos efectos de la ignorancia y de la decidia, por no tener los más de los padres facultades bastantes para costear a sus hijos en los colegios y universidades de las capitales distantes, las que menos a 150 leguas de ella. Circunstancia que tuvo bien prevista la amorosa piedad y desvelo de nuestro Soberano en cuanto al Artículo de Real Cédula de 14/8/1778. (X,EC,SG,C17,D3,28)

El Cabildo de la ciudad de Mendoza en atención al Superior de carta, informa el 16/2/1806 sobre la presentación promovida por Benito Gomez, en orden a la fundación de un colegio de propaganda, según lo expueso por el señor Fiscal el 30/12/1805. (X,EC,C31,D24)

Por decreto del 16/1/1895 el Poder Ejecutivo de la provincia de Mendoza ha organizado la Dirección General de Escuelas y Consejo de Educación sobre las bases establecidas por la nueva Constitución jurada el 1 de enero, en la forma y en el personal de que se instruye el decreto siguiente: Mendoza, 16/1/1895: Habiendo la H. Cámara Legislativa en sesión de fecha 15 del actual, prestado el acuerdo necesario para proceder al nombramiento del Director General de Escuelas y miembros del Consejo General de Educación y debiendo constituirse estos según las bases establecidas por la Constitución, el Poder Ejecutivo decreta Artículo 1º, nombrase Director General de Escuelas a Pedro Julián Ortiz, y miembros del Consejo General de Educación a Severo G. del Castillo, Manuel E. Sayanca, Ventura Gallegos y Antonio Gigli. No se ha sancionado aún la ley de educación en armonía con la nueva Constitución. (8,Año XIV,Num 259,1442)

La Dirección de la Universidad Popular de Mendoza informaba a la ciudadanía mendocina el 1/10/1927, una serie de cursos a dictarse en la casa de altos estudios: Escuela de Matemáticas con clases de química aplicada y la Escuela Mercantil con clases de dactilografía. (9, 1/10/1927, 5)

En una reunión celebrada el miércoles 28/9/1938 por la Sociedad Cooperadora del Colegio Nacional Agustín Alvarez y Liceo Anexo, se dispuso lo siguiente: 1) Interceder ante el ministro de Justicia e Instrucción Pública de la Nación, gobernador de la Provincia y comisiones cooperadoras de los colegios nacionales de San Juan y San Luis para aunar gestiones a objeto de conseguir la pronta creación de la Universidad de Cuyo; 2) Enviar una nota al senador nacional Gilberto Suarez Lago apoyando sus gestiones tendientes a conseguir una contribución de pesos 40.000 del gobierno de la Nación para la adquisición de libros para la biblioteca de dicho colegio. (9, 1/10/1938, 6)

En una entrevista en Buenos Aires, el gobernador Blas Brisoli, declaró que la fundación María Eva Duarte de Perón hará levantar en las inmediaciones del Cerro de la Gloria (Parque General San Martín) la Ciudad Universitaria, en cuya construcción se invertirán 100.000.000 de pesos. (13, 22/6/1950, 6)

El acto de entrega de los terrenos de la Quinta Agronómica tuvo lugar el 5/10/1942 a las 11 horas. Estuvieron presentes: el ministro de Obras Públicas, ingeniero Frank Romero Day; acompañado por el subsecretario de Economía, Román Corti Videla; y un representante de la oficina provincial de Tierras Fiscales, tomó posesión de los terrenos ocupados por la Quinta Agronómica, los que fueron devueltos a la provincia, de conformidad al convenio celebrado oportunamente entre el titular de la cartera mencionada y el ministro de Justicia e Instrucción Pública de la Nación, doctor Guillermo Rothe. En nombre del gobierno nacional, hizo entrega de dichos terrenos, el rector de la Universidad de Cuyo, doctor Edmundo Correas. (9, 4/10/1942, 6)

El Consejo Nacional de Educación en el Expediente 18100/62, autorizaba el 2/11/1962 la realización de los cursillos de capacitación sobre números en color y sobre el Método Morfológico Algebráico del Dr. Gatteano, que solicitaba el Instituto de Investigaciones Psicopedagógicas de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Cuyo; designando a las profesoras Elsa Sabbatielo y Elena Velazco. (11,N101,223)

Bibliografía

1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza Tomo I.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza Tomo II.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza Tomo III.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza Tomo IV.
5) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
6) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
7) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile I y II.
8) Registro Oficial y Nacional de la República Argentina.
9) Diario Los Andes (Mendoza), fecha, página.
10) El Monitor de la Educación Común.
11) Consejo Nacional de Educación, Libro de Actas, Fecha, Página.
12) Diario La Palabra (Mendoza), fecha, página.
13) Diario La Prensa (Buenos Aires), fecha, página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).

Educación Universitaria en Mendoza: Historia de Facultades y Carreras: Los orígenes de la educación superior en Mendoza. Fundación de universidades, facultades tradicionales, rectores y el desarrollo académico en Cuyo.