La educación primaria en Mendoza se consolidó como la etapa obligatoria de la escolaridad, abarcando de primero a séptimo grado. Los documentos muestran la expansión de escuelas públicas y privadas, la formación de maestros y la organización de programas que garantizaron el acceso universal a la enseñanza básica.
Sucesos Históricos
Fray Andrés Tadeo Lemus se presenta ante el Cabildo de Mendoza el 19/10/1771, declara que es
maestro de primeras letras y que hace 2 años y 8 meses que ejerce el cargo y que no habiendo
escuela pública en la ciudad, sino la que está en esta Casa Real y a su cargo, y debido al crecido número de jóvenes a su cuidado y a los que procura enseñar con esmero y aplicación, y respecto de haberle llegado noticia que el Soberano manda que se
paguen sus salarios a los maestros de primeras letras y otras facultades, y hallándose con algunas urgencias en su salud, solicita se libre el dinero que le correspondiente por tal fin y por el tiempo atrasado antes referido. El 9/1/1772 las autoridades del Cabildo por orden de la Junta Superior de Gobierno, ordena se le paguen 100$ anuales, certificado por el virrey Joseph Vertiz y Salcedo. (X,EC,C31,D4)
El virrey interino Diego de Salas notifica al corregidor Jacobo Bardarán el 9/12/1773, diceindo que reconocido el artículo del 1 de marzo de esa Municipal (Mendoza), que con carta del 12 de setiembre remitió VM, sobre la estabilidad de la
enseñanza de la juventud, con las asignaciones que se han hecho; se ha aprobado la de el
maestro de primeras letras y el de gramática, dando al primero 150$ anuales y 200 al segundo. Más en cuanto a lo de
filosofía, ha resuelto suspender por ahora. (X,EC,C45,D40)
Esta Junta Municipal acusa a VS el recibo del auto del 1º del que corre expedido por esa Superior Junta Provincial y remitido en testmonio con oficio de VS de 3 del mismo, relativo a la permuta y cambio pretendida por los religiosos Franciscanos de este Convento con la Iglesia y Colegio de los exJesuítas de esta ciudad; y en su
cumplimiento procedió inmediatamente en posesión a dichos religosos de la enunciada Iglesia y Colegio, tomando en cambio estas Temporalidades su arruinada
Iglesia y Convento, en que con arreglo a dicho auto quedan designadas para los religiosos
Bethlemitas las dos cuadras correspondientes a las que tenían aplicadas en la guerta de dicho Colegio, todo bajo las calidades que enuncia el citado auto superior. Asímismo se han trasaladado a los edificios del enunciado Convento, las
aulas de primeras letras y latinidad, que costea el Ramo de estas Temporalidades, y también los jóvenes pensionistas que se hallaban recogidos provisionalmente en dicho Colegio, entretanto se obtenía la venia y aprobación de esa Superior Junta para este establecimiento, sobre que tiene hecha instancia esta ciudad por medio de apoderado que ha costeado en esa capital. Esta determinación ha creído deber tomar esta Junta por no persuadirce que en la concepción del citado cambio a dichos Regulares, bajo la obligación de la enseñanza de estudios que para mayor abundamiento cree expedida por esa Superior Junta, se entieda de modo alguno suprimida la
enseñanza pública, que desde la expulsión de dichos Jesuítas, se mandó por el Rey por su Real Cédula del 5 de octubre del 76, se continuase para su mejora en todos los colegios y en maestros seculares. Año 1798. (X,EC,C31,D16)
La Junta Superior de Aplicaciones de Buenos Aires ordena se apliquen para Cuartel de Milicias, las 11 viviendas de bóveda de el
Colegio que fue de los Regulares expulsos (Jesuítas, hoy Ruinas de San Francisco); con 29 varas de frente al norte (calle Chacabuco) con inclusión del grueso de las murallas y al fondo hasta tocar con las viviendas del dicho
Colegio; separando de este destino las 2 piezas que servían de
Almacén de las Armas, que se mandan aplicar para
aulas de primeras letras y latinidad, quedando también excluído de este destino lo demás del
Corralón y viviendas que ocupaba el Cuartel de Milicias. Yo, sin oponerme a las disposiciones de la Junta Superior, tengo que hacer presente a Vuestra Señoría que por las inundaciones que se experimentaban en esta pequeña Sala de Armas, que con este destino se construyó contigua al Cabildo en la Plaza Pública, supliqué al Excelentísimo Señor Virrey don Juan José de Vértiz, se sirviese destinar para este efecto, y aún para Cuartel e Instrucción de las Milicias el aposento Rectorial, Almacén que se le seguía y Corralón del Colegio; como que su Excelencia tuvo a bien aplicar interinamente estas piezas para el expresado fin, con consideración a que el armamento era super abundante y sumamente reducida aquella Sala. Que después de trasladado al
Colegio el armamento, se han remitido a ésta de la Capital del Virreinato y de la ciudad de San Juan, considerables partidas de harinas y pertrechos de guerra, que por no poder acomodarse en las dichas dos piezas destinadas, se han colocado en tres bóvedas, aquellas más deterioradas con las tiendas de campaña, avios de montar y otros utencilios. Que después de todo se han hecho las paces con los indios pehuenches, como se sabe, y se les alojaba en las bóvedas desocupadas y sirviendo el Corralón para sus caballadas, y para acopiar lo que de ordinario se necesitan para las salidas que frecuentemente se hacen con estas milicias en defensa de esta ciudad y su frontera. Que el último de los cuartos que caen a la calle y cuartito inmediato, sirven para alojamiento de la tropa o destacamento veterano que hoy existe en esta ciudad. Que viéndome aún en una grande estrechez con todas estas piezas, he tenido que alojar a los indios cuando vienen a sus parlamentos, en los extramuros, debajo de unos higuerales, valiéndome para ello del favor de unos y otros, cuando era crecido el número, y temeroso también de que se descuidasen con el fuego en el
Colegio y sucediese alguna desgracia. Que las bóvedas que se destinan o mandan aplicar para Cuartel de Milicias y colocación de armamento, con el fondo que se destina y no me sirven de modo alguno, por estar todas ellas arruinadas y sin puertas, y por la humedad que perciben de una acequia con que riegan la huerta que atraviesa por entre las mismas bóvedas; que porque en dos de ellas se halla la fragua y morada del Maestro Armero, que compone los armamentos. Por tanto suplico no haga novedad por el momento en el particular, hasta que por la Superioridad (a quien doy parte) resuelva cómo o en dónde se deberá colocar el armamento. Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años, Mendoza 28/4/1789. José Francisco de Amigorena a los Señores de la Junta Municipal de Temporalidades. (X,EC,P108,34 y P125,2-3)
El Senado y la Cámara de Diputados de la Confederación Argentina sancionan por Ley del 25/9/1856, que se establezcan cuatro
Colegios Nacionales de enseñanza
elemental y superior en las capitales de
Mendoza, Salta, Tucumán y Catamarca. Para cubrir el déficit que se produzca el Gobierno Nacional aporta 5.000$. En cada uno de los colegios se recibirán para educarse, el número de jóvenes pobres de otras provincias, donde no existan colegios de esta clase; siendo el alimento y la enseñanza gratis para ellos, y en los que se admitirán pensionistas internos y externos. (8,Año 1852-1856,421/3917)
Por decreto del 16/1/1895 el Poder Ejecutivo de la provincia de Mendoza ha organizado la
Dirección General de Escuelas y Consejo de Educación sobre las bases establecidas por la nueva Constitución jurada el 1 de enero, en la forma y en el personal de que se instruye el decreto siguiente: Mendoza, 16/1/1895: Habiendo la H. Cámara Legislativa en sesión de fecha 15 del actual, prestado el acuerdo necesario para proceder al nombramiento del Director General de Escuelas y miembros del Consejo General de Educación y debiendo constituirse estos según las bases establecidas por la Constitución, el Poder Ejecutivo decreta Artículo 1º, nombrase Director General de Escuelas a Pedro Julián Ortiz, y miembros del Consejo General de Educación a Severo G. del Castillo, Manuel E. Sayanca, Ventura Gallegos y Antonio Gigli. No se ha sancionado aún la ley de educación en armonía con la nueva Constitución. (8,Año XIV,Num 259,1442)
Por Ley Nacional 5949 del 29/9/1908, el Congreso Nacional destina la suma de 8.000 $mn para la construcción de
Escuelas comunes primarias en: Jocolí, Lavalle; Tunuyán; y en La Dormida, Santa Rosa. Los planos de los edificios serán formulados por el Ministerio de Instrucción Pública de acuerdo con los Gobiernos de las provincias. (8,Año 1908,4T,190)
Monumento "Al Maestro de Escuela": La Comision que mantiene abierta una suscripcion para erigir un monumento al primer maestro de escuela argentino ha recibido una de las mas importantes contribuciones. Es la de la Provincia de Mendoza, cuyas listas arrojan un total de 4.252,80 $. La comision seccional de Mendoza, presidida por el senor Santos Britos (o Biritos), nos da cuenta de este resultado, en nota del 26/8/1910. Algunos de los colaboradores fueron: Martín Palero, Silvano Rodriguez, Teodoro Shestacoff, Guillermina Z. de Bianchi, Escuela Unión y Progreso, Angel Ramponi, Avelino Maure y otros. (11, N458, 389)
Por resolución del 23/9/1921 el Director General de Escuelas procede a nombrar a la escuela nº 14, ubicada en Luján de Cuyo, con el nombre de
Dr. Alberto Zinny, periodista e historiador (catedrático en la Universidad de Buenos Aires en 1855, fundador del Colegio de Mayo en 1857, Director del Colegio Argentino en Corrientes en 1863 e Inspector General de Escuelas en la provincia de Buenos Aires de 1870 a 1883) en conmemoración del centenario de su nacimiento el 9 de octubre. (9, 23/9/1921, 3)
Hoy (9/10/1924) a las 17 y 30 horas, la distinguida
profesora Rosario Vera Peñaloza, dará su segunda conferencia didáctica, suspendida el lunes por el mal tiempo. El tema a desarrollar es: Aplicaciones del trabajo manual a la enseñanza de las matemáticas. A esta conferencia, de aplicación inmediata para los maestros en la
enseñanza primaria, puede concurrir toda persona que se interese por estos asuntos a tratar, en el salón de actos públicos de las
escuela Patricias Mendocinas. El mismo día, se anunciaba la reanudación de clases de
1er grado infantil y kindergarten (Jardín de Infantes) de esta escuela que han estado clausuradas desde el 23 de setiembre por el mal estado sanitario. (9, 9/10/1924, 5)
La Dirección General de Escuelas ordenó un sumario el 12/10/1925, debido a una denuncia hecha por
Herminia M. de Ramponi, directora de la escuela
Almafuerte, ubicada en Guaymallén, por un atentado al establecimiento. (9, 12/10/1925, 7)
Una comisión del magisterio organizó una excursión a San Rafael a fin de rendir homenaje al
doctor Carlos N. Vergara el 11/10/1930 a las 13 horas. La comisión organizadora recibió un telegrama del Consejo Nacional de Educación aprobando los actos; entre los cuales, se resolvió designar con su nombre a la Escuela nº 97 de San Rafael. (9, 2/10/1930, 4)
Bibliografía
1) Academia Nacional de la Historia (1945): Actas Capitulares de Mendoza Tomo I.
2) Junta de Estudios Históricos de Mendoza (1961): Actas Capitulares de Mendoza Tomo II.
3) Academia Nacional de la Historia (1974): Actas Capitulares de Mendoza Tomo III.
4) Academia Nacional de Historia (2011): Actas Capitulares de Mendoza Tomo IV.
5) Instituto Nacional Sanmartiniano. Documentos para la Historia del Libertador General San Martín, Tomos (T) 1 al 20.
6) Medina, José Toribio (1888-1902): Colección de documentos inéditos para la historia de Chile, Tomos 1 al 30.
7) Espejo, Juan Luis (1954): La Provincia de Cuyo del Reino de Chile I y II.
8) Registro Oficial y Nacional de la República Argentina.
9) Diario Los Andes (Mendoza), fecha, página.
10)
El Monitor de la Educación Común.
11) Consejo Nacional de Educación, Libro de Actas, Fecha, Página.
12) Diario La Palabra (Mendoza), fecha, página.
13) Diario La Prensa (Buenos Aires), fecha, página.
X) Archivo General de la Provincia de Mendoza: Época Colonial e Independiente (EC,EI), Carpetas y Documentos (C,D), Protocolos (P).