La producción de cereales en Mendoza tiene una larga tradición vinculada al trigo, el maíz, la cebada y el sorgo, cultivos que abastecen tanto la alimentación humana como la animal. Desde los primeros sembradíos en los valles irrigados hasta la expansión hacia zonas áridas con técnicas de riego, los cereales han sido parte esencial de la dieta mendocina y de la economía provincial.

Sucesos Históricos

¿Si saben que en todo el tiempo que el dicho capitán (Pedro del Castillo) ha estado en las dichas provincias, por su persona ni mandato, nenguna persona, ha tomado ni robado a los dichos naturales nengún oro, ni plata, ni ganados, ni ropa ni otra cosa nenguna de mantenimientos, antes él y los demás rescataron con ellos, dándoles cosas que ellos pidían, y de su voluntad ellos han dado algunas comidas conque moredamente se sustenten, pasando necesidad y hambre, y ha dado y da orden para que por todos igualmente se pase y sustenten, á fin del buen entendimiento de españoles y naturales? A lo que el padre Hernando (de la Cueva) responde: "que dice lo que tiene dicho, y que ha visto y vee y este testigo lo ha hecho y hace si come maíz o trigo o cebada ó aves ó otra cosa de los dichos indios, lo ha comprado, y así lo ve hacer á todos, y ha visto que al dicho capitán pasan la vida miserablemente y con necesidad, á fin de que los naturales no sean desipados robándoles sus haciendas, y ha visto que la dicha comida que así han dado no ha sido forciblemente, y el dicho capitán les ha dado cabras, puercos, mantas, chaquiras y otras cosillas".

Es elegido el primer Alcalde de Aguas de la ciudad el 1/1/1600, en la votación empatan Juan de Contreras y Francisco Muñoz, con la misma cantidad de votos; el Cabildo se decide por Contreras, por haber sacado más votos en la elección para Regidor (1,183). A fin de año, llega una orden emitida por el gobernador Alonso García Ramón, en la que intima a los vecinos a recibir a soldados españoles que llegan desde Buenos Aires. En marzo de 1601, arriban los 250 soldados enviados por el Rey junto con el nuevo Gobenador del Tucumán, Francisco Martínez de Leiva. Las tropas deben invernar en Mendoza, hasta tanto se reabra el paso a Chile. Los vecinos deben sustentar el alimento y alojamiento de los recién llegados, para lo cual han de destinar sus reservas de carne, como así también, hornear pan a diario para alimentar a las tropas. (1,186)

En 1604, el fiel ejecutor Pedro de Rivas, comparece ante el Cabildo y pide que atento a que no hay oro y plata en la ciudad, se fijen tasas para los productos agrícolas, como moneda de cambio: 1 fanega de trigo en la cosecha 1$; 1 fanega de trigo pasados 6 meses 1,5$; 1 fanega de cebada en la mitad del año 0,5$; 1 fanega de maíz en los 6 primeros meses 1$; 1 fanega de maíz en los posteriores meses 1,5$; 1 quintal de orejones (durazno o melocotón) 6$; 1 quintal de higos pasados (secos) 5$; 1 millar de camoezas (manzanas) 5$; la tasa es acordada y no podrá ser sobrevaluada por algún vecino ventajero, bajo pena de multa para quien cometa la infracción; dicha multa será dividida en 3 partes: una para las arcas de su Majestad, la otra para la construcción de la Casa de Cabildo y la última, para quien haga la denuncia; además, se pregonan las tasas en la Plaza Mayor (Plaza Pedro del Castillo) para que los vecinos se anoticien el domingo después de misa. (1,273)

A raíz de la guerra de Arauco al sur de Chile, varios de los vecinos de la ciudad han sido citados a participar; es por ello, que los vecinos que quedan se les ordena que atiendan las chacras de los ausentes. Se nombra veedor al alcade Juan Luis de Guevara, a quién se le pagará 100 $ para que se encargue de controlar a los vecinos. Para aquellos que no cumplan con la orden se les cobrará una multa de 10 fanegas de trigo. El 3/4/1604 se limita la siembra a los vecinos y se los obliga a sembrar sus tierras en beneficio de su Majestad a modo de impuesto sobre los productos cosechados, siendo comisionado Juan Luis de Guevara para el control de los sembradíos (1,278-279). Este mismo año, algunos vecinos son incorporados al ejército y son enviados a Chile para luchar contra los Mapuches en la guerra de Arauco. Las autoridades del Cabildo de Mendoza, nombran a Juan Luis de Guevara como veedor para controlar que las chacras de los vecinos que están en Chile, sean atendidas por los vecinos que han quedado en la ciudad. Además, se acuerda que se le pague a Guevara por su trabajo 100 $ y por orden del Gobernador se obliga a todos los vecinos a entregar 10 fanegas de trigo para solventar los gastos de guerra en Chile.

El 3/3/1605, llega la noticia que van a arribar a Mendoza 1.000 soldados provenientes del puerto de Buenos Aires al mando de Alonso de Mosquera, para incorporarse a la guerra en Chile. Los vecinos de la ciudad deberán sustentarlos hasta tanto se abra el camino por la cordillera y para ello hacen una derrama forzosa (contribución) de trigo para hacer bizcochos, según el siguiente detalle: Andrés de Videla 100 fanegas de trigo; Alonso de Reinoso 100; Rodrigo Bustos 120; Juan Luis de Guevara 130; Gregorio de Puebla 100; Gregorio de Morales 100; Jusepe de Villegas 150; Juan de Urbina 150; Alonso de Cepeda 130; Alvaro de Gelves 130; Francisco Bravo 120; Agustín Bustos 120; Simón de Varela 30; Manuel Faría 100; Alonso de Videla 150; Juan de Contreras 100; Pedro de Zárate 130; Antonio Chacón 100; Juan de Escobar 120; Miguel Catalán 160; Lope de la Peña 0; Francisco de Mena 100; Alonso Alvarez Berrio 30; Hernando de Molina 70; Pedro de Rivas 120; Juan de Quiroga 120; Juan de Córdoba 120; Antonio Moyano 100; Antonio Borje 0; Juan de Vega 0; Diego de Cabrera 0; Catalina de los Santos 0; Isabel Perez 0. (1,320)

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 14/3/1605, se teme por la llegada de los soldados españoles que ya desembarcaron en Buenos Aires y vienen caminando hacia Mendoza para pasar a Chile. En pocos días comenzarán las nevadas en la cordillera y los soldados deberán invernar en la ciudad, por ende se alojarán hasta setiembre. Los vecinos están preocupados por sus bienes, tanto es así, que algunos de ellos han pérdido mucho dinero y no se han podido recuperar económicamente de las 3 expediciones que vinieron anteriormente a la ciudad. El 12/5, se ordena a los vecinos de la ciudad que deben hornear panes de 1 libra y media, para darle de comer a los soldados que llegaron a Mendoza y que luego de invernar partirán a Chile. En razón de evitar problemas con los soldados por el desabastecimiento, se hacen 1.000 raciones diarias de pan y el capitán Juan Luis de Guevara es el encargado de elaborar la lista de soldados que a cada vecino le corresponda atender. (1,326-329)

En enero de 1609, luego de la elección de las nuevas autoridades del Cabildo de Mendoza; los alcaldes, Gregorio Morales de Albornoz y Mauricio Bravo de Naveda; y los regidores, Alonso de Reinoso, Juan de Contreras, Alvaro de Gelves, Juan de Godoy, Juan de Vega de Varzena y Agustín Muñoz; deciden no sesionar durante dos meses hasta que se levanten las cosechas de trigo (1,478). Además, las autoridades del Cabildo disponen arreglar la acequia de la Ciudad (calle Salta) y la acequia del Molino (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), porque no traen agua por estar tapadas y conviene ahondarlas, porque cuando llueve se derrama el agua por las calles y la ciudad queda anegada; a raíz de esta situación, la Casa de Cabildo está por caerse; para los arreglos se contrata a Antonio de Fuentes y se le da un plazo de 40 días y, cada vecino ha de poner un yanacona (servidumbre aborígen) para que haga los trabajos; 14 para la acequia del Molino y 20 para la acequia de la Ciudad, y, se le pagará a Fuentes con 40 arrobas de mosto y, para los que no lo tengan, le pagarán con trigo a 1 real la fanega o con cebada a 4 reales el carro (1,485).

El Cabildo de Mendoza dispone crear una pulpería pública el 18/9/1627, para que todos los vecinos vendan los frutos de sus cosechas y viñas (2,23). En octubre, se emite y pregona una bando del Cabildo en la plaza de la ciudad por la sobrevaluación de los productos básicos; las autoridades ordenan que todos aquellos vecinos que amacen y vendan pan, cobren las 6 libras a 2 $, quedando prohibido vender pan en casas particulares; para venderlo deben llevarlo a la Plaza Mayor y que, los vecinos y autoridades, vean en que condiciones y estado se encuentra (2,26). El 6/11, al poner precio máximo al pan, los productores esconden el trigo y para venderlo le suben el precio; entonces, el fiel ejecutor Alvaro de Gelvez y el Escribano, controlan y verifican la cantidad de trigo que tiene cada vecino; para los que esconden trigo se le confisca y se les paga a 2 $ la fanega, luego se ofrece el pan en la plaza pública a 2 reales las 6 libras como se había acordado (2,28). Ese mismo año, por una sequía muy grande que hay en la ciudad y con el riesgo que se pierdan las cosechas, se organizan 3 procesiones para acompañar la imagen de la Madre de Dios del Rocio y solicitarle ayuda; los vecinos que no participen deben pagar 6 $ de multa (2,29).

A principios de enero de 1631, el procurador Francisco de Umaña solicita al Cabildo de Mendoza que debido a la falta de trigo, y como es costumbre del Ayuntamiento recaudar trigo para el Molino Público de la Ciudad, de propiedad de Domingo Sanchez Chaparro; se baje el arancel o cuota de aporte de 2 almúdes por fanega. El 15/2 por la falta de trigo, el Cabildo ordena que las carretas que vienen de San Juan a las minas de barro de la ciudad y que lo utilizan para hacer vasijas; se les permute el barro por trigo, bajo pena de 100 $ de multa por cada 10 carretas con barro. La falta de trigo en la ciudad se torna grave, es por ello que, el procurador Umaña le solicita al Cabildo que aquellos vecinos que tengan trigo en sus molinos, entreguen una parte al Ayuntamiento para distribuirlo entre los pobres. El alcalde Juan Luis Pacheco y el escribano Ortiz, son los encargados de verificar en cada vecino si cuenta con trigo y, si lo tiene, se le dejará una parte para su sustento, y la otra parte se le dará al Cabildo a razón de 2,5 $ la fanega y que el Cabildo lo venderá al mismo precio a los pobres. (2,149 y 154)

El 5/5/1646 las autoridades del Cabildo de Mendoza; los alcaldes, Joseph Pardo Parragués y Juan Moyano de Aguilar; y los regidores, Pedro de Videla, Juan de Sacarías de la Sierra Morales, Lorenzo de Vera, Juan Luis de Guevara, Nicolás de Arce y Juan de Villaroel; mandan a los vecinos de la ciudad que se vendan 4 panes de libra por 1 Real, bajo pena de 6 $ para gastos de obra pública para quien no cumpla; además, emiten un bando en donde sólo los pulperos con licencia pueden vender mercaderías en la ciudad (2, 343). El 24/11, al estar cerca el día de Santa Bárbara, Protectora de la ciudad contra las tempestades de nieve y piedra, se organiza un novenario y para ello se elige a Josefe Pardo y Juan Moyano de Aguilar para que pidan la limosna a los vecinos para la Capilla (2, 355).

Para el año 1647 y 1648, se pierden todas las cosechas por el granizo y, en 1649 y 1650, las cosechas son arrazadas por plagas de langostas. En sesión del Cabildo de Mendoza se trata el tema que los vecinos pobres se quejan del precio del pan, ya que se están vendiendo 3 panes pequeños a 1 real. Según una ordenanza del Ayuntamiento, el precio debía ser de 4 panes por 1 real; entonces, las autoridades le ordenan al fiel ejecutor Joseph de Villegas que controle a las pulperías y para aquellas que estén en infracción, se le decomise todo el pan y lo vendan en la Plaza Mayor; y el sobrante, sea entregado a los Conventos. Ese día, se encontraban presentes en la sesión de Cabildo: el corregidor Juan Ruis de la Cuesta, Juan y Josefe de Villegas, Alonso de Videla, Alonso Gomes de Olbera y el procurador general Lorenzo Sandi Carrasco. En una sesión del 3/9, los cabildantes le solicitan a su Majestad que no cobre este año los impuestos, ya que, por las mangas de piedras y las plagas de langostas, se han perdido grandes cosechas y los vecinos están muy pobres; entonces, los usureros están pagando por la venta de la cama y algunas alhajas que valen 100 $ solo 5 y 6 $. (2, 376)

Las autoridades del Ayuntamiento con fecha 9/11/1652, intiman a los dueños de los 3 molinos de la ciudad: Lorenzo Sande Carrasco (intendente o teniente de corregidor), Alonso de Videla y Juan de Villegas; que hagan trabajar sus molinos y que muelan los granos que les llevan los vecinos; ya que no hay pan en la ciudad y hay una epidemia de viruela y tabardete que está matando a muchas personas, bajo pena de 50 $ de multa para el que contradiga la orden. La notificación es llevada personalmente por el alguacil mayor Cristóbal Ruiz de Campos. (3, 33)

A principio de enero de 1655, debido a las epidemias y magras cosechas por las plagas langostas y las mangas de piedra, las autoridades del Cabildo; el alcalde Juan Ruiz de la Cuesta; y los regidores, Francisco Nuñez de Villoldo, Antonio de Escobar y Mena, Cristóbal Rodriguez de Campos (alguacil mayor); y el procurador Alonso de Carbajal y Sarabia; mandaron que se ponga un indio molinero en el molino de Bernardino de Urbina y Losada, para que muela granos a los vecinos, bajo pena de multa y cárcel. (3, 48)

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 17/1/1656; el alcalde, Andrés de Escobar; y los regidores, Sebastián de Chaves y Vargas, Cristóbal Ruiz de Campos y Alonso de Coria Bohorquez; disponen que el precio de 3 panes de a libra hasta el mes de febrero sea de 1 real y desde marzo en adelante sea de 4 panes de a libra por 1 real; y, que los mismos sean controlados por el Fiel Ejecutor. (3, 70)

El teniente de corregidor Juan de Puebla Reinoso el 9/8/1662, es intermediario en una operación de arrendamiento de un molino de propiedad de Francisco Mardones que se lo alquila a Lorenzo Pardo Parragués, con todo lo edificado, plantado y sus vasijas, que está corriente y moliente, y se ubica a un cuarto de legua de la ciudad y la viña linda por el Sur con los herederos de Lorenzo de Villegas, por el Norte con las haciendas de los padres del Convento de San Agustín; y el molino está como a 2 cuadras de la viña que cae hacia el Oeste sobre la acequia. (X,EC,P17,34)

Las autoridades del Cabildo de Mendoza el 4/2/1662; los alcaldes, Joseph Pardo Parraguez y Juan de Torres Barros Hinojosa; los regidores, Andrés de Videla Narvaez, Pedro Gomez Pardo de Albornoz y Antonio Moyano Flores; y el procurador Alonso de Coria Bohorquez; acuerdan que por estar cerca las cosechas de trigo y cebada, y para que la ciudad no se quede sin sustento, se cierren las sesiones del Ayuntamiento para que los Capitulares acudan a sus chacras para cosechar. (3, 214)

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 19/1/1664, las autoridades deciden no reunirse hasta el 20/3, debido a que están próximas las cosechas de trigo y cebada (3, 287). El 17/3, los Cabildantes disponen posponer el inicio de las sesiones hasta el 29/3, hasta tanto se recojan las cosechas de trigo (3, 288). El 31/3 debido a que no se han terminado de cosechar el trigo y la cebada, y, por estar pronta la vendimia, se dispone posponer las sesiones del Cabildo hasta el 11/5 (3, 289).

Por haberse caído el edificio del Cabildo de Mendoza, los Capitulares deciden sesionar en la casa del corregidor Pedro de Morales Negrete. El 28/3/1669 las autoridades deciden encomendar a Francisco Pereira Sirne, para que vaya a la ciudad de San Luis a juntar y traer 150 caballos, es por ello que le ordenan a algunos vecinos para que den harina de trigo, maíz y cebada para alimentar a los expedicionarios, según el siguiente detalle: los alcaldes Antonio Moyano Flores y Francisco Chirinos de Posadas, el alguacil mayor Francisco de Villoldo, el procurador general Luis de Molina Parraguéz, Pedro Gómez, Juan Moyano, Juan Luis de la Cuesta, Juan de Puebla, Jacinto de Videla, Francisco Pereyra, Joseph Pardo, Andrés de Videla, Gonzalo de Lorca, Bartolomé de Villegas, Gerardo Morales, Gabriel de Tribiño, Miguel Chacón, Juan Luis de Guevara, Juan de Villegas, Alonso de Coria, Lorenzo de Coria, Petronila de Godoy, Fernando de Dueñas, Luis de Salinas, Gregorio de Arce, Fernando de Figueroa, Ignacio Pallero, Gregorio de los Olivos, Miguel de Lara, Bartolomé de Ribas, Felipe de Alvarado, Juan de Fredes, Ambrosio de Sosa, Alonso de Videla, Rafael de Araya, Nicolás de Arce, Sebastián Ramirez y Leonor Gudines. Las autoridades del Ayuntamiento, le ordenan al alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo que notifique a los antes nombrados, para que el 10/4 la harina sea entregada al Cabildo. (3, 452)

Por disposición del Cabildo de Mendoza del 5/7/1670, se ordena que entre los vecinos y moradores se dé socorro de avena, trigo y maíz para los habitantes de la ciudad de San Juan de la Frontera y los soldados que el corregidor Antonio de la Maza ha enviado para defensa de ella; y así mismo, se acordó repartir por las casas para comer y cenar a todos los vecinos que son pobres; la orden es ejecutada por el alcalde Pedro de Treviño. (3, 518)

Llega una carta a Mendoza dando aviso del arribo de soldados que vienen de España para la guerra en Chile, enviada por el gobernador de Buenos Aires, Andrés de Robles, remitida al difunto corregidor Francisco Chirinos de Posada; recibida por el teniente de corregidor Juan Luis Ladrón de Guevara en su reemplazo. Reunido el Cabildo de Mendoza el 20/7/1677 por pedido de Guevara, es leída la carta a los presentes; una vez terminada, los Capitulares nombran al alcalde Bartolomé de Villegas y Figueroa y al maestre de campo José Pardo Parraguéz, para que junten harina y trigo entre los vecinos y que Guevara le escriba al Cabildo de San Juan para que den lo que puedan para ayuda y sustento de los soldados. Firman el acta; los alcaldes, Bartolomé de Villegas y Figueroa y Alonso de Videla; los regidores, Gregorio de Arce Lucero y Alonso de Coria Bohorquez; el alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo; y el procurador general Juan Moyano Flores de Aguilar. (4, 66)

Reunido el Cabildo de Mendoza el 11/1/1681, ordenan no sesionar hasta tanto se levanten las cosechas de trigo (4, 134). Con la apertura de las nuevas sesiones, el capitán Juan Godoy del Castillo solicita permiso para abrir una pulpería para vender los frutos de sus cosechas y atento a ser costumbre en la ciudad de Santiago de Chile y otras partes, que la ciudad tenga pulperías suyas para vender los frutos de sus haciendas; leída la petición, el Cabildo le da la licencia a Castillo para instalar la pulpería, y que pueda vender sus productos a vecinos y foráneos, con la condición que los precios sean impuestos por el Cabildo; firma la licencia correspondiente el corregidor Antonio de Carvajal y Saravia (4, 135).

El capitán Juan Moyano de Aguilar se presenta al Cabildo de Mendoza el 5/7/1681 y solicita hacer un molino en el desagüe que posee y que fuera abierto para repeler las inundaciones. El mismo, se encuentra sobre la calle del Tajamar, con el cargo por su cuenta de mantenerla corriente y limpia para que la ciudad no se inunde con los aluviones. Y para el caso fortuito que el agua rompa alguna pared, la ha de reconstruir por su cuenta. El 13/9, María de Villoldo, viuda del capitán Alonso de Videla, presenta una petición en la que alega un perjuicio en su contra, ya que, el molino de Aguilar está construído sobre su tierra. En la misma, Villoldo comparece ante las autoridades del Cabildo, y dice que se opone a la merced que se le hizo a Aguilar, para que pudiera hacer el molino en la calle del Tajamar que por bien común de la ciudad se hizo, y desde entonces ha estado corriente para los desgües de las inundaciones que en verano se suelen padecer, y que la merced se hizo para que el molino fuera construído sobre la calle, y Aguilar lo hizo sobre sus tierras y, que hace las veces de tranca (tapón). Y que cuando haya una inundación, por la fuerza que lleva el agua corriente por la parte más baja, se llevará no sólo la cerca de mi viña, sino también mi casa. Además, Villoldo dice que no es necesario un molino, ya que la ciudad cuenta con tres molinos y son suficientes. El 27/9, el Cabildo resuelve se guarde lo proveído y se lleve a debida ejecución lo mandado y licencia que se le dio al alférez Aguilar, para que armase el molino en la acequia y calle del Tajamar, la que se hizo abrir hace algunos años; para lo cual, se le cortó un retazo de viña al maestre de campo Juan Moyano de Aguilar, padre del acusado, y a otras personas. Es por ello que, el Cabildo resuelve validar la construcción, por cuanto los otros tres molinos están sobre la misma acequia (Canal Zanjón Cacique Guaymallén), y cuando se limpia la misma, los molinos deben parar de moler, y por tal motivo, es que fue autorizado el molino de Aguilar, para que los vecinos tengan dónde moler sus granos, cuando están sin funcionar los otros. Y en atención a constarnos que Aguilar tiene el molino corriente y moliente, y la acequia 3 varas de hondo y está obligado a tenerla limpia, tenemos por bien haber dado dicha licencia, porque trae beneficios a la ciudad, ya que ahora se aprovechan las tierras de abajo, que son las más fértiles para el cultivo del trigo, con el agua de dicho molino. Y en cuanto al riesgo que Villoldo alega no es tal, porque le corresponde regar con la acequia de Tabalque. El 3/11 el Cabildo dispone darle a Villoldo 30 días para que viaje a Chile, y allí, se presente ante la Real Audiencia para apelar el fallo.

El 13/1/1682, ante el corregidor Antonio de Carvajal y Saravia; compra Andrés Sanchez Chaparro Chumacero, en 700 $ de a 8 reales a fray Cristóbal de Urbina, por sí y como apoderado de sus hermanos, y todos herederos de su padre el capitán Francisco de Urbina, el molino y viña que fueron de su abuelo Juan Ortiz de Urbina. Luego, se presenta el vecino José Pardo Parraguéz y dice que el padre Urbina ha vendido unos bienes que son de su propiedad, por haberlos comprado con anterioridad a su primo Juan de Urbina. El 20/10, proveyó el escrito Saravia al referido Urbina quien expresa que por no hacerse la escritura con Pardo, vendió las propiedades a Sanchez; y al efecto pide se anule la última venta. El Corregidor dispone que declaren los testigos del hecho: Pedro de Videla, Juan Gil de Ortuño, Pedro Trilles y Pedro Pardo. El 29/10, Saravia declara nula la venta hecha por el padre Urbina a Sanchez.

Por Real Provisión fechada en Santiago de Chile el 8/1/1683, a petición de Andrés Sánchez Chaparro para que se remitan a la Real Audiencia de Chile los autos seguidos ante el corregidor de Cuyo, Antonio de Carvajal, por José Pardo Parraguez sobre nulidad de la venta de una viña y molino en Mendoza que hizo a Chaparro.

A raíz que hace un año que no se controlan las pulperías, en la sesión del Cabildo de Mendoza del 17/1/1688, se dispone que se haga un control de las ventas y que estén conforme a las disposiciones legales. Es por ello que, se le ordena al alcalde Juan de Molina Vasconcelos que se encargue de visitar las pulperías; además, las autoridades del Ayuntamiento ordenan que no se venda vino, aguardiente y pan, en casas particulares bajo pena de 20$ de multa. El corregidor Lorenzo de Fagoaga propone al Cabildo que se haga una memoria y prorrata sobre la cosecha de trigo de este año, y que se le saque a cada uno de los vecinos la parte proporcional para alimentar a los soldados que vienen desde Buenos Aires y que van a la Ciudad de los Reyes (Lima, Perú). El 14/2 el regidor Gregorio de Arce Lucero es elegido en el cargo de Fiel Ejecutor y se le ordena que visite las pulperías y que controle los pesos y medidas. Debido a las diferencias, el teniente de corregidor Juan de Lemos Barrozo el 8/5, propone que se controle a los molinos debido al mal despacho que hacen, ya que los vecinos se quejan que no se les da su fanega de harina cabal, habiendo pagado la maquila (proporcional que le corresponde al molino por moler); y para que estos excesos tengan remedio, se debe mandar se entregue harina y trigo por peso; para ello solicita se sellen los almúdes, las arrobas y las varas de medir, y que se ajusten a las pesos y medidas impuestos por las autoridades del Cabildo. Barrozo solicita que todos los meses y a raíz de las diferencias, sean controladas las pulperías. El 12/6, el Cabildo le ordena al regidor Lucero que imponga los pesos, medidas y aranceles en las pulperías para que se venda y den 3 panes de a libra, 3 velas de a tres cuartas y un cuartillo de buen vino.

En la sesión del Cabildo de Mendoza del 8/1/1689, el procurador general Juan de Molina Vasconcelos informa que el Real de pan que se venda debe tener un peso de 3 libras; y que, la propuesta que se hizo el año pasado por la que los molinos tengan peso (medir cantidad) y, reciban y entreguen por él, ya que se estila así en todo el Reino de Chile; y que se encargue al alcalde Manuel Zapata de Mayorga de controlar que la orden sea cumplida. El Cabildo le ordena al fiel ejecutor Gregorio de Arce Lucero que se vendan dos panes de a libra y media cada pan a 1 Real; y asímismo, el capitán Mayorga toma a su cargo el poner y controlar los pesos y medidas en los molinos.

El Cabildo de Mendoza ordena el 11/2/1690, que el lunes 13 del corriente se visiten las arrobas, cuartillos, almúdes y las medias (control de pesos y medidas) para la buena administración de la República. Y asimismo, se le ordena al alguacil mayor Francisco Nuñez de Villoldo que notifique a los vecinos que una vez al mes le deben traer al corregidor Pedro de Larraguibel y Marsana una carretada con leña. Por el mal despacho que siguen haciendo los molinos, el 6/5, por queja de los vecinos de la ciudad, el Cabildo dispone que se los visite y se mande a dichos molineros que, cobrada la suma estipulada se entreguen 12 almúdes de harina cabales; y para excusar de fraude que se ha reconocido en los almúdes, medias y arrobas, comparezcan todos dentro de 8 días en la casa del regidor y fiel ejecutor Gregorio de Arce Lucero, a cotejar y sellar, dichos almúdes medias, arrobas, pesos y medidas; bajo pena de 10$ de multa para aquel que no cumpla con la orden. Y para que llegue la noticia a todos y ninguno pretendar ignorancia, se fije un auto en la esquina de la plaza.

El procurador Miguel Bustos de Lara presenta una petición el 7/3/1693, para que se reconozca el peso y medida del pan y vino, y que se visiten las pulperías para ello y que los molinos reciban y entreguen por peso. Y que el alguacil Diego de Funes y Salinas (fiel ejecutor), reconozca el pan que se vende en las pulperías y que controle si los 2 panes tienen las 3 libras y el vino si está el cuartillo cabal y es de buena calidad. Y en cuanto al peso de cómo han de recibir y entregar los molinos, que se encargue el alcade Marcos Lucero de Tobar de controlarlo.

El Cabildo de Mendoza el 22/1/1694, propone que el pan que se vende es de mala calidad, es muy pequeño y mal cernida la harina de que se hace y que no pesa las 3 libras que está mandado, y atendiendo al remedio y bien y útil de la República (Mendoza), se acordó se nombre Fiel Ejecutor al capitán José Rodriguez de la Fuente por el término de 3 meses y que se haga cargo del control del mismo.

Con fecha 10/8/1694 el alcalde Luis Arias de Molina proveyó un auto para que cada pan tuviera libra y media y, ambos panes fuesen vendidos, ya sea en la calle o en las pulperías, al precio de 3 Reales. Al notificar el alcalde al capitán Francisco de Fraguas, dueño de una tienda en Mendoza, éste lo recibió con el sombrero puesto y dijo "voto a Cristo y voto a Dios que tengo de ver si se puede poner en la multa en la yerba y el tabaco que se vende al peso". A raíz del desacato, el alcalde dictó la prisión de Fraguas. El 23/8, el Acalde lo traslada de la prisión a su casa para que cumpla la condena en ella. El 27/8, el cura Juan López Modón solicita al Cabildo que se le hagan llegar los autos respecto de la acusación a Fraguas, pero el alcalde Luis Arias de Molina le informa que se abstenga de pedirlos, ya que no es de su incumbencia. El 28/1/1695, la Real Audiencia de Chile le exige al Alcalde que envie a Lima los autos emitidos para su estudio.

Por cuanto siguen los problemas con el peso y la calidad del pan, el Cabildo de Mendoza el 14/8/1694, ordena que si no se respetan los aranceles emitidos, que un Juez Ordinario o Ministro de Justicia los controle, y si el peso del pan es menor o la calidad es inferior a la exigida, que dispongan las penas que le corresponda al infractor. El 11/9, el alcalde Luis Arias de Molina que tiene a su cargo poner los precios a la yerba, tabaco y demás mercaderías que se ofrecen, y atendiendo que es preciso controlar el pan que se vende, y por no contar con el tiempo que se requiere para la tarea, es que se nombra al regidor José Rodriguez de la Fuente como Fiel Ejecutor, para que ejecute los controles respectivos.

El Cabildo de Mendoza el 12/11/1695, acordó que por la necesidad que hay al presente en la ciudad de grasa, sebo y trigo, y algunos que lo tienen lo ocultan por alterar el precio; y para que se ponga el remedio que conviene, acordamos por precios a los dichos géneros por ser de postura y mantenimientos; y el precio de 3 $ a la fanega de trigo hasta el tiempo de las cosechas y a la botija de grasa, precio de 8 $ y la arroba de sebo a 8 Reales, por la necesidad presente. Siendo el fiel ejecutor José Rodriguez de la Fuente el encargado de ejecutar que lo ordenado sea cumplido. Y asimismo, que todos los vecinos den un donativo para la guerra de los reinos de Castilla, según solicitud al respecto del corregidor Juan de Urdinola.

Baltasar Moyano y su esposa Isabel de Salinas y Narvaez emiten el 13/10/1710, una dote en favor de su hija María Moyano que ha de contraer matrimonio con Joseph de Videla, la que incluye un pedazo de tierra que linda por el este con el desagüe del molino que quiere fabricar su yerno el capitán Juan de Videla, y con dicha acequia (desagüe) riegan los capitanes Bernardo de Cárdenas y Diego Gomes, por la parte del oeste linda con la acequia que da agua al molino de los Jesuítas (calle Ayacucho y Costanera, Capital), por el sur linda con tierras del capitán Juan de Videla; más otro pedazo de tierra conjunto por la parte del oeste que linda con la viña del capitán Martín Pizarro, que se compone de 1,5 cuadras de largo de este a oeste y por el sur con viña de los otorgantes calle en medio, por el norte linda con tierras que pertenecen a los Padres Jesuítas que tienen un almendral. (X,EC,P38,85)

El alcalde Eusebio de Lima y Melo, a raíz que la ciudad se halla sin agua siendo un perjuicio para los molinos y labranza de los cultivos, ordena que para el lunes 1/7/1727 sean citados los vecinos y que den 1 peón cada uno para ir al río y encauzarlo para que entre en la acequia de la Ciudad. Son comisionados al efecto: Nicolás Gómez Pardo, Juan Pardo Parragués y Juan de Torres. (X,EC,C3,D46)

María Guerreros, hija natural de Pedro Guerreros y Juana Villegas, ambos solteros, emite su testamento el 20/2/1730; asimismo, declara ser soltera y tener 3 hijos: Nicolasa, Lorenza y Juan, este último, no está en la ciudad y no sabe si está vivo o muerto; además, declara por bienes una cuadra de tierra en la que habita, que le compró a María Billegas, mujer legítima de Domingo Chacón, en la que tiene una chacra con maíz, porotos, capallos (zapallos) y otras hortalizas, más una parva de trigo que está a la venta; también declara tener, un asadón y una hoz para segar trigo. (X,EC,P41,13)

El sargento mayor Francisco Oyola, residente en Córdoba, le dona a su sobrina Tomasa Carranza, hija de Isidora de Oyola y Pedro Carranza, una parte de lo que le pueda tocar por herencia del solar que quedó por fallecimiento de sus padres en la ciudad de Mendoza, dos cuadras del Convento de Nuestra Señora de las Mercedes (calle Ituzaingo y Córdoba, Capital) a la orilla de la sequia grande (calle Alberdi y Uruguay, Guaymallén; hoy Canal Zanjón Cacique Guaymallén) que va al molino de los Padres de la Compañía de Jesús (calle Ayacucho y Costanera, Capital) y de los Godoy (calle Pedro Molina y Costanera, Guaymallén). La donación es certificada por el escribano del cabildo de Córdoba, Sebastián de Jara el 8/1/1734. (X,EC,P44,¿10?)

Juan de Godoy y Castillo, Eusebio de Lima y Melo, Juan de la Cruz del Castillo y Simón de Videla Salinas, dan todo su poder cumplido el 9/12/1742 a Miguel de Arismendi, por oposición interpuesta por el procurador Juan de Lemus Barroso, para la construcción de dos molinos de pan que se quieren fabricar en la sequia principal de esta ciudad, nombrada Tabalque (calle San Martín o ¿ España ?, Capital). (X,EC,P49,87)

A raíz de una petición presentada por los Jesuítas en la que solicitan construir dos molinos de pan en tierras de Marta Corbalán, el gobernador Joseph Manso de Velasco no hace lugar y niega la petición, por auto emitido en Santiago de Chile el 18/1/1743, sumada a la negativa del Cabildo, el Procurador y las Órdenes Religiosas de la ciudad de Mendoza, los que aducen que contradicen el establecimiento de los molinos por las inundaciones a las que está expuesta la ciudad. (X,EC,SG,C13,D17,7)

Agustín de Sosa y Antonia de Videla, marido y mujer, le venden a Joseph de la Reta, una chacra que heredó de su padre Josehp de Videla (difunto), que se ubica en la traza de la ciudad al este; que linda por el norte con tierras de los Padres de la Compañía de Jesús (4ta Sección, Capital), por el oeste con 3 solares y tierras que fueron de Bernardo Moyano (tío), y por el sur con tierras del molino de Fernando Videla. A falta de escribano, certifica el acto el alcalde Joseph Sebastián de Sotomayor el 31/5/1747. (X,EC,P52,63)

Bernardina de Lima y Melo, esposa de Eusebio de Lima y Melo y viuda del capitán Juan Godoy del Castillo (difunto, hijo de Juan de Godoy y María de Urquiso); ambos albaceas de Godoy, dicen que al tiempo de su fallecimiento y por la gravedad de sus heridas no pudo emitir testamento, y solo otorgó un poder al alcalde Santiago de Puebla y algunos testigos, por no haber escribano; y encontrándose Bernardina en cama y enferma, emite su testamento el 16/11/1747; solicita ser enterrada en el Colegio de la Compañía de Jesús y amortajado con la sotana y hábito de dichos religiosos, y acompañada en el cortejo de cura y sacristán con cruz alta, seguido de un novenario de misas cantadas, honras y cabo de año con vigilias y la demás pompa general. Bernardina declara entre sus bienes, 2 molinos con 2 huertas y un pedazo de tierra que está entre la acequia de dichos molinos y la huerta de María del Pozo, viuda de Clemente Godoy. (X,EC,P52,24)

Algunos vecinos se presentan ante el Cabildo el 17/1/1750 con un escrito, en la que declaran el grave perjuicio que se le sigue por la existencia del molino de Fernando Videla y del que se mandó dar vista al Procurador de la ciudad, a fin de resolver la situación. El acta es firmada por el corregidor José Antonio de Ovalle, los alcaldes Juan Martínez de Rozas y Joseph de Puebla, y el regidor Pedro Ortiz. (X,EC,SG,C14,D5,2)

Jacinta Godoy y Figueroa, hija legítima de Ignacio Godoy y Figueroa y Teresa de Villegas, difuntos, emite su testamento el 7/4/1750; declara que tiene una suerte de tierras de pan llevar que le donó su tía Isabel del Castillo, en los extramuros de la ciudad a la parte del oeste, en la que se han criado arboledas de árboles cultivados; que por el sur lindan con viña y tierras de Bentura Guebara, por el norte con tierras de los herederos de Thomas de Araujo, por el este con la acequia del molino de Bentura Guebara (+ o - calle Perú y Cipoletti, Capital, acequia de Allaime) y viña de Gabriela Godoi, y por el oeste no se expresan linderos. (X,EC,P57,39)

Fray Juan Lasso de la Compañía de Jesús, presenta al Cabildo de Mendoza una petición el 29/12/1751, respecto que a extramuros de la ciudad tienen unas tierras de pan llevar, que corren en longitud hacia El Carbón, por entre su viña y la de Juan Gregorio de Molina, las que terminan por el sur en el sitio de Juan Joseph de Sanjurjo, y para el riego se ha usado desde inmemorial tiempo el agua que desciende de los Molinos que fueron de Andrés Sanchez Chaparro y hoy recaen en Juan de Godoy, uno de sus herederos; y que Sanjurjo retiene dicha agua por lo que se pierden de cultivar dichas tierras. (X,EC,C20,D42)

Ana Pisarro se presenta ante el escribano Castro el 30/12/1752, a fin de venderle a Juan Mendez un pedazo de tierra que tiene la susodicha en los extramuros de esta ciudad que heredó de su hermano Juan Pisarro, que se compone de cuadra y media de largo de sur a norte y de ancho de este a oeste 53 varas; que lindan por el sureste con tierra y molino de Miguel Antonio de Alvarez calle por medio, y por el oeste con viña del comprador. (X,EC,P62,162)

Rafael Trebiño se presenta ante el escribano Francisco de Videla en febrero de 1756, a fin de comprar un pedazo de viña con 1.500 cepas frutales y 1 huerta con árboles, la que linda por el oeste con cárcamo del Molino de la Compañía de Jesús (4ta Sección, Capital) y sitio de María Tovar, por el este con viña de Francisca Aberastain, por el sur cerco por medio con viña y tierra de los Pueblas, y por el norte con viña y tierra del comprador. La operación no se realiza. (X,EC,P69,23)

Simón de Lima y Melo, Cura y Vicario de San Luis, le vende a Francisco Romero, 2 cuadras de tierra que recibió en herencia de su padre Eusebio, que las hubo por merced hecha a Bartolomé de Rojas y Puebla por título otorgado por el gobernador Alonso García Ramón el 24/2/1610; las que lindan por el sur con tierras del vendedor y de Francisco Samora, quedando calle de por medio para entrada y salida del molino de Juan Martínez de Rozas, por el norte calle por medio con tierras de las Señoras Pallero que están comprendidas en el citado título, por el oeste calle en medio con tierras del vendedor, y por el este calle en medio con tierras de Juan Martínez de Rozas. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla el 3/2/1758. (X,EC,P71,22)

Catalina de Guebara esposa del difunto Juan de Lemus, se presenta ante el escribano Francisco de Videla el 12/5/1758, a fin de hacer la partición de los bienes de su difunto marido, a saber; un molino con todos sus aparejos y el sitio donde está edificado y 4 higueras; más, una viña compuesta por 828 cepas frutales, que linda por el sur con la casa y huerta que será adjudicada, por el norte con la hacienda de San Agustín calle por medio, por el este con viña de Juan Luis de Guebara, por el oeste con viña de Bernardina Guebara; más, una quinta de árboles que está detrás de la casa, que linda por el sur con el molino, por el este con la acequia Grande que baja a esta ciudad (Tajamar o Tabalque, 1ra Sección, Capital). (X, EC, P71, 67)

Bentura de Guebara, hijo legítimo de Juan de Guebara y Francisca de Figueroa, y casado con María Rivas, emite su testamento el 2/3/1767; declara que le pertenece la mitad de la hacienda nombrada la Torre de Morales, que recibieron en herencia él y su hermano Antonio de Guebara, de su sobrino Pedro de Guebara hijo del difunto Joseph de Guebara y que al momento posee Antonio; declara que de la dicha hacienda le hizo donación de 1 cuadra al difunto Antonio Aldecua; declara un molino de pan corriente con todos sus aprestos; declara un edificio que se halla en punto de enmaderar y las maderas correspondientes para dicho edificio, lo que al presente se está trabajando y el carpintero y el albañil tienen recibido; declara un pedazo de tierra de 2 cuadras contiguo a la de sus hermanos; declara que posee 3 solares en la traza de esta ciudad; declara que tiene 40 burros y burros que le prestó al Padre Tadeo Godoy de la Compañía (Jesuíta) cuando estaba asistiendo en la hacienda de la Cañada. (X,EC,P82,15)

Manuel de Segura comparece ante el escribano Francisco de Videla el 11/12/1767, y dijo que por cuanto en esta ciudad se han sacado al pregón público (remate) las fincas y haciendas que fueron de la Compañía de Jesús; y el otorgante entre otras cosas, hizo postura a un molino perteneciente a dicho Colegio, otorga que da su poder cumplido a Joseph García Sifuentes, residente en la ciudad de Santiago (Chile), para que pueda actuar y actúe en el arrendamiento de dicho molino con su huerta de árboles y demás territorio correspondiente. Son testigos del acto: Juan Francisco Balenzuela, Pedro Simón de Videla y Bentura Lopes. (X,EC,P85,104)

El 28/4/1768 comparecen ante el escribano Francisco de Videla, Manuel Segura y Joseph Sebastián de Sotomayor, Juez Comisionado por el Gobierno de este Reino, para la ocupación de Temporalidades que fueron de los Padres Jesuítas de esta ciudad; al que se le ha arrendado en 250$ anuales por el término de 3 años o el que fuere voluntad de su Majestad, un molino de pan corriente con todos sus aprestos (calle Ayacucho y Costanera, Capital). (X,EC,P87,59); dos cuartos de bodega; una huerta de árboles con 76 higueras, 5 olivos, 21 perales, 3 nogales, 23 manzanos, 20 membrillos y 2 albaricoques, 2 paseras de secar fruta con sus cañizos y sus respectivos horconcillos en que se sostienen, las cuales se trasladaron de la Hacienda de la Cañada, todo lo dicho edificado y plantado en 3 cuadras de tierra, la una de ellas comidas en muchas partes de las aguas que bajan por el Zanjón (Canal Zanjón Cacique Guaymallén) inmediato. De todo lo cual se da por entregado a su satisfacción por haberlo recibido en mi presencia y de los testigos: Ventura Lopes, Fermín Martínez de Virgala y Joseph Norberto de Videla. (X,EC,P87,59)

Fray Basilio Rojas del Convento de las Mercedes, se reúne con Juan de Maiorga debido a que sobre sus fincas se ha tratado de imponer 400$ de censo a favor de dicho Convento, a raíz de ello se pacta el traslado que pesaba sobre el molino de Luis de Chirino y que compró Maiorga a su hermano Bernardino de Maiorga, quien fuera el deudor original del dicho Convento. (X,EC,P88,74)

Angelo Coria y su esposa María Insa, herederos de Josepha de Coria, solicitan la división de bienes de la difunta que incluyen 4 cuadras de tierras que se hallan al norte de la ciudad; que lindan por el sur con viña del difunto Pablo de Coria, por el nordeste con viña del comprador, y por el oeste con la calle Real que corre de sur a norte que va al molino de fray Joseph de Lemus. El acto es certificado por el escribano José Lagos el 19/7/1768. (X,EC,P88,21)

Fray Basilio Rojas de la Orden de la Merced, Comendador del Convento de Santa Catalina, por una parte, y, María de Corbalán por la otra; dijeron que por cuanto el general Luis Chirino de Posada, vecino feudatario que fue de esta ciudad, impuso sobre un molino y un esclavo, 400$ de general a censo a favor del Convento de Nuestra Señora de las Mercedes, cuyo molino vino a recaer por sucesión en Luis de Chirinos y a su muerte en su esposa María Corvalán, habiéndose perdido en el trancurso del tiempo la memoria de dicha pensión, hasta que fue encontrada la escritura de dicha imposición certificada por el escribano Joseph de Rocha y el Cabildo de esta ciudad, se presentó con ella fray Joseph García, Comendador del Convento, pidiendo ejecución contra María por los réditos vencidos. El acto es certificado por el escribano Francisco de Videla el 3/11/1768. (X,EC,P87,139)

La Junta Municipal de Temporalidades remata el molino de los Jesuítas el 20/10/1771 a Antonio de Ferramolo y su esposa María del Rosario Videla, y declara por linderos, al este con tierras de los herederos de Santiago Puebla, por el oeste zanjón por medio con la viña de Francisco de Videla y Aguiar, por el norte con viña y tierras de Rafael Tribiño, y por el sur con viña de Joseph Pringles. (X,EC,P92,6)

Fray Jacinto Gomez, Procurador del Convento de Predicadores (Santo Domingo) se presenta ante el Cabildo de Mendoza el 26/2/1772, y declara que la inundación acaecida hace algunos días, embarazó el curso a un molino que por donación de Melchora Lemus poseía su Convento para la mantención de la comunidad, y siendo preciso reconstruírlo en una suerte de tierras que posee su Convento a legua y media al sur, usando agua de la acequia de Allayme, introduciéndola sin perjuicio de vecinos a la acequia Madre (Canal Zanjón Cacique Guaymallén). Ese mismo día el procurador Lucas Neyra se dirige al lugar y confirma que no hay inconveniente al hacer descender el agua, visto por el Cabildo el 3/7 y a confirmar resolución. (X,EC,C22,D5)

Los vecinos de la calle de la Cañada presentan un petitorio al Cabildo de Mendoza el 29/10/1774, y dicen que habiendo exclamado que al tiempo que se puso en obra la apertura del Tajamar sobre que se habilitase la acequia que llaman de Tabalque, para que por ella llevasen agua los interesados de la tierras del este, como antiguamente se practicaba; y vieron lo imposibilitada que se halla la calle por los continuos derrumbes del Tajamar por la represa que el agua hace cuando el molino muele, porque la ponen en tan estrechura y que pasa por un canal tan reducido, que la violencia de su curso causa estragos. (X,EC,C36,D12)

María Moyano le vende a Andrés Antonio Moyano el 20/10/1777, dos cuadras de tierra a extramuros de esta ciudad al oeste media legua de la plaza (+ o - 6ta Sección, Capital), que linda por el sur con viña de Martín Guebara, por el norte con tierras de su hermana Rosalía Moyano, por el este con la acequia que sale del molino de Antonia Josefa Guebara, y por el oeste con viña del comprador (X,EC,P101,148). Una semana después, Rosalía le vende a Andrés dos cuadras de tierra contiguas (X,EC,P101,131).

María de Corbalán, hija legítima de Antonio Corbalán y Castilla y Margarita Arias, emite su testamento el 12/12/1777, en el declara que se casó con Luis Chirinos de Posada y que no tuvieron hijos, declara entre sus bienes un molino de pan adyacente a la casa de su morada y 24 cuadras de tierra que compró en pública almonela y que fueron de los Jesuítas. (X,EC,P101,153)

Angela Chirino de Posadas viuda del capitán Juan de Corbalán, pide la división de bienes el 1/10/1778 ante el escribano Francisco de Videla, y declara una huerta de árboles con 25 higueras y 2 perales, la que linda por el este con el molino del Convento de Santo Domingo calle en medio, por el oeste calle en medio con finca de Juan Antonio Sarmiento, por el norte con viña de los herederos de Luis Villanueva, y por el sur con viña de Bernardo Sarmiento. (X,EC,P103,95)

Francisco Domiguez se presenta ante el escribano José Lagos el 8/8/1778, y declara que se obliga a pagar a Clemente Corbalán y Chirinos 25$ de censo por año sobre todos sus bienes, especialmente sobre un molino que tiene al sur de la ciudad como a 1 legua, más, un sitio y casa en la traza de la ciudad; por la entrega de 500$ de principal que le ha dado Corbalán. (X,EC,P104,128)

Fray Tomás Obredor, Prior del Convento de Predicadores, vende el 14/8/1779 a Nicolas Godoy, un molino a extramuros de esta ciudad que recibió por donación hecha por Melchora Lemus. El acto es certificado por el escribano José Lagos, son testigos: Juan de Andrés, Phelipe Galain y Nicolás Lemus. (X,EC,P107,66)

Ramón Martín Saez presenta una petición al Cabildo de Mendoza el 28/7/1780, en la que pide permiso para construir un molino de pan en tierras propias en la Hacienda nombrada la Torre de Morales, que dista de la Plaza poco menos de media legua; la que linda por el sur con tierras de Barbara Silba y Pedro Luján, y por los demás vientos con tierras propias de esta Hacienda, sacando el agua de la acequia Principal. El mismo día, el procurador Lucas de Neyra y Pacheco se apersona en el lugar y declara que no hay inconveniente, siempre y cuando los circunvecinos den el visto bueno. El 5/8 y con la aprobación del alguacil Fernando Guiraldes y los vecinos, el Cabildo otorga la respectiva licencia a Saez. El 9/8 el vecino Josef Quevedo se presenta ante el Cabildo y declara que el molino de Saez lo perjudica, debido a que saca el agua de la misma toma en la que él saca agua para su molino y que se halla desde hace 100 años con una casa y viña; y poniendo el justo reparo de que precisamente ha de atravesar el agua el Zanjón y que tantas ruinas ha causado a cada paso por los aluviones, y con el próximo que llegue ha de derrumbar cualquier parapete que se ponga, y me opongo a su construcción cuando la bajada de agua del molino de Saez bajen al mío. Visto y considerando, el 19/8 el Cabildo le ordena a Saez hacer lugar al pedido de Quevedo y que construya el molino de tal forma que no lo perjudique. (X,EC,C22,D77)

En la sesión del Cabildo del 14/1/1786, debido a las circunstancias adversas que debe padecer el pueblo por la ruina y estragos que ha hecho la plaga de langosta y que solo se han logrado las cosechas de trigo, y aunque estas sea abundantes, que por la escases de las demás, por tanto se prohibe sacar de la provincia para abastecer otras, ni trigo ni harinas, ya que la langostas han talado a esta jurisdicción, la de San Luis y otras. (X,EC,SG,C17,D1,5)

A raíz de una presentación hecha por el procurador Raimundo Pelliza el 6/12/1788, se detecta que el trigo está agorgojado y el Cabildo de Mendoza ordena revisar los graneros y se detecte el trigo en mal estado y se lo queme. (X,EC,C24,D8)

Maria Buena Ventura Alvarez de Miranda y luego de la división de bienes de sus difuntos padres, Miguel Alvarez y María Miranda, en la que se le adjudicó un molino el que vende a José Antonio Gonzalez, con un frente de 125 varas de sur a norte y 25 varas para el sur de este a oeste y por el norte 9 varas, más, un edificio de adobe de 11,5 varas de largo, 6,5 de ancho y 4 de alto, con puerta de una mano sin llave, 2 tirantillos de sauce rollizos, 13 tijeras, el cajón muy acondicionado, la piedra solera gastada y acondicionada, la volandera de buen uso de 6 cuartas diametrales y 5 pulgadas de grueso, otra piedra de refacción, volandera de 1 cuarta de grueso y 1 tercia diametrado, el encastrado de 6,5 varas de largo y 2 y 3 cuartas de ancho, con 10 palos de algarrobo y 3 de higuera, 6 soleras de algarrobo y 4 soleras de algarrobo que alternan el encastrado, el cárcamo de piedra, el canal y compuerta inútil, y otra solera al sur del molino, la toma inutilizada; la acequia borrada, que se compone de 325 varas de sur a norte; el desagüe y compuerta muy arruinado; un husillo con su palafierro y 3 sunchos, 1 lavija, 1 pico mediano, 1 planchuela de fierro con el punto y garrón maltratado, 1 torva y canaleta, otro pico más grande, 1 escoplito mediano; todo en cantidad de 600$ en plata sellada que tiene recibidos de contado. Los linderos son: por el sur con derechos de Francisco Alvarez (hermano), por el oeste con calle Real por medio, por el norte con la acequia de la Ciudad y donde excava o acaba el desagüe del molino, y por el este con la misma acequia de la Ciudad. El acto se rubricó el 26/1/1797. (X,EC,P134,19)

Juan Jose Aguilar, hijo legitimo de Nicolás y Josefa Coria, casado con Damiana Lucero, emite su testamento el 24/1/1798, y declara que el paño de tierras en donde se halla su vivienda y huerta de árboles, se le entreguen a su esposa desde el cerco que está al este debajo de la huerta hasta la acequia del Jarillal (calle Boulogne Sur Mer); y que se le entregue a su hija Margarita, unas tierras que se han de medir hasta su chacra de trigo hasta la punta de un Cerrillo que hay unas papas sembradas, que son aproximadamente 12 cuadras. (X,EC,P135,17)

En atención al recado que recibe de Josef Amigorena, Juan Morel desde el Fuerte de San Carlos le contesta el 21/9/1799, y le dice que con Tomas Arellano mandó por los arados para concluir con la siembra de trigo, y luego de verificarla que sigan con la de maíz, porotos y demás que se pueda sembrar de legumbres y meniestras; aunque maíz y porotos, no tengo ninguno aquí. (X,EC,C71,D43)

Petrona Corbalán, viuda y pobre, presenta una petición el 9/11/1799; y dice que permitiendo el traslado que se me ha socorrido del pedimento para que el Prior de San Agustín, solicita permiso para situar un molino delante del antiguo, que poseeo enfrente de la Capilla de San Nicolás; por tanto digo que su Señoría se ha de negar la solicitud del Prior (fray Fernando Moratón) y al pago de costas. Sabe Vuestra Señoría que el molino que poseeo es antiguo y corre sobre la acequia principal que da agua a la ciudad y que vuelve el agua a ella, siendo que el del Prior no lo hace. En segundo lugar, ocurre que la propia ciudad y los vecinos del norte no tienen otra agua que la de la dicha acequia, quedan expuestos a sufrir lo que se debe minorar para el molino de San Agustín. El padre Moratón presenta un escrito en el que solicita construir un molino en el frente de la Hacienda de San Nicolás, valiéndose del agua de la acequia del Tajamar que pasa por su frente. Sumando al perjuicio que ocacionará el tapón para levantar el agua, el cual sin remedio hará desbarrancar de ella por el Escarpe de San Nicolás y las consecuencias de semejante daño. (X,EC,C37,D11)

El Marqués de Sobremonte le escribe al Comandante de Armas de Mendoza el 16/12/1805, y le dice que quedo enterado de la siembra de trigo en 9 cuadras y la de maíz con riego, y las demás relativo al estado del fuerte para que quede con solidez construído con adobes a la menor posible brevedad, como que de esto dependerá también dependerá la minoración de tropa, y aprobandolo como la formación de la calle de entrada, alameda y plantíos, para dejar esa población en el mejor estado. (X,EC,C64,D56)

Los herederos de la finada Josefa Videla le venden a Pablo Palma el 21/11/1806, varias propiedades, una de ellas, un terreno que linda por el sur con la calle Larga (calle Pedro Molina, Guaymallén) de por medio y viña de Felipe Calle, por el norte con el callejón de los Pringles, por el oeste con el terreno del molino de Tomasa Escalante, y por el este con sitio de Juana Videla. (X,EC,P153,138)

Miguel Morales y Micaela Benzo se reúnen el 11/6/1807, a fin de permutar dos propiedades; Morales entrega, 10 cuadras de tierra a 1,5 leguas al sur de la ciudad, las que lindan por el norte con Antonio Ruda y María Gracia Estrella, por el este con calle y el mismo Ruda, por el sur con calle y molino de Narciso Aguirre, y por el oeste con calle y el Zanjón (Canal Zanjón Cacique Guaymallén); Micaela entrega, 12 cuadras de tierras sin labrar ubicadas al sur de la ciudad. (X,EC,P155,43)

El goberndor José de San Martín había pedido gente para la fábrica de pólvora al Cabildo de Mendoza; el 11/1/1817 le contesta que debido a que el grueso de los peones están abocados a la cosecha de trigo se hace imposible conseguirlos, pero que hará todo lo posible por cumplir con la orden emitida. (X,C747,C40)

Francisco Moyano se presenta ante el Cabildo de Mendoza el 15/12/1817, y solicita autorización para construir un Molino para trigo sobre la acequia del Jarillal que pasa por el límite de su finca. La locación del terreno por donde pasa dicha acequia proporcionando restituir las aguas al mismo cajón de ellas, sin que ninguna de las fincas interesadas padezcan el menor perjuicio. (X,C240,D103)

El ciudadano Antonio Moyano, natural y vecino de esta ciudad, se presenta con una nota de pedido el 4/4/1818 ante el Cabildo solicitando se le permita construir un molino de agua para molienda de trigo, valiendose de la que trae la acequia del Tajamar, distante su asiento poco más de 3 cuadras para arriba del escarpe llamado de San Nicolás (hoy Hospital Central); sacando su toma poco menos de 2 cuadras del asiento del referido molino (X,C749,D64). Ese mismo año, el 27/5, el vecino Juan Timoteo Jordán presenta una nota al Cabildo solicitando permiso para construir en el barrio de San Vicente (Godoy Cruz), un molino de agua valiéndose de la que trae la acequia de Allaime, y devolviendola sin extraviar la menor parte de ella hasta introducirla en la otra acequia (X,C749,D66); el 29/5 el procurador Pedro Nolasco Videla da el visto bueno para la construcción y, el 10/7, el Cabildo emite la respectiva autorización.

Bibliografía

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