La educación secundaria en Mendoza se consolidó en el siglo XX con la creación de liceos y colegios de bachillerato. Esta etapa intermedia, entre la primaria y la universitaria, organizó reglamentos propios, programas diferenciados y una vida estudiantil que marcó generaciones de jóvenes mendocinos.
Sucesos Históricos
Por Real Cédula del Rey del 22/3/1697 se dispone que se pongan
colegios para la enseñanza del latín y castellano para los indios hijos de caciques de la ciudad. (X,EC,C23,D24,11)
Aun son más poderosos los motivos que ocurren en esta ciudad, que en los lugares mencionados, para que se acceda por Vuestra Señoría a la
permuta pretendida; porque a más de todo lo expuesto se facilitará en la
translación de los Religiosos Franciscanos al mencionado Colegio de esta ciudad la enseñanza a la juventud en las primeras letras, y en la lengua latina a que en el día se obliga esa comunidad; como también la predicación a los indios infieles, que tanto se necesita en un lugar en donde se hace preciso el trato de estos bárbaros. El Ilustre Cabildo de esta ciudad de Mendoza expone a VS que habiendo ocurrido estos días el Reverendo Padre Guardián y Religiosos del
Convento del Señor San Francisco de esta misma ciudad, a pedir nuestro informe referente a la solicitud que pretende de
permutar su expresado Convento por la Iglesia y Colegio que fue de los Regulares de la Compañía expulsos, el cual sirve
interinamente de enseñar las primeras letras: latinidad y filosofía, en el primer patio y de vivienda para los soldados y sala de armas en el segundo; ha venido en informar a Vuestra Señoría los poderosos motivos que halla para que pueda VS aceptar dicha
permuta, tanto por estar conforme a la sana y firme intención del Rey Nuestro Señor, cuanto por la pública utilidad que resulta de este cambio. La Junta Subalterna de Temporalidades habrá expuesto a Vuestra Señoría el quebranto que padeció la mencionada Iglesia y Colegio de dichos Regulares expulsos, ocasionado de un
temblor, el más grande en estos tiempos se ha experimentado en esta Provincia; y debiéndose este reparar a fin de no aumentar su ruina y de no perder una obra tan costosa, no se ha verificado hasta la presente en tantos años por el corto sínodo asignado para los reparos de esta casa. Siendo por otra parte induvitable el celo de Nuestro Monarca, para que en... (roto)... Pero con la ruina que se dice y que individualmente especifica la Junta Municipal, se han cerrado las puertas de esta Iglesia, y algunos años, a que en ella no se celebra el Santo Sacrificio de la misa, ni se hacen aquellas funciones, para que fue establecida, estando en el día abandonada y privados todos los fieles del bien espiritual que en ella mantenían. El Rey nuestro Señor por la Real Cédula dada en Madrid el 9/7/1769, se sirvió establecer para este fin las reglas que se han de observar para la aplicación de las Iglesias y Colegios de los Regulares de la Compañía expatriados en estas Indias Occidentales, siendo la más principal, y que se hallan vertidas en varias cláusulas, que se les dé por sus Juntas los destinos más útiles... De esto se agregan tres cosas: la primera, la notoria indigencia de Iglesia que tienen en el día los Religiosos Mendicantes del Señor San Francisco de esta ciudad, a causa de habérseles... (roto)... Mendoza, 2/11/1786. (X,EC,C31,D10)
Agregándose esta carta con su antecedente al expediente de la materia, respóndase al Ilustrísimo Señor Obispo, que importando los reparos del templo en lo indispensable, solo la cantidad de 2.228$ según cálculo del
arquitecto, es del parecer de esta Junta que solicitada la aplicación a la
Iglesia Matriz (calle Ituzaingo y Alberdi, Ciudad de Mendoza) se hagan dichos reparos sin gravámen de las Temporalidades ni del Ramo de Fábrica, con las limosnas del vecindario, cuya fácil consecución no se dudó en efecto del País, o de otra forma que la tiene premeditada esta Junta, para que de ningún modo pueda aventurarse la conclusión de dicha obra, pudiendo por este medio quedar el Ramo de Fábrica a satisfacer con su sobre los créditos de que está cargado, y verse libre para continuar los otros reparos de la Iglesia, como son conclusión de la
torre, de que está al presente necesitada la actual
Iglesia Matriz, y cuya obra tiene noticia esta Junta que iba a emprenderse aun en medio de estos mismos empeños, que en tal caso podría suspender y dedicar a ésta, no quedando al Ramo de Temporalidades otra erogación, que la de 2.500$ que resultan del cálculo, para disponer las habitaciones del
Colegio en la forma necesaria para su establecimiento,
como son: vivienda de 20 colegiales, del Rector y Maestros, aulas, refectorio, enfermería y demás oficinas, pueden bastan los caudales de rédito, y uno de los principales vencidos, que se cobran por disposición de esta Junta, solicitándola así de la Superior, y quedando desde luego dos piezas correspondientes para el Teniente de Cura y Sacristán, con terreno suficiente contiguo a la Iglesia, para que su cura pueda hacer las viviendas y oficinas correspondientes a beneficio de la misma Iglesia del producto de su alquiler; pasese el oficio acordado al Padre Guardian de San Francisco con referencia a los cálculos, de que ha oído noticia el arquitecto, cuya respuesta obtenida se agregará a este expediente y con testimonio de ella, y de este decreto se reproduzca al Ilustrísimo Señor Obispo sobre su dictamen, para que se sirva darle con devolución de los documentos remitidos, a fin de que teniéndole así sobre la aplicación de la
Iglesia como del Colegio, se pueda por esta Junta devolver a la Superior de Buenos Aires para su resolución. Firmado por el Marqués de Sobre Monte el 12/2/1788, certificado por el escribano Pedro Simón de Videla el 13/2 en Mendoza. (X,EC,P99,26)
Esta Junta Municipal acusa a VS el recibo del auto del 1º del que corre expedido por esa Superior Junta Provincial y remitido en testmonio con oficio de VS de 3 del mismo, relativo a la permuta y cambio pretendida por los religiosos Franciscanos de este Convento con la Iglesia y Colegio de los exJesuítas de esta ciudad; y en su
cumplimiento procedió inmediatamente en posesión a dichos religosos de la enunciada Iglesia y Colegio, tomando en cambio estas Temporalidades su arruinada
Iglesia y Convento, en que con arreglo a dicho auto quedan designadas para los religiosos
Bethlemitas las dos cuadras correspondientes a las que tenían aplicadas en la guerta de dicho Colegio, todo bajo las calidades que enuncia el citado auto superior. Asímismo se han trasaladado a los edificios del enunciado Convento, las
aulas de primeras letras y latinidad, que costea el Ramo de estas Temporalidades, y también los jóvenes pensionistas que se hallaban recogidos provisionalmente en dicho Colegio, entretanto se obtenía la venia y aprobación de esa Superior Junta para este establecimiento, sobre que tiene hecha instancia esta ciudad por medio de apoderado que ha costeado en esa capital. Esta determinación ha creído deber tomar esta Junta por no persuadirce que en la concepción del citado cambio a dichos Regulares, bajo la obligación de la enseñanza de estudios que para mayor abundamiento cree expedida por esa Superior Junta, se entieda de modo alguno suprimida la
enseñanza pública, que desde la expulsión de dichos Jesuítas, se mandó por el Rey por su Real Cédula del 5 de octubre del 76, se continuase para su mejora en todos los colegios y en maestros seculares. Año 1798. (X,EC,C31,D16)
La Junta Superior de Aplicaciones de Buenos Aires ordena se apliquen para Cuartel de Milicias, las 11 viviendas de bóveda de el
Colegio que fue de los Regulares expulsos (Jesuítas, hoy Ruinas de San Francisco); con 29 varas de frente al norte (calle Chacabuco) con inclusión del grueso de las murallas y al fondo hasta tocar con las viviendas del dicho
Colegio; separando de este destino las 2 piezas que servían de
Almacén de las Armas, que se mandan aplicar para
aulas de primeras letras y latinidad, quedando también excluído de este destino lo demás del
Corralón y viviendas que ocupaba el Cuartel de Milicias. Yo, sin oponerme a las disposiciones de la Junta Superior, tengo que hacer presente a Vuestra Señoría que por las inundaciones que se experimentaban en esta pequeña Sala de Armas, que con este destino se construyó contigua al Cabildo en la Plaza Pública, supliqué al Excelentísimo Señor Virrey don Juan José de Vértiz, se sirviese destinar para este efecto, y aún para Cuartel e Instrucción de las Milicias el aposento Rectorial, Almacén que se le seguía y Corralón del Colegio; como que su Excelencia tuvo a bien aplicar interinamente estas piezas para el expresado fin, con consideración a que el armamento era super abundante y sumamente reducida aquella Sala. Que después de trasladado al
Colegio el armamento, se han remitido a ésta de la Capital del Virreinato y de la ciudad de San Juan, considerables partidas de harinas y pertrechos de guerra, que por no poder acomodarse en las dichas dos piezas destinadas, se han colocado en tres bóvedas, aquellas más deterioradas con las tiendas de campaña, avios de montar y otros utencilios. Que después de todo se han hecho las paces con los indios pehuenches, como se sabe, y se les alojaba en las bóvedas desocupadas y sirviendo el Corralón para sus caballadas, y para acopiar lo que de ordinario se necesitan para las salidas que frecuentemente se hacen con estas milicias en defensa de esta ciudad y su frontera. Que el último de los cuartos que caen a la calle y cuartito inmediato, sirven para alojamiento de la tropa o destacamento veterano que hoy existe en esta ciudad. Que viéndome aún en una grande estrechez con todas estas piezas, he tenido que alojar a los indios cuando vienen a sus parlamentos, en los extramuros, debajo de unos higuerales, valiéndome para ello del favor de unos y otros, cuando era crecido el número, y temeroso también de que se descuidasen con el fuego en el
Colegio y sucediese alguna desgracia. Que las bóvedas que se destinan o mandan aplicar para Cuartel de Milicias y colocación de armamento, con el fondo que se destina y no me sirven de modo alguno, por estar todas ellas arruinadas y sin puertas, y por la humedad que perciben de una acequia con que riegan la huerta que atraviesa por entre las mismas bóvedas; que porque en dos de ellas se halla la fragua y morada del Maestro Armero, que compone los armamentos. Por tanto suplico no haga novedad por el momento en el particular, hasta que por la Superioridad (a quien doy parte) resuelva cómo o en dónde se deberá colocar el armamento. Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años, Mendoza 28/4/1789. José Francisco de Amigorena a los Señores de la Junta Municipal de Temporalidades. (X,EC,P108,34 y P125,2-3)
El 6/6/1790 desde Córdoba, el gobernador Rafael de Sobre Monte le envía un oficio a Josef Francisco Amigorena, Comdanante de Armas de Mendoza (hoy Argentina), en la que le informa que Benito de la Mata Linares, Regente de la Real Audiencia del distrito, le dice con fecha del 16 del próximo pasado, lo siguiente: "A presencia de la de V.S. de 5 de julio de 89, en que incluyó copia de la representación del Comandante de Armas de la Frontera de Mendoza, sobre la separación que debe hacerse de parte del colegio para cuartel de milicias y hospedaje de indios (hoy Ruinas de San Francisco, ciudad de Mendoza), ha resuelto la Junta Superior de Aplicaciones, que por ahora se mantenga dicho cuartel en la forma en que se halla mientras se informa a S.M., que esta Junta tiene por oportuno, variar la anterior aplicación, dándose la extensión al dicho hospedaje de indios y cuartel, la pieza que cae en el patio chico, fuera de el cuadro principal del colegio, destinada anteriormente para una de las aulas, cerrándose las comunicaciones y dándoselas al cuartel por su pertenencia, y concediéndose 21 varas de frente al norte y de fondo hasta tocar con las paredes del colegio, a más de las 29 aplicadas para patio, lo que comunico a V.S. para su inteligencia, lo que traslado a V.M para la suya". (X,EC,C62,D20)
El regidor Bernardo Ortiz recibe una carta de Miguel Teles Meneses el 9/7/1808, que por aquel entonces era el Comandante del Fuerte San Rafael del Diamante, dona 1.000$ para las obras del
Colegio de la ciudad, valor que contempla el corte de los sauces que contornean su viña y que tienen un precio de 600$, y con la venia de su esposa doña Juana María Rozas, al momento de su fallecimiento donará 10.000$ para el dicho establecimiento. (X,EC,C18,D9,19)
Desde el Fuerte de San Rafael del Diamante, el comandante Meneses envía una carta al Cabildo el 15/9/1808, en la que expresa que ha recibido el oficio de Vuestra Señoría de 30 de julio relativo a darme las gracias por la donación que voluntariamente hice de mis bienes en cantidad de once mil y más pesos, con acuerdo de mi amada esposa, para el principio del
fondo de colegio de estudios para la juventud, que justamente se va a establecer en nuestra amada patria. (X,EC,C31,D25)
Martina Sosa y su marido Lucas Molina, le venden a Pablo Palma el 3/8/1811, un sitio a la parte del norte de la ciudad, recibido en herencia por ella una parte y la otra por compra de él a su compadre; y se compone de 51 varas de frente al este y 19 de fondo al oeste; que linda al
norte con sitio y casas que se están edificando para el Colegio; por el este con Juana y Dominga Correas y sus hermanos; por el sur con María Mercedes Baes; y por el oeste con el comprador. El que fue tasado por el alarife Jaime Roquer en 421$. (X,P164,82)
El Senado y la Cámara de Diputados de la Confederación Argentina sancionan por Ley del 25/9/1856, que se establezcan cuatro
Colegios Nacionales de enseñanza elemental y
superior en las capitales de
Mendoza, Salta, Tucumán y Catamarca. Para cubrir el déficit que se produzca el Gobierno Nacional aporta 5.000$. En cada uno de los colegios se recibirán para educarse, el número de jóvenes pobres de otras provincias, donde no existan colegios de esta clase; siendo el alimento y la enseñanza gratis para ellos, y en los que se admitirán pensionistas internos y externos. (8,Año 1852-1856,421/3917)
El Presidente Bartolomé Mitre por decreto del 9/12/1864, establece el
Colegio Nacional de Mendoza, una casa de educación científica preparatoria, en que se cursaran las letras y humanidades, las ciencias morales y las ciencias físicas y exactas. La enseñanza durará 5 años y el plan de estudios se regirá en base al Colegio Nacional de Buenos Aires. Será regidos por un Rector y Director de estudios y 3 profesores. Serán educados por cuenta de la Nación 20 jóvenes pobres de diferentes provincias; los alumnos internos deberán pagar 9$ y los externos 1$. Será condición para el ingreso, saber leer y escribir y las cuatro operaciones fundamentales de la aritmética. Es nombrado Rector y Director de estudios, Manuel José Zapata; se nombra en comisión a Francisco Civit, para que elija el local e instale el Colegio. Las clases comenzarán el 15 de marzo de 1865. (8,Año 1863-1869,178/6264)
Considerando que casi todas las Provincias, durante los dos últimos años, han recibido una subvención especial para el sostén de una o más
Escuelas Superiores, sin que esta se hubiese hecho extendiva a la provincia de Mendoza, que no la había establecido, por no tener edificios adecuados. El Presidente Sarmiento decreta el 22/3/1872, que se entreguen al Gobierno de Mendoza 2.500 $fuertes para ayudar a la construcción del edificio en la ciudad de Mendoza (8,T6,212/8797). El 13/6, Sarmiento aprueba el proyecto y los planos que presenta el Rector del
Colegio Nacional de Mendoza, para proceder a la refacción y nuevas construcciones en el nuevo edificio por un valor de 4.771,59 $fuertes (8,T6,258). El 26/8 es nombrado el personal docente del Colegio Nacional de Mendoza, a saber: Vicerector y Profesor de Literatura y Filosofía, Juan de Dios Jofré; Profesor de Matemáticas, el Rector Franklin Villanueva y el Dr Mario Bigi; Prefecto de Estudios y Profesor de la Escuela Graduada, Fernando Oros, Victor Estapa y José del Carmen Barrios; Profesor de Historia y Geografía, Ricardo Gonzalez; Castellano y Lalín, Emilio Gonzalez; Ingles, Luis Borthwick; Francés, Pablo Lange; y Dibujo Natural, Pablo Centeno (13,T6,284). El 27/11, atento a lo expuesto por el Gobierno de Mendoza, sobre los inconvenientes para concluir los dos grandes eficios, el Presidente Sarmiento decide subvencionar la construcción con la cantidad de 4.000 $fuertes (8,T6,355). El 31/12 el Departamento de Instrucción Pública de Buenos Aires inspecciono el tercer censo escolar y el informe presentado por el Gobierno de Mendoza, resulta que en sus
104 escuelas se educan 7.485 alumnos, o sea 1 por cada 8,73 habitantes, por lo que se hace acreedor al premio de 10.000 $fuertes ofrecido por ley del 7/10/1869 a las Provincias que tengan en los registros de sus Escuelas un número de niños igual a la décima parte de su población (8,T6,379).
La Comisión interventora de la
Escuela Agronómica de Mendoza, nombrada por decreto del 13/9/1881, continuará en sus funciones durante el presente año. (8,Año 1874-1890,58)
La Contaduría del Ministerio emite un libramiento por 1.646,93 $mn en favor de Luis Jacobsen, por la adquisición de libros y útiles hechos a la
Escuela Nacional de Agricultura, según expediente iniciado el 1/1/1884. (8,Año 1895,S1,751)
Por decreto del presidente Juarez Celman del 28/2/1888, el personal directivo y docentes de la
Escuela Normal de Maestras de Mendoza son nombrados: Sara Cook, Directora y Profesora de Pedagogía e Instrucción Moral y Cívica (sueldo 200$); Petrona Guiñazú, Profesora de Idioma Nacional (100$); María Elena R.de Alvarez, Profesora de Historia y Geografía Argentinas (100$); Tránsito Videla, Profesora de Geometría y Caligrafía (80$); Silvana Paredez, Profesora de Historia y Geografía generales y Gimnasia ($120); Salomé Duffaur, Profesora de Ciencias Fisica Naturales (120$); Augusto Romás, Profesor de Francés (80$); Elcira Escalante, Profesora de Dibujo (80$); Costanza M.de Vicuña, Profesora de Música (80$); Angelina P.de Day, Profesora de Labores y Economía Doméstica (60$); Petrona Vergara, Secretaria Contadora (40$). Para la Escuela de Aplicación: Rosa E.de Dark, Regente y Profesora de Crítica pedagógica (150$); Luisa Daniel, Vice-Directora y Profesora de Matemática (150$) (8,Año 1888,T33,253). Al día siguiente, se emite el listado para el
Colegio Nacional de Mendoza: Angel Biritos, Rector (200$); Pedro Calderón, Vice-Rector (100$); Leonidas Aguirre, Profesor de Idioma Nacional de 1º y 2º año (100$); Pedro Calderón, Profesor de Historia y Geografía Argentinas (100$); Juan del Campillo, Profesor de Historia General (100$); Antonio Gigli, Profesor de Geografía General (100$); Abel Biritos, Profesor de Aritmética (100$); Augusto Romás, Profesor de Geometría y Dibujo Lineal (120$); Dionisio Ambelicoupulos, Profesor de Algebra, Trigonometría y Nociones de Topografía y Cosmografía (120$); Ventura Gallegos, Profesor de Química (110$); José A.Salas, Profesor de Historia Natural e Higiene (110$); Héctor de Villars, Profesor de Latín (100$); Sebastián Samper, Profesor de Francés (100$); D.J.J. Hermann, Profesor de Inglés (100%); Pablo Loos, Profesor de Alemán (100$); Carlos Odonnel, Profesor de Gimnasia y Ejercicios Militares (52$); José F.Robles, Secretarios, Contador y Bibliotecario (110$); Alejandro Murguiondo, Profesor de Idioma Nacional 3º y 4º año (100$); Cleanthe Pimenides, Profesor de Física (110$); Raimundo Wilmar, Profesor de Filosofía, Nociones de Derecho político y Economía política (100$) (8,Año 1888,T33,271)
El 3/4/1888 el presidente Juarez Celman deja sin efecto el decreto del 31/3/1885 por el que otorgaba la construcción del edificio del
Colegio Nacional de Mendoza a la empresa Miguel Cobos y Cía, por no haber hecho acopio de material ni tomar medida alguna. Por lo que, se resuelve adoptar para la dicha construcción un plano diferente del que sirvió para la licitación que se efectuó en 20/9/1884 y que motivó la aceptación de la propuesta en ella presentada por Miguel Cobos y Cía. Que con posterioridad a dicha propuesta se devolvió a dichos Señores el depósito que hicieron en garantía, reemplazándola por una fianza personal (Decretos de 7/12/1885 y 8/2/1886). Por último, que se ha efectuado licitación pública en la ciudad de Mendoza para la construcción del edificio con arreglo a los nuevos planos confeccionados por el Departamento de Ingenieros, y en esta fecha se acepta la propuesta presentada por Clerici y Cía para encargarse de la ejecución de la obra. (8,Año 1888,T33,524)
Se confiere el título de
Maestras Normal a las alumnas de la
Escuela Normal de Maestras de Mendoza el 12/3/1887: Clotilde del Valle, Fernandina Martinez, Elena Guevara, Rosa Peñailillo, Socorro Villavicencio y Luisa Mayorga. Por lo que se expide a las ex-alumnas nombradas los Diplomas correspondientes, los que una vez anotados en el Registro, se enviarán a la Directora de la mencionada escuela para su distribución. El 18/3 se le confiere el título de
Maestro Normal a los siguientes ex-alumnos de la
Escuela Normal de Maestros de Mendoza: Saturnino Salcedo, Eliseo García, Darío Burgoa y Diójenes Peramon. El 16/4 el Gobierno Nacional habilita una beca para: Mercedes Corvalán, Antonia Contreras, Mercedes Morales y Rosa Gonzalez; y el dia 23 para la Señorita Celia Laredo, también para Custodia Zuloaga; todas de la Escuela Normal de Maestras. (8,Año 1887-1888;414, 415 y 416)
Hallándose vacante en el
Colegio Nacional de Mendoza el puesto de Nociones de Derecho, Economía Política y Filosofía, por renuncia del Dr Raimundo Wilmart, el Presidente Juarez Celman, decreta el 24/3/1890, que se nombre al
Dr Agustín Alvarez en su reemplazo (8,Año 1890, T37,420). El 26/5 el Presidente Celman decreta su separación, previa notificación en el Libro de Personal Docente (8,Año 1890,T37,633). El 12/6 por hallarse vacante la cátedra es nombrado Severo Gutierrez del Castillo en lugar del exonerado Agustín Alvarez (8,Año 1890,T37,755).
Por decreto del 16/1/1895 el Poder Ejecutivo de la provincia de Mendoza ha organizado la
Dirección General de Escuelas y Consejo de Educación sobre las bases establecidas por la nueva Constitución jurada el 1 de enero, en la forma y en el personal de que se instruye el decreto siguiente: Mendoza, 16/1/1895: Habiendo la H. Cámara Legislativa en sesión de fecha 15 del actual, prestado el acuerdo necesario para proceder al nombramiento del Director General de Escuelas y miembros del Consejo General de Educación y debiendo constituirse estos según las bases establecidas por la Constitución, el Poder Ejecutivo decreta Artículo 1º, nombrase Director General de Escuelas a Pedro Julián Ortiz, y miembros del Consejo General de Educación a Severo G. del Castillo, Manuel E. Sayanca, Ventura Gallegos y Antonio Gigli. No se ha sancionado aún la ley de educación en armonía con la nueva Constitución. (8,Año XIV,Num 259,1442)
El Presidente Miguel Uriburu decreta el 20/4/1896, que la Dirección de Tierras, Colonias y Agricultura, procederá a instalar las quintas agronómicas en las provincias de Mendoza y Tucumán, la primera en el antiguo local de la antigua
Escuela Agronómica; y por Jefe, al Ingeniero Agrónomo Domingo S. Simois. (8,Año 1896,S1,721)
En ejecución de la ley de presupuesto vigente, y siendo necesario propender a que el cultivo de la viña y la elaboración del vino se hagan de acuerdo con los procedimientos científicos, formando al efecto obreros competentes; por decreto del Presidente Félix Uriburu del 5/5/1897 es creada la
Escuela Nacional de Vitivinicultura, destinada a formar captaces administradores de viñas y bodegas, con una duración de estudios de dos años y estará anexa a la
Quinta Agronómica Nacional y bajo la dirección del Jefe de la misma. Materias 1er Año: Viticultura (5 horas teoricas y 10 horas prácticas, semanales), Vinicultura (4/7), Agricultura general y horticultura (4/5 y 3), Nociones de física y química (3), Nociones de historia natural (2), Aritmética y geometría prácticas (2/3 dibujo lineal y topográfico). Materias 2do Año: Viticultura y ampelografía (4 horas teóricas y 7 horas practicas, semanales), Vinicultura y destilación (4/10), Agricultura cultivos especiales y construcciones rurales (4/5), Nociones de química agrícola y meteorología (3/3), Arboricultura (2), Patología vegetal de la viña (2) y Economía rural y contabilidad (2). El año escolar comenzará el 1 de agosto y terminará el 30 de junio; y, las vacaciones durarán todo el mes de julio y será destinado a hacer excursiones a establecimientos vitícolas. Para ser admitido como alumno, se debe tener por lo menos 15 años de edad, gozar de buena salud y carecer de defectos físicos que imposibiliten para el trabajo; también, presentar un certificado de haber sido aprobado en los 6 grados de las escuelas comunes, o en su defecto rendir un exámen de ingreso, que comprenderá: lectura, escritura, idioma nacional, geografía, aritmética e historia natural. Habrán 12 becas para los que reunan los requisitos y ser argentinos y natural de las provincias de: San Juan, Entre Ríos, La Rioja, Catamarca, Salta y San Luis. Las solicitudes serán presentadas en la dirección de la escuela, las que serán elevadas luego a la Oficina Nacional de Agricultura. Para la construcción de la Escuela y Bodega se asignarán 2.200 $mn. (8,Año 1897,C2,105. Maestros: Ulises Isola y Modesto Prolongo: 473; Delfín Reta: 657)
El 20/8/1897 el colegio
Santo Tomás de Aquino queda incorporado, en sus dos primeros años de estudios secundarios, al Colegio Nacional. (8,Año 1897,C2,604)
Es elegido por el Presidente Uriburu el personal de la
Escuela Nacional de Vitivinicultura el 18/2/1898, Director y Profesor de viticultura y vinificación al ingeniero agrónomo Domingo L. Simois; Secretario Contador y Profesor de aritmética y geometría a Carlos Lerena; Profesor de agricultura y horticultura a Benajamín Salazar Carreño; Profesor de química, física y jefe de laboratorio a Ulises Isola; Profesor de historia natural a Modesto Prolango; Capatáz de la bodega a Modestino Yossa. (8,Año 1898,1C,443)
Por decreto del Presidente Figuero Alcorta del 12/3/1909, y atento a lo manifestado por la División de Enseñanza Agrícola respecto de los acontecimientos producidos por los
alumnos de la Escuela de Vitivinicultura de Mendoza, los cuales se han
declarado en huelga y se han expresado en forma incorrecta sobre los procederes de la Dirección de dicho establecimiento es que se resuelve declarar
clausurada temporalmente la Escuela de Vitivinicultra de Mendoza, quedando expulsados de ellas los alumnos que han promovido los incidentes, prohibiéndoles su ingreso a cualquiera otra de las escuelas dependientes del Ministerio de Agricultura. (8,Año 1909,1T,193)
La
Asociación de Maestros anunciaba para el 14/10/1917 a las 3 de la tarde, una asamblea a objeto de deliberar acerca de la situación del magisterio de la provincia y de la instrucción pública en general (12, 13/10/1917, PP). La asamblea estuvo presidida por Clodomiro Jiménez y Emilio Jofré, quien en sendos discursos dieron a conocer una deuda de 8 meses de sueldos (12, 15/10/1917, PP).
Los peritos mercantiles egresados en el año 1941, reunidos en una cena el 7/10/1944, acordaron gestionar de la autoridad universitaria y del gobierno de la Provincia, se active la
escrituración del terreno de 5.000 m2, que el gobierno de la Nación ha cedido para levantar el
edificio de la Escuela Superior de Comercio Martín Zapata. A tal efecto una comisión de ex-alumnos entrevistó al rector de la Universidad de Cuyo, doctor Doll, y posteriormente lo hizo con igual objeto al interventor nacional. (9, 10/10/1944, 6)
En el local de La Casa del Maestro y Previsión Social, tuvo lugar el 9/10/1953 a las 19 horas, la disertación a cargo de José S. León Aguilera sobre el tema
"Incorporación de la materia Argentinidad en los planes de enseñanza". Con este acto se continuará con el desarrollo de la cátedra "Domingo Faustino Sarmiento". (9, 9/10/1953, 4)
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza Tomo I.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza Tomo II.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza Tomo III.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza Tomo IV.
5) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
6) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
7) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile I y II.
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9) Diario Los Andes (Mendoza), fecha, página.
10)
El Monitor de la Educación Común.
11) Consejo Nacional de Educación, Libro de Actas, Fecha, Página.
12) Diario La Palabra (Mendoza), fecha, página.
13) Diario La Prensa (Buenos Aires), fecha, página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).